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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0129 · Unidad documental simple · 1836/10/29
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los señores licenciados don Sebastián Camacho, apoderado del común del pueblo de Tlatlatilan (Tatatila), y don José María Aparicio representante del de Tlacolulan, dijeron que en 31 de agosto formalizaron escritura de compromiso, sujetando a juicio de arbitrios la demanda de los de Tlatlatilan sobre tierras, habiéndose designado para la sentencia el término de dos meses, los cuales están por espirar sin que haya podido finalizarse dicho juicio; y para que pueda verificarse de común acuerdo, los comparentes a virtud de las facultades que le están conferidas en los poderes a que se refiere dicha escritura, y reproduciendo en todas sus partes, otorgan que prorrogan por otro mes más el término del cual han de pronunciar su laudo los árbitros nombrados licenciados don Luis Gonzaga Gago y don Manuel de Zárate.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0143 · Unidad documental simple · 1836/11/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los señores licenciados don Sebastián Camacho y don José María Aparicio, representantes el primero del común del pueblo de Tlatlatilan [Tatatila] y el segundo del de Tlacolulan, dijeron que en 31 de agosto de este presente año formalizaron escritura de compromiso sujetando a arbitrios, que lo son los señores licenciados don Manuel de Zárate y don Luis Gonzaga Gago, la demanda de los de Tlatlatilan sobre tierras, habiéndose designado para ese juicio el término de dos meses. Que en 29 de octubre último otorgaron la prórroga de un mes por no haberse podido concluir el negocio en los dos señalados y que no habiéndose aún finalizado todavía, han convenido prorrogar otros quince días. A cuyo fin, por el presente, en el modo más oportuno los nominados señores licenciados don Sebastián Camacho y don José María Aparicio a virtud de las facultades que les están concedidas, otorgan que prorrogan por quince días más el término dentro del cual hayan de pronunciar su laudo los referidos arbitrios.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0068 · Unidad documental simple · 1838/08/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano Miguel Francisco, juez de paz del pueblo de San José Pastepec [Paxtepec], y los ciudadanos Domingo Francisco, Tomás Bonilla y José Francisco Álvarez, de la misma vecindad, prestando voz y caución por la demás vecindad, dijeron que revocan el poder que tenían otorgado a don Manuel Patiño y otorgan poder general a don José María Aparicio, para que en nombre de los vecinos de San José Pastepec [Paxtepec], los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban a dicho pueblo. Para que apee, deslinde y amojone no solo los términos del expresado pueblo, sino también los que recaigan en él y todos los bienes raíces que posee el pueblo. Para que descubra y aclare los bienes que le tengan usurpados y consten en archivo, echando a los extranjeros y administrándolos como suyos.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0133 · Unidad documental simple · 1839/10/03
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los ciudadanos Cayetano de Jesús Rodríguez, Salvador García, Eusebio de Jesús de los Reyes y Gabino Antonio, vecinos del pueblo de Naolinco, de este partido, comisionados del común de indígenas del citado pueblo, otorgan poder al señor licenciado don José María Aparicio, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de sus personas, y de los demás vecinos y del común de indígenas del pueblo de Naolinco, por quienes prestan voz y caución, gestione los negocios que sobre terrenos y división estén pendientes actualmente, o en lo sucesivo se movieren por la inconformidad de límites o linderos. Asimismo, se le confiere para que se encargue de los asuntos administrativos y judiciales que tenga o en adelante tuviere.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0174 · Unidad documental simple · 1831/10/15
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano Juan Francisco Carasa, vecino del pueblo del Chico de este cantón, otorga poder especial al Bachiller don José María Aparicio, vecino de esta ciudad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, prosiga y termine el juicio de espera de acreedores que en el juzgado de primera instancia de este cantón ha promovido y tiene pendiente el otorgante, instaurando si fuere necesario el de quitas o sesión de bienes. Asimismo, se le otorga general, para la secuela y finalización de los demás juicios y negocios civiles y criminales que al presente tenga o en adelante tuviere.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0015 · Unidad documental simple · 1832/02/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Ignacio Aparicio, vecino de esta ciudad, otorga poder general a su hijo, el Bachiller José María Aparicio, para que en su nombre prosiga y termine el litis que tiene pendiente el otorgante contra doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega por cantidad de pesos, asimismo, todos los asuntos que tenga pendientes ya sean juicios particulares, de concurso o cualquier otro, percibiendo y cobrando cualquier cantidad.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0142 · Unidad documental simple · 1832/11/03
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ana María Galván, vecina de Coatepec, otorga poder especial y general al Bachiller don José María Aparicio, vecino de esta ciudad, especial para que en su nombre prosiga y termine el litis que tiene entablado sobre la testamentaria del finado su hermano, don José Miguel Galván, y general para la secuela y finalización de los demás juicios y negocios civiles y criminales que tenga pendientes y en adelante surjan.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0037 · Unidad documental simple · 1833/03/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los ciudadanos el Bachiller José María Aparicio y Rafael Velad, de esta vecindad, dijeron que después de firmada la escritura de compromiso, otorgada el 5 de enero del corriente año, manifiestan que hay equivocación, al decirse que los otorgantes le concedían a los arbitradores nombrados, el término preciso de treinta días útiles a cada uno, contados desde que aceptaran el cargo, pues concediéndoles el término de treinta días comunes y prorrogables hasta los sesenta de la ley para que rindiesen sus repuestas y probanzas; los otorgantes exponen que hay contradicción entre ambos términos; por cuyo motivo y en común acuerdo han ratificado en concederles a los indicados árbitros para dar sus laudos, treinta días a cada uno, pero que empezarán a contar desde que se concluyan las pruebas y se les entreguen los autos con el referido objeto y al efecto; además, quieren que ésta aclaratoria conste a continuación del original que corre en los autos de la materia.

JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0064 · Unidad documental simple · 1834/04/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los señores don Antonio José Peredo, don Francisco Peña y don José Miguel Contreras, Regidores de este Ilustre Ayuntamiento, dijeron que a nombre de dicha ilustre corporación, en virtud de las facultades que la mismas le ha conferido, otorgan que dan poder especial al señor Regidor don José María Aparicio, para que en representación de los derechos y acciones de dicho cuerpo cobre de la testamentaría de don Mateo Badillo y don Manuel de Goiri las cantidades pertenecientes a las imposiciones relativas al Hospital de Mujeres de esta ciudad.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0088 · Unidad documental simple · 1835/07/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Antonio Aguilar y Córdoba; el Licenciado don José María Aparicio, curador ad bona de Ignacio Parra; y don Joaquín Guevara, curador ad litem del mismo menor; dijeron que por fallecimiento de María Gertrudis Córdoba quedó una casita compuesta por tres piezas de material con sus cubiertas de madera y teja, ubicada en esta ciudad, en el callejón que del frente del cementerio del templo de Señor San José atraviesa para salir a la calle de la Laguna o confín de la de San Francisco de Paula, con el cual callejón linda la expresada casita por el rumbo del oriente, y está labrada en terreno perteneciente a los naturales de esta ciudad; por poniente linda con la cerca de la huerta de casa de don Juan Francisco Carasa; por el norte con solar del ciudadano José María Anaya; y por el sur con sitio del ciudadano Bernabé Zárate; cuya casita hubo Gertrudis Córdoba por compra que hizo al nominado Bernabé Zárate, como consta en escritura con fecha en esta ciudad a 16 de septiembre de 1825. Asimismo, dijeron que sobre el intestado de la enunciada Córdoba se sigue expediente en el juzgado de primera nominación de esta ciudad, en el cual están declarados herederos de la finada los referidos Antonio Aguilar y Córdoba e Ignacio Parra, y que no proporcionando como división el fundo y teniendo además que pagarse algunas deudas de la testamentaria, se impetró licencia judicial para la venta en atención a ser necesario ese requisito, cuya licencia se obtuvo por auto del 9 del corriente. Por lo anterior, otorgan que venden dicha casita a don Miguel del Valle, en precio de 500 pesos, siendo por cuenta del comprador el pago de alcabala y escritura.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO