El señor don José Martín Sánchez, actual alcalde de tercera nominación en esta ciudad, marido legítimo de doña Josefa Ignacia Esteva, dijo que el licenciado don Ignacio López de Luna, cura propio más antiguo de la villa de Atlixco, ha tenido en su poder 1 126 pesos y 2 granos pertenecientes a la esposa del comparente con pensión de réditos de 5 por ciento anual e hipoteca especial del rancho nombrado San José Acatocha ubicado en jurisdicción de Atlixco, que en el día tiene satisfecho ese capital y sus réditos el repetido señor Luna; en cuya virtud el relacionado señor don José Martín Sánchez como tal marido legítimo de doña Josefa Ignacia Esteva y administrador de sus bienes otorga que tiene recibidos del licenciado don Ignacio López de Luna los 1 126 pesos y 2 granos que se ha hecho mención.
UntitledDon Juan Schmidt, vecino de esta ciudad, de quien dio conocimiento su amo don José Martín Sánchez, otorga poder especial a su hermano el señor Eugel Kraemer, residente en el pueblo de Muesen, provincia de Siegen en Prusia, para que en su nombre haya, demande, perciba y cobre todo lo que le deban por razón de la herencia de sus señores padres don Juan Enrique Schmidt y Ana María Solms, difuntos, residentes que fueron en dicho pueblo de Muesen. También, para que enajene por venta en el mejor postor las fincas urbanas o rústicas, otorgando a favor del comprador las escrituras convenientes. Y para que reducido a dinero todo el caudal hereditario de sus padres, entregue a la hermana del otorgante, doña Ana María Schmidt, la parte que le corresponde y de lo que le toque al otorgante le entregue 100 pesos prusiano a su hija Justina Schmidt y el resto lo remita en dinero al otorgante en esta ciudad, valiéndose para ello de la compañía de Minas Alemanas de Oeste, donde los situará con los seguros correspondientes.
UntitledDon Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, por sí y en nombre de la compañía titulada Colmenero y Cosío, liquidatarios de la extinguida sociedad de los Hijos de Bustamante y compañía por quienes presta voz y caución; otorga poder a su hijo legítimo, don José Martín Sánchez, de esta misma vecindad, de veintisiete años de edad, para que en nombre del otorgante y de la compañía referida, cobre de don Julián de la Colina, vecino de la ciudad de Córdoba, la cantidad de 13 249 pesos 7 y un octavo reales que le debe al otorgante y compañías, resto de efectos que le vendieron en la H. Veracruz, por medio de don José Domínguez Tricio, corredor que fue de aquel número.
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