Andrés Pérez de la Higuera y su hermano Francisco Hernández de la Higuera, residentes en sus ingenios, en esta jurisdicción, juntos de mancomún y cada uno de por sí in solidum, dieron su poder cumplido al Capitán Manuel González y al Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecinos de Los Ángeles, para que en sus nombres y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere convenir; y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 3, 125 de oro común, con los cuales se ha de hacer pago el Capitán Manuel González, de los pesos de oro que Don Andrés Pérez de la Higuera le debe.
MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0092
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05/03/1624
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MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0596
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13/02/1624
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Andrés Pérez de la Higuera y su hermano Francisco Hernández de la Higuera, residentes en sus ingenios, en esta provincia, juntos de mancomún, otorgaron su poder cumplido al Capitán Manuel González y al Lic. Alonso Díaz de Herrera, vecinos de Los Ángeles, para que en sus nombres y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere convenir; y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 3, 000 pesos de oro común, con los cuales se han de hacer pago para la escritura de mayor cuantía de 4 480 pesos de oro común que el citado Andrés Pérez de la Higuera le hizo al dicho Capitán.