Don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio, dijo que desde 23 de octubre de 1835, recibió la cantidad de 3 000 pesos pertenecientes a doña María Petra Oropeza, consignados a ella por su esposo José de Alcalde. Cantidad que se obliga a conservar en su poder a depósito irregular y entregará para cuando se le pida, con el requisito de que se le avise con un mes de anticipación, también se obliga a que mientras el capital esté en su poder pagará a la señora Oropeza, un 2 por ciento mensual, debiendo anotar la citada escritura de 16 de agosto del año último pasado, para que no se entienda ser aquellos 3 000 pesos diversos de los que ahora se relacionan en la presente escritura. Por dicha deuda, Bárcena, hipoteca la casa ubicada en esta ciudad, que hace esquina con callejón de Alba y con la calle que del Beaterio va para el barrio que llaman de Zitácuaro, siendo el frente de dicha casa al poniente con el expresado callejón de Alba, y del otro lado casa en la que actualmente está la comisaría, por norte linda con casa del mismo señor otorgante, por sur con la referida calle que va al barrio de Zitácuaro, y por el oriente con casa que fue de doña María Josefa Ladrón de Guevara. Nombró por su fiador a don Javier Arias, quien se constituyó como su principal pagador de la suma de 3 000 pesos y sus premios.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl escribano público de esta ciudad, acudió al llamado del hospital de Caridad de Mujeres de esta ciudad, nombrado San José, por una mujer que se haya enferma, quién hizo la siguiente declaración: Dijo llamarse María de la Luz Izquierdo, natural de la ciudad de Méjico [México], de veintidós años de edad, viuda de Marcos Lozano que falleció el año pasado en la ciudad de Veracruz de la epidemia del vómito, dejándole por fruto del matrimonio una niña de año y medio de edad, llamada María Cástula Lozano Izquierdo, sin bienes por ser ambos pobres. También, declaró que hallándose viuda, enferma y sin recursos, pasó a esta ciudad con objeto de recobrar su salud y desde que llegó recibió caridad para ella y su hija, de la señora doña María Petra Oropeza, esposa de don José de Alcalde, quién se hizo cargo de su niña, hasta hacerla su ahijada, llevándola a recibir el sacramento de la confirmación. Que la relacionante habiendo seguido enferma, pidió permiso para pasar a este hospital donde fue recibida, y por cuanto desea que si llegara a morir, su citada hija quede asegurada para siempre con la enunciada señora, por la presente otorga que, cede y abdica todos los derechos de madre que tiene en su citada hija en la memorada doña María Petra Oropeza, para que la sostenga, eduque y cuide de ella, hasta que salga de la menor de edad, adoptándola por hija; pues no teniendo ningún bien y aun cuando recobre la salud, su trabajo personal no podrá producirle lo necesario para sustentarle y educarla, por cuanto pide y suplica a dicha señora continué su caridad para con la niña.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Petra Oropeza, de esta vecindad, mujer legítima de don José de Alcalde, ausente, otorga poder a su hijo don José Bernardino Alcalde, de esta misma vecindad, para que a nombre de la comparente demande y promueva todo su efecto el cumplimiento del compromiso que contrajo don Antonio José Peredo en el acto conciliatorio el 25 de febrero del presente año, en cuyo juicio se obligó dicho señor Peredo a enterarle a la comparente al vencimiento de seis meses la cantidad de 3 000 pesos y acudirle durante ese término con 16 pesos mensuales, para que en consecuencia se efectúe con ese dinero la compra de la casa con los requisitos estipulados y se formaliza la correspondiente escritura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco González, de esta vecindad y comercio, dijo que las señoras doña María Josefa Ortiz y doña Gertrudis Rodríguez Guevara, herederas del finado Santiago López, le confirieron un poder en esta ciudad el 28 de mayo de 1832; y que en virtud de esa facultad y habiéndose declarado herederas las referidas señoras y recaído en ellas la casa que fue del enunciado López, se la vendió a don Alejandro Vázquez en precio de 400 pesos, siendo condición que hasta que acabara de enterar el valor se extendería la escritura. Dicha casa se ubica en esta ciudad, en la calle que del hospital de Mujeres baja para la huerta de San Miguel, rumbo que anteriormente se denominaba Alameda, con la cual calle hace su frente la casita al poniente, lindando por norte con casa y solar que hoy es de don José de Alcalde; por oriente linda con tierras de la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia, y por el sur con casa y solar de don Lorenzo Meso. Y que habiendo concluido Vázquez dicho entero, es llegado el caso de formalizarle el respectivo instrumento, y reduciéndolo a efecto, el repetido don Francisco González como apoderado de las relacionadas señoras Ortiz y Rodríguez, otorga que vende a don Alejandro Vázquez la casita que queda deslindada, la cual es de material con su cubierta de madera y teja, en cantidad de 400 pesos que tiene ya satisfechos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Petra Oropeza, mujer legítima de don José de Alcalde, dijo que en juzgado de tercera nominación de esta ciudad, se gira un expediente que tuvo principio sobre el cumplimiento de un pacto conciliatorio celebrado entre la comparente y su consorte, acerca de la consignación de 3 000 pesos con que debe comprarse una casa para la otorgante, cuya suma fue enterada por Alcalde y se haya actualmente en depósito en poder del Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, no obstante que Alcalde ha pretendido se conservase en el juzgado; asimismo, dijo que ya porque en cuanto a los indicados particulares es preciso continuar las respectivas gestiones y ya porque es muy regular le ocurran a la relacionante algunas pretensiones relativas a la manera de asegurar ese capital en términos que le sean más útil. Todo lo cual no puede hacer por sí misma en razón de su sexo, viéndose precisada a otorgar poder, para cuyo fin se le otorgó licencia judicial y usando de ella, otorga poder general al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en su nombre siga gestionando lo conducente en el negocio de que se ha hecho mención, conviniendo en la compra de la casa, del modo que sea benéfico y útil a la otorgante o lo resista en el evento contrario. También, para que entretanto no se haga la referida compra, procure que el capital de destine o imponga de manera que produzca para aliviar en parte los gastos de la otorgante.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Francisca y doña María del Carmen Merino, con su curador don Bernabé de Elías Vallejo, expresan que por fallecimiento de don Francisco Merino padre de las dos primeras, quedó una casa de edificio bajo ubicada en esta ciudad a la calle de Alba conocida hoy las Recogidas, con la cual hace frente al poniente, lindando por oriente con tierras de la Purísima; por Norte con casa y solar que fue de los herederos del difunto Roque Ortiz y hoy es de José Miguel Contreras; por sur con casa y solar que fue del finado Antonio de los Reyes, midiendo de frente 24 y media varas y de fondo 52. Que habiendo quedado debiendo Merino al tiempo de su muerte a don Fernando de Cubas 258 pesos con calidad de réditos y promesa de hipoteca de la casa, formalizaron la hipoteca por la expresada cantidad y los réditos corridos. Que no cesando Cubas de agitar por la venta para que se le pague, han logrado ahora un comprador que lo es don José de Alcalde, quien da por ella 1 200 pesos. Por lo que reduciendo a efecto otorgan que venden al nominado don José de Acalde, la casa que queda deslindada en precio de 1 200 pesos; y como la expresada venta se hace con el objeto de satisfacerle a don Fernando de Cubas, se comprometen los otorgantes a quitar inmediatamente ese gravamen para dejarle al comprador el fundo libre absolutamente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio, dijo que desde 23 de octubre tiene en su poder la cantidad de 3 000 pesos pertenecientes a doña María Petra Oropeza como consignados a ella por su esposo don José de Alcalde; dicha suma la conserva por vía de depósito irregular. Que desde aquella fecha debió formalizarse la escritura para la debida seguridad, más se ha ido pasando el tiempo, pero estando anuentes a realizarlo ahora, reduciéndolo a efecto el nominado señor don Juan Francisco de Bárcena confiesa haber entrado en su poder los relacionados 3 000 pesos en moneda corriente y se obliga a pagar el premio que tienen convenido, así como también hipoteca en lo general sus bienes para la seguridad del pago.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO