Salvador García del Corral, originario de Castilla la Vieja en la península española, vecino de Nautla y residente en esta villa, hijo de Don Miguel García del Corral y de doña María García Parruar, ya difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero, que tiene dos hijos naturales habidos en doña María Cruz, siendo ella libre, cuyos niños son María Ramona y José Jerónimo, la primera de cosa de diez años y el segundo de seis a siete, ambos existen en Nautla. Declara que la nominada María Cruz es ya difunta, y que al tiempo de su fallecimiento quedaron en su poder cosa de 300 pesos en reales y unas cinco o seis vacas. Nombra por sus herederos a sus hijos María Ramona y José Jerónimo García del Corral y Cruz, y por sus albaceas testamentarios a don Anselmo Romero y don Lucas de la Cruz, vecinos de Nautla. Y para el cargo de tutor y curador ad bona, nombra en primer lugar a don José Miguel Martínez y por su falta a don Santiago Barioso, ambos vecinos del repetido Nautla.
UntitledDon Juan Luna, de esta vecindad, se obliga de pagar a don Pedro Silve la cantidad de 968 pesos que en moneda plata recibió, más 54 pesos 6 y medio reales por réditos de ese capital. Suma que pagará a su acreedor, con vainilla de primera clase de la cosecha del año de 1838, a razón de 50 pesos el millar. Cuya entrega deberá hacer en el pueblo de Colipa, donde Silve la recibirá, y después conducirá por su cuenta y riesgo a Veracruz o donde guste. El otorgante, también se obliga, a que, si por alguna razón no tuviera efecto la entrega de dicho fructo en el tiempo estipulado, además de pagarle los 968 pesos 6 y medio reales, le satisfará los daños y perjuicios, que por esta falta se originen. Para seguridad de esta deuda, el otorgante hace hipoteca de dos casas de su propiedad, una ubicada en esta ciudad, en la calle de las Damas, haciendo esquina con esta calle y con el callejón de Salina, siendo su frente al poniendo, lindando por sur con casa de doña María Cruz, por oriente con otra de la testamentaria de don José Manuel Cruz y Bremont, y por norte con el referido callejón. Y la otra casa, es de zacate, ubicada en el pueblo de Colipa, en la calle del Calvario con su frente al sur, linde por oriente con casa de Antonio García, por norte con tierras del pueblo, y por poniente con casa de señora Florencia. Casas que se obliga a no vender ni acensuar, entre tanto no se cancele esta escritura.
UntitledDon Dionisio Camacho, de esta vecindad, como albacea testamentario de don José María Cruz Ortiz de Zárate, dijo que éste señaló en su testamento ser dueño de una casa ubicada en la esquina de la calle de las Damas y callejón de Salinas de esta ciudad, que heredó de su abuelo paterno don Anastasio [Cruz]. Que no teniendo herederos forzosos el citado José María, nombró por heredera a su hermana doña María Josefa [Cruz Ortiz de Zárate], quien por sus urgencias ha solicitado al comparente varias sumas para sus alimentos. Que, tratando de vender dicha finca, la anunció en el periódico Constitucional de esta ciudad, no pudiendo lograrlo, pues lo que ofrecen por ella no alcanza para pagar las deudas que dejó el finado don José María. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que vende la mencionada casa al ciudadano Juan Luna, en cantidad de 1 200 pesos, la cual hace está situada en la esquina de la calle de las Damas y callejón de Salinas con su frente al poniente, lindando por el sur con casa de doña María Cruz, y por el oriente, que es el fondo, con la de don José Manuel Cruz y Bremont, ambos tíos del finado don José María, y mide de frente 13 y media varas y de fondo 53 y 3 cuartas varas.
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