El Presbítero don José de Castro, de esta vecindad, dijo que el ciudadano Juan Acosta a nombre de doña Feliciana Segovia le ha entregado la cantidad de 400 pesos para cubrir igual suma que el comparente le franqueó a la Segovia a virtud de escritura otorgada en esta villa, con hipoteca especial de una casita baja, ubicada en esta villa a la calle de San Francisco de Paula; y como enteramente pagada de ese crédito el comparente formaliza a favor de la Segovia el más amplio y eficaz recibo de la suma.
Sans titreDoña Feliciana Segovia, vecina de Veracruz y residente en este suelo, otorga poder especial a don Juan Acosta, de esta vecindad, para que representando su persona, otorgue a favor del presbítero don José de Castro escritura de venta de una casa propia, ubicada en esta villa, en la primera calle de San Francisco de Paula, cuyos linderos están expresados en la escritura a favor de dicho presbítero, por 400 pesos que le ha franqueado con hipoteca de la relacionada casa y le ha de satisfacer en el plazo de seis meses que deben cumplirse el 26 de noviembre de este presente año, siendo condición que si pasado ese día no hubiese tenido efecto la solución de esa suma, en el siguiente que será el 27 próximo ceda la extensión de la escritura de venta por el nominado don Juan Acosta, a quien ha facultado competentemente para que la otorgue a nombre de la relacionante, por el precio de 536 pesos 7 reales 4 granos en que desde ahora queda pactada, recibiendo de la demasía que debe enterar el Presbítero Castro.
Sans titreDon Andrés Farías, don Dionisio Camacho, don Simón Peña y doña Feliciana Segovia, los tres primeros vecinos de esta villa y la última de Veracruz; dijeron que por fallecimiento de doña María de las Nieves Borja quedó una casita ubicada en esta villa, a la calle primera de San Francisco de Paula por donde hace su frente que es de 11 varas, lindando por oriente con casa del finado don Juan Antonio Pardo; por poniente con la de don José Seoane; y por sur con la de Valentín Luna. Que los interesados en esa casita por muerte de dicha Nieves Borja lo han sido últimamente la nominada doña Feliciana Segovia, doña Gertrudis, doña Guadalupe y doña Dolores Hernández; doña Agustina y don José Gabino Sandoval y doña Micaela Borja; cada uno por su haber respectivo según la acción que le ha tocado y consta en la cuenta de división. Que de los referidos doña Guadalupe y doña Dolores Hernández, doña Agustina y don Gabino Sandoval como menores son curadores de las dos primeras el nominado Farías y de los dos segundos el citado Camacho, así como Peña es apoderado de doña Micaela Borja; con cuyas investiduras han concurrido y gestionado en el Juzgado de Tercera Nominación de esta villa a fin de liquidar y dividir los bienes de la repetida finada Nieves Borja, consistentes en la casita de que queda hecha mención, sobre lo cual se practicaron las diligencias que estimó conducentes el juzgado y tuvieron su término con la adjudicación de la casita a doña Feliciana Segovia, exhibiendo ésta en contado el exceso de la parte que a ella le corresponde, cubriéndose con él las responsabilidades de la testamentaría y el haber de los demás participes. Habiéndose verificado esa adjudicación en las dos terceras partes del valúo, importantes 536 pesos 7 reales y 4 granos por ser el total 805 pesos 2 reales 11 granos, pues aunque se solicitó comprador, por anuncios repetidos en el diario titulado Constitucional, no se logró se presentase alguno y de ahí fue que se propusiese la adjudicación y se conviniese en ella como todo consta del expediente seguido en dicho Juzgado Tercero, de cuyas actuaciones se ha sacado testimonio certificado de lo conducente para agregarse a este registro e insertarse en las copias que se ministren; no restando ya otra cosa, sino la extensión de la correspondiente escritura. Y reduciéndola a efecto por la presente en el modo más oportuno y a derecho conforme los relacionados don Dionisio Camacho como curador de José Gabino y Agustina Sandoval, hijos de doña Epifania Hernández; don Andrés Farías, curador de doña Guadalupe y doña Dolores Hernández; don Simón Peña apoderado de doña Micaela Borja; y además los mismos Camacho, Farías y Peña, prestando voz y caución por doña Gertrudis Hernández que tuvo precisión de marchar a Puebla antes de tirarse esta escritura, otorgan que ratifican todas las actuaciones contenidas en el expediente de que se ha hecho mérito y la cuenta de división y partición, confesando estar cubiertos y satisfechos sus representados, de las porciones que de allí se le señala, con formal y expresa renuncia, formalizando de esas partidas el más amplio y eficaz recibo en favor de la adjudicataria doña Feliciana Segovia a quien en consecuencia le aplican y adjudican la casita que queda deslindada y perteneció a la testadora doña María de las Nieves Borja.
Sans titreDoña Feliciana Segovia, vecina de Veracruz, residente en este suelo, dijo que el Presbítero don José de Castro le ha franqueado la cantidad de 400 pesos en plata efectiva y moneda corriente, con la calidad de que se los ha de satisfacer en el plazo de seis meses que comenzaron a correr y contarse desde el día 26 del mes actual; que al seguro de este adeudo le ha de hipotecar una casa que posee por suya propia en esta villa a la calle de San Francisco de Paula; que en el evento de no verificarse el pago al plazo señalado se ha de quedar dicho presbítero con la expresada finca por el precio de 536 pesos 7 reales y 4 granos, que son las dos terceras partes del valúo, dando ese caso el padre los 136 pesos 7 reales y 4 granos de la demasía y pagando además los costos de escritura, siendo de la cuenta de la vendedora el pago de la alcabala que se cause; entendiéndose que se ha de tener por verificada dicha venta tan luego como vencido el plazo no se haya hecho devolución de los 400 pesos. Y reduciendo a efecto por el presente la nominada doña Feliciana Segovia otorga que tiene recibida del Presbítero don José de Castro la cantidad de 400 pesos, de cuya suma le formaliza el más amplio y eficaz recibo; obligándose a satisfacerle esa cantidad al repetido Presbítero en el preciso plazo de seis meses.
Sans titreDon Juan Acosta, de esta vecindad, con poder de doña Feliciana Segovia, residente en Veracruz, otorga que vende a don Andrés Bremont, una casa baja situada en esta villa, en la calle que nombran de San Francisco de Paula, con su frente de 11 y dos tercias varas al norte, midiéndole 41 varas de fondo al sur, por cuyo viento linde con casa del finado don Juan Antonio Pardo y por poniente con otra de don José Seoane; cuyo fundo obtuvo la susodicha por adjudicación que de él se le hizo por los herederos y accionistas a los bienes de doña María de las Nieves Borja. La vende en precio de 650 pesos.
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