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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0083 · Item · 1835/07/03
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Luisa Galván, dijo que doña María Lorenza de Campo, en su último elogio bajo que falleció y fue otorgado en esta ciudad a 7 de septiembre de 1831, le dejó a Francisca de Paula [Guevara], hija de la comparente y de su finado marido, Vicente Guevara, una casa ubicada en esta ciudad, en la calle del Ganado. Y en virtud de esta disposición el albacea, don José María Berrio, estuvo cumpliendo por lo respectivo a la niña Francisca durante la vida de ésta, más habiendo fallecido y siendo la relacionante su única heredera, ha solicitado la consignación absoluta de la expresada casa, por lo cual, otorga que se da por entregada a su entera satisfacción de la propiedad, la cual hace frente hacia el oriente con la calle del Ganado; linda por el sur con casa que fue de don Lino López; por el norte con casa que hoy es de doña Guadalupe Campo; por el poniente, que es su fondo, con solar de los Ochoas. Finalmente, otorga recibo en forma a favor de dicho albacea.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0159 · Item · 1831/09/07
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Lorenza de Campo, natural de la villa de Atlixco del estado de Puebla, vecina de esta ciudad, criada por el Presbítero don José Alejandro de Campo, de sesenta años de edad, ignora quienes fueron sus padres. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco, precedido con las exequias de misa de cuerpo presente en la iglesia parroquial con asistencia de tres padres y de las cofradías de las que ella es hermana. Ordena se digan cuatro misas, una por su alma y la de sus padres, otra llamada de la emperatriz, una de indultos y otra a la parroquia que le toque. Declara por bienes la casa de su morada, ubicada en la calle del Ganado, libre de gravamen; y otra que está en el callejón del Campanero, de la que reconoce 500 pesos en favor del hospital de la Caridad. También son suyos 250 pesos que le debe la testamentaria de don José Vicente de las Casas y otros 260 pesos que le debe Juan Canseco, ropa de su uso, pero no posee dinero en efectivo y no tiene deuda alguna. Ordena que se cobre lo que le deben Casas y Canseco, para que su albacea lo distribuya a como se lo tiene indicado. Es su voluntad, que por el buen servicio que le prestó doña María Guadalupe Hernández, su sirvienta, se le entregue la cama de su uso. Nombra por heredera universal a su alma y por heredera particular a Francisca de Paula Guevara, niña de cuatro años de edad e hija de Vicente Guevara y de María Luisa [Galván], su ahijada, para que cuando tenga la edad suficiente sea dueña de la casa de la calle del Ganado. Mientras no se cumple lo antes mencionado, manda que dicha casa se ponga en arrendamiento para que con lo producido se distribuya en socorrer a tres mujeres pobres mendigas, y la otra parte se utilice para la alimentación y ropa de la mencionada niña Francisca de Paula Guevara. Asimismo, instituye por heredero particular a don José Cenobio del Berrio, niño, hijo de su albacea don José María Berrio y de doña Ignacia Gordillo, a quien deja la otra casa que se ubica en el callejón del Campanero con la condición de que siga reconociendo los 500 pesos y pague sus réditos. Nombra por su albacea a José María Berrio.

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