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Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0046 · Unidad documental simple · 1830/05/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio María Gutiérrez y Fernández, originario de Veracruz y residente en esta villa, hijo legítimo de don Antonio Gutiérrez, difunto y de doña María Dolores Fernández, estando enfermo, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se manden a decir cincuenta misas por la limosna de un peso cada una, de las cuales se dirán diez antes de que fallezca y las demás después. Declara que es de estado soltero y que sus bienes consisten en la parte paterna que le corresponde de herencia y lo que se le adeuda en la aduana de Veracruz. Declara que desde el mes de septiembre hasta fin de diciembre de 1829 se le cortó la cuenta en dicha aduana como oficial supernumerario de ella y que desde el 13 de abril del presente año se le restó el sueldo de media paga. Declara que al oficial don Vicente Cueto le debe 16 pesos y a su hermano M. José Julián [Gutiérrez y Fernández] 14 o 15, cuyos picos ordena sean satisfechos. Ordena que toda la asistencia de su curación se gratifique bien y además ordena que a las niñas hijas de Manuel Hidalgo se les den 300 pesos, no obstante, la repugnancia y resistencia que manifiesta dicho señor, pues es su voluntad hacerle esta consignación por vía de legado. Y en el remanente que quedare libre de todos sus bienes instituye por universal heredera a su madre doña María Dolores Fernández, con calidad de que si su merced gustase distribuir a sus hermanos aquella parte o alguna de por lo respectivo a tercio y quinto que le es permitido disponer. Nombra albacea a su madre.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0133 · Unidad documental simple · 1836/11/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi, de esta vecindad, dijo que como albacea de su finado padre don Matías Martínez de Espinosa le confirió su poder a don Juan Nepomuceno de Urquía el año pasado de 1835, para todos los asuntos de la testamentaría, entre los cuales está el asunto que ha seguido don Juan Hilario de Echagaray por la señora su madre doña Antonia Franceschi y Castro, sobre derecho que pretende tener a una parte del pago de ciertas deudas que quedaron a favor de la testamentaría de don Domingo Franceschi; cuyo negocio se halla por apelación en el Tribunal de Segunda Instancia de este departamento, y está agregada a esos autos la copia del referido poder conferido al señor Urquía, a quien actualmente no le es posible pasar a la ciudad de Veracruz. Por tal motivo, la comparente se ve en el caso de subrogar dicho poder, y reduciéndolo a efecto, sin que sea visto revocarlo con respecto a don Juan Nepomuceno pues le deja expedito el uso de él, otorga que, para solo gestionar en segunda instancia en el relacionado negocio, subroga en lugar del enunciado Urquía a don Vicente Cueto, vecino de la ciudad de Veracruz.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO