Don Cristóbal Montes de Oca, de esta vecindad y comercio, dijo que don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, como administrador de bienes de don Pedro Paredes y Serna le vendió al comparente 30 novillos al precio de 23 pesos, con plazo de seis meses, que comenzó a contar en 29 de agosto de 1836, y finalizado en febrero del presente año. Plazo que no pudo cumplir, por lo que acordaron realizar nueva escritura. Razón por la cual, el comparente, otorga que se obliga de pagar al mencionado señor Paredes, o a quien su poder hubiere, la cantidad de 690 pesos en el plazo de tres años, contados desde el primero de marzo del presente año. Para seguridad del capital y premios, hipoteca la casa de su habitación, ubicada en esta ciudad que de la plazuela del Carbón conduce al barrio de la Cruz Verde con su frente al sur por dicha calle, lindando por oriente con casa de Josefa Campos, por norte con solar de la testamentaria de don Carlos Arias, y por poniente con solar del otorgante, quien se obliga a no vender o acensuar.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Nicolás Vázquez, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, a efecto de requerir a don José María Hidalgo, de esta vecindad y comercio, para que pague la cantidad de 1 440 pesos de una letra de los señores Pino, Genes y compañía, del comercio de la ciudad de Veracruz, que fiaron contra el citado señor Hidalgo y en favor de los señores Incera y Gutiérrez, la cual tiene aceptada, puso en mi poder dicha letra, cuya paga no ha podido satisfacer el señor Hidalgo; por lo cual, don Nicolás Vázquez otorga que protesta en la más solemne forma una, dos, tres veces y las demás en derecho necesario que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, daños, intereses y menoscabos que por defecto del pago se le causaren, serán por cuenta y riesgo del aceptante, dador y endosantes, de cada uno por el todo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María Bonilla y Flores, de este comercio y vecindad, otorga poder a don Juan Hilario de Echagaray, de esta misma vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se presente en Tribunal Mercantil de esta ciudad a contestar en el concurso a bienes de don José María Hidalgo. También, se le confiere para que se encargue de todos sus pleitos y cobranzas que al presente tiene o en adelante tuviere.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOComparecieron don Manuel Hidalgo con su hijo don José María, de quien es curador ad litem; y don Lorenzo Fernández, de esta vecindad; dijeron los dos últimos que el día 20 de diciembre de 1838 formalizaron escritura de compañía para refaccionar la hacienda de Zimpizahua y expender sus frutos. Y los relacionante siguieron diciendo que habiendo Fernández celebrado escritura de compañía con don Javier Arias, dueño de dicha hacienda por el término de tres años, formó después con Hidalgo por el mismo término la que presenta; pero como los bienes del citado don José María Hidalgo han sido intervenidos por sus acreedores, y aunque hasta el día no se haya declarado concurso, nombraron aquellos ante el Tribunal Nacional por síndicos depositarios a don Mariano Pasquel y don Ángel Lascurain, con quienes han convenido disolver la citada compañía, renunciando éstos en nombre de los acreedores toda acción que pudiesen tener en pro o en contra de la compañía de Fernández e Hidalgo, sobre utilidades de la hacienda de Zimpizahua y demás condiciones que en aquella escritura se expresan, sin que se entienda extensivo ese desistimiento, a la cantidad que dicha hacienda debe hoy a la casa de Hidalgo por liquidación de cuentas, según todo consta en papel. Y, sin embargo, de haber los otorgantes formado la citada sociedad por el término de tres años que deberían cumplirse el 27 de diciembre de 1841, por no poder Hidalgo hacer las anticipaciones ofrecidas, han resuelto separarse y cesar en ella. Por lo que a través de la presente y con intervención del curador, otorgan que disuelven y dan por finalizada y rescindida la mencionada compañía.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Mariano Pasquel, y don Ángel Lascurain, síndicos del concurso a bienes de don José María Hidalgo, vecinos de la heroica ciudad de Veracruz, residentes en este suelo, otorgan poder especial a don Teodoro Pasquel, vecino de la misma ciudad de Veracruz, para que en nombre y representación de su persona, derechos y acciones, como tales síndicos de dicho concurso, comparezca en aquel juzgado de distrito a gestionar lo conveniente en el juicio que se sigue sobre comiso de veinte barriles de aguardiente, que mandó de Zacatlán don Manuel González al expresado don José María Hidalgo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon José Luis Rodríguez, de esta vecindad y comercio, puso en poder del escribano una letra girada por don Bernardo Sayago contra don José María Hidalgo, ambos de este comercio, y aceptada por el último, la cual se trascribe en la escritura. Y habiendo requerido a Hidalgo el pago, éste manifestó que en este momento no tiene el dinero por no haberlo podido reunir, pero que el lunes próximo, sin falta alguna, hará el pago. Y en atención a que estando vencido el término no se efectuó el pago, dijo y otorga que protesta una, dos tres veces y las mas en derecho necesarias, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, intereses y menoscabos que por defecto de su pagamento se le siguieren, serán de cuenta y riesgo del aceptante y dador y de cada uno por el todo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Nicolás Pastoressa, de esta vecindad y comercio, requirió a don José María Ochoa, del mismo comercio y vecindad, para que le pague la cantidad de 526 pesos uno y cinco octavos reales, importe de la letra que don Mariano Pasquel, por sí y por don Ángel Lascurain como síndicos en el concurso de José María Hidalgo, libró contra dicho señor Ochoa quien la tiene aceptada, cuya letra se transcribe en la presente escritura. Y siendo requerido al señor Ochoa, que mediante a tener aceptada dicha letra y haberse cumplido ayer el término prefijo de ella, satisfaga su importe pues de no hacerlo se protestará en la forma ordinaria, enterado Ochoa dijo que le animan los mejores deseos de satisfacer y tiene dinero pronto para verificarlo, como de facto lo puso de manifiesto, pero no lo efectúa por hallarse con una orden que a solicitud de don Bernardo Sayago expidió el Juzgado Mercantil de esta ciudad, para la suspensión del pago, cuya orden también se transcribe en esta escritura. Asimismo, el señor Ochoa dijo no le es dable cubrir la repetida libranza sin quedar sujeto a una responsabilidad y que, aunque previendo este lance ha ocurrido en oportunidad al señor presidente del Tribunal Mercantil y a don Bernardo Sayago para el desenlace de dicho asunto, no se ha logrado y por esto es que no verifica el pago del valor de la letra, sin embargo, de constar en ella su aceptación por haber sido posterior a la orden del tribunal. En cuya virtud, el señor Pastoressa otorga que protesta una, dos, tres veces y las demás de derecho necesario, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, intereses y menoscabos que por defecto de su pagamento se le ocasionen, serán de cuenta y riesgo del aceptante, dador y endosantes y de cada uno por el todo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon José María Ochoa, de este comercio y vecindad, dijo que habiendo comprado a don Mariano Pasquel y don Ángel Lascurain, síndicos del concurso a bienes de don José María Hidalgo, las existencias correspondientes a la masa común de sus acreedores, tiene recibido en 23 de julio último el valor de 8 713 pesos 6 y 7 octavos reales, que importaron aquellos, que deducidas el 11 por ciento que convinieron en rebajarle en la compra, resultaron líquidos 7 755 pesos 2 y 5 octavos reales, mismos que ofreció pagar en dos plazos, que deberán cumplirse el 23 de enero de 1840. Para seguridad del concurso y pago, ofreció por sus fiadores a los señores don Antonio María Priani, don Francisco Fernández y Agudo, don Bernabé de Elías Vallejo y don José María Bonilla y Flores, quienes confirmaron que se constituyen fiadores y se obliga cada uno a satisfacer el valor total de lo comprado por el comparente.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon José María Hidalgo y don Lorenzo Fernández, de esta vecindad, dijeron que para expeditar la negociación de la hacienda de Zimpizahua, que el segundo ha tomado en compañía con don Javier Arias, su legítimo dueño, por la parte de interés que en ella lleva, ha formado otra con el primero en los términos y condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan las siguientes: 1.ª Hidalgo se compromete a facilitar para las rayas hasta la suma de 1 500 pesos en las épocas que sea necesario, cuya cantidad se reintegrará con el sobrante de los productos de la hacienda después de cubiertos los gastos de ella. 2.ª Fernández remitirá a Hidalgo, en comisión para su venta, todos los frutos de la hacienda que vengan a Xalapa durante su intervención en ella y de los que Hidalgo producirá las respectivas cuentas de ventas cobrando por su comisión un 2 por ciento. 3.ª Del 50 por ciento que corresponde a Fernández de las utilidades liquidas que haya en la negociación, según el artículo 20 de las condiciones que bajo escritura tiene hecha con don Javier Arias, serán divisibles entre los dos, correspondiendo a Hidalgo un 20 por ciento y a Fernández el 30 por ciento restantes, cuyas utilidades le serán pagadas a Hidalgo en el mismo orden en que tenga que recibirlas Fernández, según el artículo tercero de la escritura que tiene hecha con el referido Arias. 4.ª Hidalgo se compromete a facilitar en su casa pipas en que se puedan guardar hasta 100 barriles de aguardiente sin cobrar por ellas ningún rendimiento, entre otras condiciones que se expresan en el acta. Bajo cuyas condiciones los referidos señores don José María Hidalgo y don Lorenzo Fernández otorgan que aprueban, confirman y ratifican el contrato de compañía que tienen celebrado, y se obligan a cumplirlo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALManuela Josefa Hernández, natural y vecina de esta ciudad, hija de don José Lino Hernández y de doña Micaela Cayetana Cruz, mayor de cincuenta años de edad, otorga su testamento en la manera siguiente: Señala que sus bienes consisten en la casa de su morada y su pobre ajuar que tiene. Declara ser deudora a don José María Hidalgo y a don Victoriano, dependiente de la casa de don Juan Francisco de Bárcena, manda se les pague. A ella le deben doña Micaela Medina y doña María Manuela Miranda, por el servicio de lavado de ropa. Manda que del resto de sus bienes, después de pagados los gastos de su enfermedad y entierro se dividan en dos partes iguales, de una se hagan dos, de éstas, una es para su hermana Gertrudis Hernández, y la otra para su ahijado y sobrino José Octaviano Castañón, y que la otra se reparta por partes iguales entre los hermanos de éste Anselmo, Matilde, María Josefa y Juana Castañón, hijos de Antonio Castañón y de Francisca Noguerón, su sobrina; Francisco Gregorio, José [de] y Luis Molina, hijos de María de Jesús Molina, su sobrina, y José María y Ramón Hidalgo, hijos de Juana Gutiérrez, también su sobrina. Manda que de lo que entrare en favor de los Castañones se ponga en finca segura, para que cuando tengan la edad lo perciban. Nombra por su albacea a don Manuel María Rosas.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO