Doña María Gertrudis Ortiz de Zárate de Pardo, viuda, mayor de edad, vecina de esta ciudad, otorga poder a su hijo don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, para que en su representación haya, perciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente las cantidades de pesos que le deban o debieren y; de lo que perciba y cobre otorgue recibos y cartas de pago que le sean pedidas. También para que pueda pactar la venta de cualquier bien raíz que le pertenezcan a la relacionante o en que tenga alguna parte y realizado el pacto de venta concurra a la extensión de la correspondientes escritura o escrituras. Y en caso que fuere necesario en razón de lo expuesto, comparezca en juicio pueda verificarlo en todos los tribunales superiores o inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Tomás García, de esta vecindad, otorga en arrendamiento a don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, también de esta vecindad, un rancho nombrado Xaltepec o Dos Arroyos, ubicado en cercanías de esta ciudad, en cantidad de 200 pesos anuales a partir de esta fecha, cuyo arrendamiento es por tiempo de dos años forzosos y cinco voluntarios, bajo las condiciones que se mencionan. Saliendo por fiador de Caballero don Rafael Huerta, de este comercio.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco Ciriaco de Espino y Soria, vecino de la población de la Banderilla, otorga poder a don José María Grajales, de esta vecindad, para que en su nombre demande y cobre de don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, también de esta vecindad, la cantidad de pesos que le adeuda al otorgante.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea del finado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate; don Joaquín Rincón, hijo y apoderado de don José Antonio [Rincón]; doña Matilde Meza y Rincón, hija de la finada señora doña Juana María Rincón; don Atilano Ampaneda, como albacea de su difunto hermano don Ignacio [Ampaneda], representante de las acciones de la señora doña María de Jesús, don José Gabriel, don José Miguel y don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate; don José María Gorospe, albacea del finado don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, hijo del citado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate; don Joaquín Guevara, curador de los menores hijos del nominado Caballero; y don Ángel de Ochoa, en representación de doña María del Rosario Rincón; dijeron que habiendo seguido autos sobre la testamentaria de doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate y tras convenio que se llevó a cabo entre los interesados con fecha de primero de agosto de 1838 en esta ciudad, otorgan que le adjudican a don Atilano Ampaneda, la casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en la esquina de las calle Belén y Nueva, por precio de 2 200 pesos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl presente escribano certifica, que doña Micaela Torres, compareció ante él, presentándole un pliego cerrado con su cubierta, en el que la dicha Micaela otorga su testamento con fecha de hoy, declarando quiere que su testamento permanezca cerrado, para que después de su fallecimiento se abra y publique en la forma legal, revocando todos los testamentos, codicilios, poderes y últimas disposiciones que antes de ésta haya hecho. Así lo firmó, siendo testigos los ciudadanos Pascual Campomanes, Pascual Caballero Ortiz de Zárate, Félix Lucido, Ángel Benítez, Joaquín Guevara, Manuel Cosa y José María Valero.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María de la Luz Ramírez Parra, de esta vecindad, mayor de edad, libre de ajena administración, dijo que posee una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle de Cantarranas, con su frente de 5 varas al norte y 15 varas de fondo al sur por donde linda con arroyo que va a la alameda, y del otro lado huerta del ciudadano Vicente Gómez, por el oriente con casa del propio Gómez, y por el poniente con casa de Isidro Alba. Cuya casa deslindada, hubo la comparente de doña Margarita Camarillo, por compra que le hizo, según consta de 26 de marzo de 1833, ante el Alcalde Cuarto don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, y hoy vende al ciudadano José Luis Hernández, por precio de 110 pesos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Atilano Ampaneda, por sí y en representación de su difunto hermano, don Ignacio Ampaneda, acreedores a los bienes de la testamentaria de los difuntos don Manuel Rincón y doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate, por la parte de herencia que debía percibir de ella sus legítimos hijos: la señora doña María de Jesús, don José Gabriel, don José Miguel y don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate, de quien obtiene poder para percibirlos por sus anticipaciones que a cuenta de dichas herencias les hizo en la escases y urgencias en que se han visto; la señora doña Matilde Meza y Rincón, de estado honesto, mayor de veinticinco años; don Joaquín Rincón, apoderado de su padre, don José Antonio Rincón; y don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, heredero declarado judicialmente del finado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, que lo fue de su difunto hermano también presbítero, don Juan Manuel Rincón, todos mayores de edad, vecino el primero de la ciudad de México y los demás de esta ciudad. Dijeron que habiendo venido el señor Ampaneda con el objeto de cobrar la cantidad de 3 187 pesos, resto de mayor cantidad, que por hacerles bien y buena obra prestó a los herederos del señor Rincón y señora Ortiz de Zárate en el año de 1809, para gastos del litigio que siguieron contra el albacea, don Francisco Javier Sáenz de Santa María, asimismo, las cantidades que para cubrir las herencias de los cuatro herederos que van relacionados, les franqueó hace muchos años. También, dijeron que se celebró una junta extraordinaria en primero del presente, en la que se acordó el pago de las cantidades invertidas en alimentos; y que para exigir del señor presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, albacea de don José Joaquín Rincón, compruebe en debida forma la inversión que se le haya dado por él o por su poderdante a la cantidad de 2 267 pesos que resultan de alcance en la cuenta que ha presentado, se le confiera poder al señor licenciado don Luis Gonzaga Gago, apoderado sustituto de la señora doña María del Rosario Rincón, hija y heredera del finado don Mariano Rincón. Y reduciéndolo a efecto otorgan poder especial al licenciado don Luis Gonzaga Gago, para que, en nombre y representación de sus propias personas, acciones y derechos, exija del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la expresado suma de 2 267 pesos.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Antonio María de Casas, vecino de la hacienda de San Antonio y residente en esta ciudad, dijo que don Pascual Caballero Ortiz de Zárate consiguió en la municipalidad de esta población el empleo de corredor de número del comercio de esta plaza, para tal efecto necesita dar fianza de 2 000 pesos. Por la presente y por solicitud de Caballero al comparente, éste otorga que se obliga como su fiador, para caucionar con las responsabilidades del susodicho corredor, según y cómo lo ordena la ley, sin que contra Caballero ni sus bienes se haga diligencia ni ejecución alguna.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Basilia Garcés, de esta vecindad, y previa habilitación que el señor Regente de la vara de tercera nominación ciudadano Pascual Caballero Ortiz de Zárate, que suscribe al pie, hace de este día feriado para la extensión del presente instrumento, por manifestar la señora Garcés que tiene precisión de marcharse mañana; por la presente otorga que da poder especial a don Antonio José Peredo, de esta misma vecindad y comercio, para que a nombre de la relacionante perciba y cobre de doña María del Carmen Ichaso y Trigos, los arrendamientos de la casa, que esta señora ocupa en esta ciudad. También para que se entienda con la misma doña Carmen, en cuanto a las mejoras que hayan de hacerse en dicha casa, aprobándolas o no, con arreglo al convenio celebrado entre la inquilina y la comparente y; haga que se cumpla todo lo demás que se expresa en el propio convenio. Así como, para que pague 36 pesos a don Ángel Romero que le debe la otorgante; y recoja las escrituras que le dio a ese acreedor en clase de prenda del indicado adeudo. Además, para que cualquiera de los cuatro hijos de la otorgante, le entregue los muebles que le pida y les franquee de los productos de arrendamientos de la casa hasta la cantidad de 30 pesos a cada uno de sus hijos que son: José María, Manuel, María Isabel y María Josefa del Valle y Garcés, todos menores, en caso que tengan necesidad para su subsistencia. Y en caso que fuere necesario comparezca en juicio, ocurra a los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que la señora doña Juana Ortiz de Alcina, viuda de don Jaime Alcina, le ha franqueado con intervención del Corredor don Pascual Caballero Ortiz de Zárate la cantidad de 1 500 pesos del caudal perteneciente a los menores hijos de dicho finado, para devolveros en el término de cuatro meses, pagando el premio de 3 por ciento mensual que exhibirá por mesadas cumplidas. Y que debiendo constar por instrumento público, reduciéndolo a efecto el nominado don Francisco Fernández y Agudo confiesa ser en su poder los indicados 1 500 pesos que le han sido entregado y otorga que se obliga a satisfacer la expresada cantidad en el término de cuatro meses y a pagar durante ese tiempo a pagar el premio de 3 por ciento mensual.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO