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Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0021 · Unidad documental simple · 1832/02/14
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

José Jácome, vecino de este pueblo, otorga su testamento de la siguiente manera: Manda su cuerpo sea enterrado en la iglesia parroquial de este pueblo, en el primer arco de la puerta mayor, el que será pobremente. Declara estar casado con María Gertrudis Hernández, difunta, de cuyo matrimonio procrearon a María Celidonia Jácome, Francisco, María, Guadalupe, José María, Manuela, María de Jesús y Marcelo, difuntos estos dos últimos. Nombra como herederos a sus hijos. Declara por bienes una casa de rajas cubierta de teja, sita en la esquina de la calle Nueva, con su correspondiente solar al confín de la calle, situada en el margen del río Quitlapa [Cuitlapa]. Nombra como albaceas a sus hijos Francisco y Manuela.

ZEFERINO REBOLLEDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0160 · Unidad documental simple · 1832/12/03
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Manuela Jácome y don Francisco Jácome, vecinos de Coatepec, albaceas, hijos y herederos de don José Jácome, otorgan la primera que da y el segundo que recibe en adjudicación un jacal de rajas cubierto de teja y un solar en que se halla ubicado en Coatepec, compuesto de 41 y media varas de frente y 42 de fondo, lindando por el oriente, calle Nueva de por medio, con solar de Josefa Vallecillo; por el poniente con el de doña Manuela Rebolledo; por el sur, calle de San Juan de por medio, con el de don Francisco Galván y Segovia; y por el norte con el de don Dionisio Camacho; siendo propias de este solar las dos cercas de madera del oriente y sur. Cuya adjudicación la hace la expresada doña Manuela Jácome por sí y a nombre de sus coherederas: doña María Celidonia [Jácome], doña Guadalupe [Jácome], don Cruz Galván, viudo y en representación de doña María de Jesús, y de don José María Jácome, por quienes prestan voz y caución. En tal virtud queda hecha esta adjudicación en la cantidad de 180 pesos de que deduciéndosele a don Francisco lo que le corresponde por su hijuela y lo que acredite haber gastado a beneficio de la testamentaria de su padre, el resto le entregará en efectivo en dicho juzgado, para que allí se satisfagan a sus coherederos sus respectivas hijuelas de todo lo que se pondrá constancia pro el juez al pie del testimonio de esta escritura para que así conste quedarle la casa y solar libres de esta responsabilidad, como lo está libre de gravamen e hipoteca.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO