Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, hijo y albacea de don Matías Martínez de Espinosa, mayor de veinte años y menor de veinticinco años, con su curador don Francisco Florencio Franceschi, dijeron que el mesón nombrado de las Animas, ubicado en la plaza Pública de esta ciudad, es una de las fincas pertenecientes a la testamentaria de dicho finado don Matías y que siendo benéfico a la testamentaria arrendar esa finca, tiene tratado darla en arrendamiento al ciudadano Francisco Barrios, de esta vecindad, bajo las siguientes condiciones: 1.º Que solo se comprende en dicho arrendamiento lo exclusivo del mesón y las tres asesorías, situadas en el callejón de Flores, más no las dos tiendas ni las piezas anexas a ellas. 2.º Que por el mesón y accesorias ha de pagar 36 pesos mensuales. 3a. Que el arrendamiento es por tres meses, que empiezan a contarse desde el 28 del corriente; sin embargo, desde ahora la entrega la finca a Barrios. 4.º Que se ha de caucionar el arrendamiento con hipoteca de una casita, perteneciente a la esposa de Barrios; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y estando presente Francisco Barrios otorga que acepta tal y como se haya extendida; y a fin de que tenga efecto la cuarta clausula, estando presente su consorte Luciana Arcos con previa licencia marital; Barrios y Arcos, ambos otorgan que hipotecan a la seguridad del pago, una casita, que tiene la señora Arcos, ubicada en esta ciudad, en el paraje nombrado de Jalitic [Xallitic], lindando por el oriente con la orilla de la acequia que conduce el derrame de las piletas de dicho Jalitic [Xallitic]; por norte con casa y solar de los herederos de Manuel González; por sur con callejuela que va para el puente que llaman de Lagos, y por poniente con calle que de la del Sindico baja para dichas piletas. Cuya casita y sitio se obligan a no enajenar, ni grabar entretanto no este satisfecha la cantidad que importen los arrendamientos expresados.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon José María Valero, de esta vecindad, otorga que vende realmente a Francisco Barrios y Luciana Arcos, su mujer, una casita, de edificio bajo de paredes, cubierta de madera y teja construida en sitio que le compró a Andrea Dorotea Hernández, como viuda y albacea del Capitán Francisco Javier López, como consta la escritura otorgada en esta ciudad, el 14 de mayo de 1805. Dicho sitio tiene de ancho de sur a norte 16 varas lindando por poniente con la calle que de la del Sindicado va para las piletas de Jalitic [Xallitic]; por norte con casa y solar de los herederos de Manuel González; por el sur con la callejuela que va para el puente que llaman de Los Lagos y por oriente hasta orillas de la Acequia o derrame de las aguas de Jalitic [Xallitic], como se explica en dicha escritura y que aunque en ella se relaciona que el padre del relacionante era el que tenía construida una casilla en ese sitio, dicha casa se arruinó y así es que la que ahora existe es labrada a expensas del comparente; y como dueño de dicha casita, otorga que la vende en precio de 350 pesos. Finalmente estando presente el nominado Francisco Barrios otorga que acepta tal y como se halla extendida dicha acta y confiesa que el dinero, con que ha hecho la compra y los gastos relativos a ella, es perteneciente a María Luisa González, madre de Luciana Arcos, esposa del comprador, a cuya disposición queda la casa comprada.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO