Don Manuel María Rosas, de esta vecindad, albacea testamentario de la finada doña Manuela Josefa Hernández, dijo que dicha difunta dejó por bienes una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad en la calle que nombran de Salinas, con la cual hace su frente de 39 varas al sur, con la hortaliza perteneciente a la familia de don Juan Salinas, dicha calle en medio; y 49 varas de fondo al norte, por donde linda con solar de doña Lugarda Aguilar; por el costado del oriente linda con casa de doña María Carlota Aguilar; por el poniente con casa del que va hablando. Y siendo preciso enajenar dicha casita para dar cumplimiento a lo que dejó ordenado la difunta en la cláusula quinta de su disposición testamentaria, otorga que la vende a don Juan del Castillo, de esta vecindad, en precio de 400 pesos.
UntitledDoña María de Jesús Rivera, de esta vecindad, mayor de edad y libre de ajena administración, dijo que es dueña de una casita ubicada en esta ciudad, a la plazuela de señor San José, a la cual tiene su frente de 8 varas al oriente y 80 de fondo al poniente, por donde linda con terreno de Juan Salinas; por el costado del norte linda con casa de Francisco Pras; y por el del sur con casa de Rosalía Pérez. Cuya deslindada casita, vende al ciudadano José de la Paz Gómez, al precio de 100 pesos, con la condición de que la comparente disfrutará por sus días la recamarita principal que hay en ella y no podrá Gómez enajenar la casa sin esta condición, y en caso de que éste pretenda venderla mientras viva Rivera, lo hará a persona que merezca la confianza de ésta.
UntitledEl presbítero don José Francisco Campomanes, cura propio de la villa de San Antonio Huatusco, dijo que por la bondad del Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Obispo de la Puebla, le ha sido dado en propiedad el curato de esta ciudad de Xalapa, y no permitiéndole las atenciones de su ministerio trasladarse a la capital de la mitra para tomar colación de dicho beneficio, por la presente otorga poder especial al presbítero don Juan Salinas, sacristán en el convento de la Concepción de la ciudad de Puebla, para que en su nombre, precediendo la formal renuncia de la propiedad del curato de Huatusco, tome colación y canónica institución del referido beneficio de la parroquial de esta ciudad de Xalapa.
UntitledEl presbítero don José Francisco Campomanes, cura propio de la villa de San Antonio Huatusco, dijo que por la bondad del Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Obispo de la Puebla le ha sido dado en propiedad el curato de esta ciudad de Xalapa, y no permitiéndole las atenciones de su ministerio trasladarse a la capital de la mitra para tomar colación de dicho beneficio, ha resuelto facultar a una persona hábil que lo verifique en su nombre. Por lo cual, otorga poder especial al presbítero don Juan Salinas, sacristán en el convento de la Concepción de la ciudad de Puebla, para que en su nombre tome colación y canónica institución del referido beneficio de la parroquia de esta ciudad de Xalapa y ratifique la protesta de nuestra santa fe católica que en este acto se hace.
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