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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0126 · Unidad documental simple · 1835/09/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis García Teruel y doña María Gertrudis Hernández, marido y mujer, el primero hijo de don Diego Teruel y doña Ana María García; y la segunda hija de don Marcos Hernández y doña Manuela Ruedas, todos difuntos; vecinos de la hacienda nombrada Lucas Martín, ubicada en doctrina de Jilotepec del cantón de Xalapa; otorgan testamento mutuo de la siguiente manera: Declaran haber procreado durante su matrimonio a Manuel, de veintidós años de edad, de estado soltero; a Margarita, de diecisiete años, de estado honesto; y a Carlos, de quince años. Declaran que cuando se casaron ninguno tenía intereses algunos y todo el caudal que existe fue adquirido durante la sociedad. Declaran por bienes la hacienda Lucas Martín, con sus anexos, que lo son: la venta de Sedeño y rancho de San Luis, donde hay un establecimiento de elaborar aguardiente; los ganados que existen en dicha finca y en San Luis; el ajuar de casa, muebles, coches y alhajillas; los enseres, utensilios y demás llenos de la misma finca; los llenos y existencias de la venta y tienda de Sedeño; tres casas ubicadas en Xalapa; el rancho nombrado el Castillo, que colinda con la dicha hacienda; un rancho nombrado Xaltepec en jurisdicción de Tesiuhtlan [Teziutlán]; y el numerario que pueda haber en su casa o fuera de ella. Declaran que dicha hacienda de Lucas Martín sólo reporta el gravamen de 12 000 pesos a favor del hospital de mujeres de Xalapa, de cuya obra pía es patrono el Venerable Orden Tercero de San Francisco de esta ciudad. Ordenan que la hacienda de Lucas Martín se divida en dos porciones, que cada una pueda formar un fundo separado, de tal manera que, formará finca separada la venta de Sedeño con todas sus fábricas de establecimiento de tienda, oficinas, macheros, trojes y las tierras o potreros cercados con la denominación de potrero de Sedeño, ídem de rancho Viejo y de San Andrés; debiendo ser sus linderos desde puente del río Sedeño para el oriente según curso hasta el punto de la cañada llamada del Cura, donde sale el corral de piedra que divide los potreros del Moral y rancho Viejo; y por el poniente será el mismo que deslinda el potrero de San Andrés por sus contornos; a cuyo fundo de Sedeño le agregan el valor de 46 730 pesos. Formará finca separada el casco de la hacienda principal Lucas Martín, con todos sus edificios, incluso el nuevo construido para tenería y su anexo el rancho nombrado San Luis, bajo los linderos que están marcados en sus títulos, a cuya finca le gradúan el valor de 58 730 pesos, descontando los 12 000 pesos que están impuestos a favor del hospital de mujeres. El tercer fundo será el rancho del Castillo, dándole el aprecio de 1 700 pesos a los edificios de Casa Blanca y locerías; 6 300 a las tierras del potrero de Casa Blanca; 2 000 a las de siembras; 7 350 pesos a las montuosas y 4 660 las cercas de piedra; componiendo en total 22 010 pesos, a las que agregados 6 600 pesos en que computan al valor de tres casas que poseen en Xalapa, ascienden esos fundos reunidos a 28 610 pesos. Asimismo, ordenan que en caso de que sus hijos quieran dividir materialmente dichos bienes, se haga la adjudicación y separación de ellos en la forma siguiente: la porción deslindada de Sedeño a Manuel, en los 46 730 pesos; la finca de Lucas Martín a Carlos, en 46 730 pesos, descontado ya lo que reconoce el hospital; y a Margarita el rancho del Castillo y las tres casas de Xalapa, en 28 610 pesos y el resto en llenos o numerario hasta completar los 46 700 pesos. Ordenan que el rancho de Xaltepec en la jurisdicción de Tesiuhtlan [Teziutlán], se le consigne a su Manuel, hijo de ambos, por vía de mejora. Don Luis García Teruel ordena que del quinto de sus bienes se inviertan 600 pesos en una túnica para el Señor de las Tres Caídas que se venera en el pueblo de Tepetitlán, jurisdicción de Tula, lugar de su nacimiento, para que sirva en la capilla donde se venera la referida imagen. Ambos ordenan que se les dé a las hermanas de doña Gertrudis, quienes viven en casa y compañía de ésta, 3 000 pesos a doña María Gil y 6 000 pesos a doña Juana Hernández. Nombran herederos a sus tres hijos, y como albaceas se nombran los otorgantes mutuamente, y en caso de fallecer antes don Luis, nombran por albaceas a don Juan Fernández de la Vega, vecino de Veracruz, y a don Manuel García Teruel y Hernández, hijo de los otorgantes.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0059 · Unidad documental simple · 1838/07/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio de Agrasar y don Manuel García Teruel y Hernández, el primero a nombre de los herederos de don Martín de Embil, según poder que éstos le otorgaron en la Habana, lugar de su residencia, a 26 de mayo de 1838 ante el escribano don Francisco Valerio; y el señor García como apoderado del excelentísimo señor general don Guadalupe Victoria, según poder que le confirió en Santa María Teziutlán el 4 de abril de 1837. Por cuanto, don José Antonio de Agrasar otorga que vende en nombre de dichos herederos, al excelentísimo señor general de división don Guadalupe Victoria, por medio de su apoderado don Manuel García Teruel, un fundo compuesto de cinco sitios y 3 caballerías de tierra, dos de ellas que forman el paraje titulado el Palmar o Cuesaltepeque, ubicado por la parte del oeste; otro que forma el llamado la Vega con 2 caballerías también ubicadas en la parte del norte; otro que es el cuarto, nombrado Postitlán, ubicado al sur; y el último que nombran la Mesa del Encinal y por otro nombre Maluapa, ubicado al este con el demás terreno expresado, confinando este último sitio por el mismo rumbo con los dos primeros. Y los linderos de dichos terrenos son: por el oriente con el desembocadero del río que nombran María de la Torre, que desagua el arroyo de Quilate, en el río Grande Tlapacoya [Tlapacoyan], y de allí para abajo al desembocadero del arroyo de Chapachapa, confinante por el mismo rumbo con tierras del potrero nombrado San Sebastián; por el poniente linda con el arroyo de Piedras, contigua a las tierras del potrero de Tlapacoyan, siguiendo por dicho rumbo hacia el expresado río de María de la Torre, confinando con tierras de Pauza, que compraron los herederos de don Francisco Montoya; y por la parte del sur baja el río de San Pedro a desembocar al de Tlapacoya [Tlapacoyan], por cuya banda o rumbo linda con tierras del trapiche de Quijano. Lo vende en precio de 7 000 pesos de la siguiente manera: 428 y 4 reales quedan reconocidos por el comprador sobre las mismas tierras, pertenecientes a una capellanía que fundo el primitivo dueño Santos Balbin y los réditos que se estén adeudando; y los 6 571 pesos con cuatro restantes que ha recibido de contado.

FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, JUEZ RECEPTOR
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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0002 · Unidad documental simple · 1840/01/04
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Lerdo de Tejada, residente en este suelo, dijo que las casas de comercio establecidas en Veracruz y México por sociedad que llevan los señores don Miguel María Lerdo de Tejada y el comparente, han girado cuentas con los señores don Bernardo Sayago y don Manuel García Teruel y Hernández, y por resultado de ellas, en liquidación que acaba de hacerse, sale debiendo dicha casa de comercio sociedad a los nominados Sayago y García Teruel la cantidad de 17 770 pesos 3 y 3 cuartillas reales, la cual han convenido sea satisfecha en dos plazos, debiendo ser el primero al vencimiento de cinco años a partir de esta fecha, y el segundo al vencimiento de ocho años también desde hoy, entregándose en el primer plazo 8 885 pesos un real y 7 octavo se igual suma en el segundo plazo, percibiendo en cada plazo esos abonos por mitad entre Sayago y García Teruel, respecto a pertenecer a ambos por mitad dicho crédito. Por lo cual, confiesa el comparente ser deudora la sociedad referida, por el giro de las cosas de comercio que tiene en Veracruz y México, de la enunciada cantidad de 17 770 pesos 3 y 3 cuartillas reales, a favor de los referidos señores Sayago y García Teruel; y por la presente, otorga que se obliga y obliga a la sociedad predicha a satisfacer esa suma a los enunciados acreedores en los términos que convinieron.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0094 · Unidad documental simple · 1834/07/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Luis García Teruel y doña María Gertrudis Hernández, marido y mujer, hijo el primero de don Diego Teruel y de doña Ana María García, y la segunda de don Marcos Hernández y doña Manuela Ruedas, todos difuntos, vecinos que son de la hacienda de Lucas Martín, doctrina de Jilotepec, otorgan su testamento en la manera siguiente: Declaran que son casados y durante su matrimonio han procreado a Manuel que hoy tiene veintidós años de edad es soltero; a Margarita que tiene dieciséis años y permanece en estado honesto; y a Carlos que tiene catorce años. Declaran que todo el caudal que tienen fue adquirido durante la sociedad. Declaran que los bienes que disfrutan son los siguientes: La hacienda de Lucas Martín con sus anexos que son la venta de Sedeño y rancho de San Luis donde hay un establecimiento de elaborar aguardiente, los ganados que existen en esta finca y en San Luis, y todos los enseres que les pertenece; tres casas ubicadas en Xalapa; el rancho nombrado el Castillo y el caserío que le comprende, los ganados que pueblan dicho rancho. Declaran que su hacienda con los anexos Sedeño y San Luis costó 46 000 pesos y el rancho el Castillo 8 000 y que a la fecha se han hecho mejoras de muchas utilidades en ambos fundos y por eso es qué actualmente merecen de justicia valor de 82 000 la primera y de 25 000 el segundo sin los llenos que en ellos tienen. Declaran que la hacienda tiene un gravamen de 12 000 pesos a favor del hospital de mujeres de Xalapa, de cuya obra pía es patrono el venerable Orden Tercero de San Francisco. Quieren y ordenan que la finca de Lucas Martín se divida en tres porciones, a saber: formará finca separada la venta de Sedeño con todas sus fábricas de establecimiento de tienda, oficinas, macheros, trojes, las tierras o potreros, a cuyo fundo le gradúan el valor de 25 000 pesos; formará finca separada el rancho de San Luis con el edificio que contiene, al cual le gradúan el valor de 10 000 pesos. Formará otra finca para poderse separar esta finca principal de Lucas Martín a la cual le gradúan el valor de 47 000 pesos, de que descontando los 12 000 del hospital de mujeres, por lo cual se ha de reconocer exclusivamente en la porción de Lucas Martín, de lo cual quedan libre 37 000; será como finca unida el rancho del Castillo y San Luis con el valor aquel de 25 000 pesos. Ordenan que, así como fallezca uno de ellos y luego que pasen los precisos días luctuosos, se proceda a hacer la descripción de bienes a fin de purificar el haber que corresponda al conyugue que sobreviva y el que pertenezca a cada uno de los herederos. Ordenan que si llegase a dividir materialmente los bienes se haga la adjudicación y separación de ellos en la forma siguiente: Los ranchos del Castillo y San Luis unidos se aplicarán a Manuel; la finca de Sedeño se adjudicará a Margarita, como también las casas de Xalapa; a Carlos se le dará desde luego la finca principal de Lucas Martín. Ordena el citado Luis García que del quinto de sus bienes se tomen 100 pesos para misas por su alma; 1 000 que da doña Luisa Uscola, vecina de México, y a sus hermanas doña María de Jesús, doña Margarita, doña Ramona [García Teruel] por iguales partes para que les sirva de socorro; 500 pesos que da a su sobrina Secundina Ponce; 600 pesos para una túnica para el señor de las tres caídas que se venera en el pueblo de Tepetitlán, jurisdicción de Tula, lugar de su nacimiento, y un ornamento entero para que sirva en la capilla donde se venera la referida imagen. Ordena doña María Gertrudis que del quinto de sus bienes se manden decir 100 misas por su alma. Ambos ordenan que del quinto de sus bienes respectivamente a mitad de cada uno se den 2 000 pesos para distribuirlos a pobres necesitados a discreción. Ordenan que de su respectivo quinto se le den a doña María Gil y doña Juana Hernández, que viven en su casa y compañía, las cuales son hermanas de la presente otorgante María Gertrudis, a la primera la cantidad de 3 000 pesos y a la segunda la de 6 000 pesos. Ordena que se les den 25 o 30 a cada uno de los sirvientes meseros de su hacienda. Nombran por sus universales herederos a sus tres hijos Manuel, Margarita y Carlos García Teruel y Hernández. Y para cumplir y pagar la presente disposición se nombran mutuamente por albaceas testamentarios.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0084 · Unidad documental simple · 1839/07/02
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El señor general de división don Guadalupe Victoria, de transito por esta ciudad, otorga poder especial a don Manuel García Teruel y Hernández, vecino de la hacienda de Lucas Martín, en este partido, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, solicite de cualesquier fondo, arcas de conventos, cofres, capellanías, obras pías, o personas particulares que puedan proporcionarle la cantidad de 9 000 pesos, por el tiempo que pactare, imponiéndolos especial y señaladamente sobre los terrenos de las haciendas de Caballos Blancos o la Peña, y la Asunción, en jurisdicción de Tuxpan, que son de su propiedad.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO