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Descripción archivística
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1586, Expediente 2
MX UV.USBIX ANO-E-0018-EO_0018_0001 · Unidad documental simple · 29/11/1586
Parte de Archivo Notarial de Orizaba

Provisión Real compulsoria, dirigida al escribano a cargo del proceso que contra la parte de Pedro de Herrera y Juan de Herrera, vecinos del pueblo de Maltrata, ha seguido Payo Patiño Dávila, Corregidor, a instancias de Tomás Ruiz, beneficiado de dicho pueblo, y de Simón Prado, en cuyo proceso dicho Corregidor por complacer a Tomás Ruiz y Simón Prado, procedió contra los mencionados Pedro y Juan, a los que encarceló y agravió quitándoles y secrestrándoles [sic] sus bienes sin que para ello hubiese habido causa legítima, por lo cual los agraviados con el fin de que les devuelvan sus bienes suplicaron al rey mandase Provisión Real compulsoria para traer todo lo hecho y actuado a la Real Audiencia, petición a la que accedió el Rey Felipe, y por la presente ordena se le entregue a Pedro y Juan de Herrera un traslado autorizado de los procesos y autos de la causa.

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MX UV.USBIX ANX-P-0032-PX_0032_0090 · Unidad documental simple · 06/07/1753
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pedro de Senande, vecino del pueblo de Jalapa, con poder especial que tiene de los hermanos don Pedro, don Antonio y don José de Herrera, da en arrendamiento a don José Sanchinel, vecino de este pueblo, una casa ubicada en este pueblo, por el tiempo de 7 años, en el precio de 6 pesos de oro común.

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MX UV.USBIX ANX-P-0038-PX_0038_0027 · Unidad documental simple · 30/03/1762
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Petrona Josefa de Castro, hija legítima de los difuntos don Diego de Castro y de doña Ana María de Chávez y Peña, natural y vecina del pueblo de Jalapa, viuda de don Antonio de Herrera Povas y Pereyra, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a don Cristóbal Francisco García, y como heredero al citado Cristóbal García, junto con Pedro de Herrera, ya que el hijo que tuvo de su matrimonio falleció.

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MX UV.USBIX ANX-P-0049-PX_0049_0048 · Unidad documental simple · 16/05/1777
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Jacinto de Herrera y Campo , don José de Herrera y Campo y don Ignacio Herrera y Campo, oriundos de la villa de Priego en los Reinos de Castilla, hijos de don Pedro de Herrera y de la difunta Adriana del Campo, otorgan que hacen gracia y donación de la herencia materna y paterna, a sus hermanas María de Herrera y Campo y Mariana de Herrera y Campo , en caso de que falleciera su padre.

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MX UV.USBIX ANX-P-0050-PX_0050_0149 · Unidad documental simple · 22/05/1778
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Jacinto Herrera y Campo, don José de Herrera y Campo y don Ignacio Herrera y Campo, hermanos y vecinos de este pueblo, otorgan poder especial a doña María Herrera y Campo y a doña Mariana Herrera y Campo , sus hermanas, vecinas de la Villa de Pliego, Reino de Córdoba, para que procedan a la división y partición de bienes de su difunto padre don Pedro de Herrera.

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MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0128 · Unidad documental simple · 11/06/1748
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Laureano Fernández de Ulloa, mercader y vecino de este pueblo, con poder especial de don Pedro de Herrera, para rentar una casa; haciendo uso de dicho poder, otorga en arrendamiento a don Manuel Rodríguez, la citada casa, construida de cal y canto, cubierta de tejas; linda al poniente con casas que fueron del Capitán Castro, por el sur con casas de Teodora Josefa Mojica y por el oriente con casas de don José de la Calle, la renta por el periodo de 3 años, en el precio de 220 pesos por cada año.

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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0162 · Unidad documental simple · 06/09/1618
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Vicente Alemán, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, estante en el ingenio de Almolonga, dio su poder cumplido a Antonio de Goitia, vecino de Los Angeles, para que en su nombre cobre de Pedro de Herrera, 1 400 pesos de oro común de una escritura de plazo pasado, y generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales; y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren; y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.