Don Juan Carrasco, Teniente retirado de esta vecindad, otorga poder especial a don José María Solís, vecino de Guanajuato, para que en su nombre como esposo de doña María Buendía y representando los derechos y acciones que le tocan y pertenecen, proceda a la cobranza de la parte hereditaria que tiene su esposa a una casa situada en la plazuela de San Fernando de la ciudad de Guanajuato, cuyo cobro deberá hacer a don José María Torres, como albacea de doña María Juliana Ramona Morales, esposa que fue de don Antonio Buendía. Y en caso de que ponga algún obstáculo en satisfacer la suma a que pueda ascender la herencia, lo faculta para que pueda parecer en todos los tribunales que convenga, en los cuales formalice su demanda.
Sans titreDon Juan Carrasco, Teniente retirado de esta vecindad, otorga poder especial a don Juan Mateo, vecino de Guanajuato, para que en nombre del comparente como esposo que es de doña María Buendía, proceda a la cobranza de la parte hereditaria que tiene su esposa a una casa situada en la plazuela llamada de San Fernando en la misma ciudad. Cuyo cobro deberá hacer a don José María Torres, como albacea de doña María Juliana Ramona Morales, esposa que fue de don Antonio Buendía. En caso de que no se le quiera pagar la suma a que pueda ascender la herencia, lo faculta para que solicite el correspondiente certificado con el cual formalice la demanda, exigiendo a Torres presente el testamento o la cláusula en donde declaró la señora Morales de heredera a la nominada esposa del otorgante.
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