Don Manuel Moscoso y Freire y don Felipe Figueiras, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibieron copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de febrero de 1773, por la que consta haberse obligado don Vicente Bergón, a pagarle a los otorgantes, la cantidad de 3, 390 pesos que le prestó a riesgo de mar “Pardo, Freyre y Compañía”; dinero que Vicente libró el 25 de mayo, a favor de los otorgantes por don Pedro Antonio de Portas contra don Cayetano José Laurido, cuyo libramiento lo endosaron dichos otorgantes a favor de don Bartolomé Salvo, quien cobró dicha cantidad, dando por cancelada la mencionada escritura de obligación.
Doña Rosa Ponce de León, viuda de don Felipe de Zárate, vecina de este pueblo de Jalapa, dijo que su marido compró al difunto Miguel Gómez(alías Alcorta), un solar, el cual vende en dos partes; uno a doña María de Ayala, viuda de don Juan Manuel de Morales, al precio de 53 pesos y 2 reales, con 17 varas y ¾ de frente, lindando con solar de Pedro Cano y con don Manuel Barroso, al costado del norte y poniente linda con solar de Bartolomé Salvo, por donde tiene 45 varas, al costado del sur linda con otro pedazo solar. La otra parte se la vende a Santiago de Ana, en 51 pesos 6 reales, linda con el arroyo que baja de Techacapa hacia el oriente y el resto de dicho solar hace frente al oriente con el nombrado arroyo de Techacapa con las mismas varas de fondo y 17 varas y cuarta de frente, que linda con solar de Bartolomé Salvo, por el costado del sur con solar de Felipe Montiel y al norte con la otra mitad que vende a dicha María.
Don Juan de Bárcena y don Manuel de Boza, vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas testamentarias de don Bartolomé Salvo, difunto, quien fue Síndico del convento del padre San Francisco, dijo que sus albaceas depositaran la cantidad de 500 pesos sobre la casa que poseía en la plaza del pueblo, cuya cantidad generaba un rédito de 5 %, los cuales manda se entreguen anualmente al Síndico del convento y si surge otra casa se imponga el mismo gravamen.
Doña Ángela Francisca del Pino, vecina de este pueblo, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes de don Bartolomé Salvo, informa que por muerte de don Dionisio José Salvo, su hijo, acordó con doña Petra Antonia Bonilla, su nuera, viuda, el adjudicarse los bienes del difunto, por lo que vende a don José de Herrera y Campo, el Rancho Zoncuantla, con sus tierras, casas, jacales, ganados, aperos y abrevaderos, en 2, 800 pesos.
Doña Petra Antonia Bonilla, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes del difunto don Dionisio José Salvo, así mismo tutora y curadora de sus hijos menores, otorga que ha recibido en efectos corrientes según estilo de comercio de doña Ángela Francisca del Pino, viuda, albacea y tenedora de bienes del difunto Bartolomé Salvo, 6, 358 pesos y medio real, en cuenta y parte de pago del quinto que le cupiese al dicho su difunto marido en los bienes del expresado don Bartolomé, su padre, los cuales quedan a su entera satisfacción y voluntad, y si dicho quinto no alcanzará para saldar la cantidad, se obliga la otorgante a devolver la demasía a doña Ángela.
Doña Ángela Francisca del Pino, viuda, albacea y tenedora de bienes del difunto don Bartolomé Salvo, vende a don Manuel Eugenio de Acosta, vecino de Jalapa, un solar ubicado en el barrio de la Laguna, el cual mide 30 varas de frente, linda al norte con la Calle Real que sale para Veracruz y casa de don Manuel de Acosta, al oriente con solar de Nicolasa Domínguez, al sur con solar de José de Mata y al poniente con el Callejón del Perro y solar de Francisco de Escalona. La venta la hace en 500 pesos de oro común.
Don Bartolomé Salvo, natural del puerto de Santa María, en los Reinos de Castilla y vecino de Jalapa, hijo legítimo de don Francisco Salvo y doña María Ceballos, difuntos, casado con doña Ángela Francisca del Pino, a la cual nombra albacea testamentaria, en compañía de don Dionisio José Salvo, hijo legítimo de ambos, don Juan de Bárcena y don Manuel de Boza, y como heredero universal nombran a su citado hijo.
Don Bartolomé Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, con testamento ordenado en 8 y 22 de mayo del presente año, declara que por vía de codicilo, se entreguen a los pobres mendigos, una capellanía por 3, 000 pesos, donde se celebren 2 misas rezadas al año.
Don Dionisio José Salvo, natural del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Bartolomé Salvo, difunto, y de doña Ángela Francisca del Pino, viva, otorga poder para testar a doña Petra Antonia Bonilla, su legítima esposa; junto con don Juan Gómez de Estrada, su compadre; don Manuel de Boza, don Carlos José Garzón y don Juan de Bárcena, así también los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales a sus hijos legítimos, María Luisa de 7 años, Manuela Josefa de 6, José Valentín de 4, Rafaela Josefa de 2 y a otro que su esposa lleva en el vientre.
Don Juan de Bárcena, Subteniente de las Milicias Provinciales del pueblo de Jalapa, y don Manuel de Boza, vecinos de Jalapa, declaran que en un papel simple que otorgaron don Bartolomé Salvo y doña Ángela Francisca del Pino, marido y mujer, el 21 de agosto de 1772, indicaron que se les diera libertad a sus 5 esclavos de nombre Rita Claudia, Feliciana, Mariana, José Santos y Mario Antonio, éste último, hijo de la citada Mariana, junto con la quinta parte de los bienes de los otorgantes.