Compareció una mujer que dijo llamarse María Manuela Salgado, ser viuda de don Francisco Antonio Hernández, mayor de edad, libre de tutela y ajena administración, dijo que por fallecimiento de su marido quedó una casita en la cuarta calle del Calvario de esta villa, frente al Fortín, con 12 varas de frente que lo hace al poniente y 25 de fondo al oriente, por cuyo rumbo y por el costado del norte linda con solar de Bernardo Gregorio y por el costado del sur con el ciudadano José Guillermo Rivera; perteneciente el sitio a los naturales del barrio, a quienes les paga una pensión de 20 reales anuales. Y que teniendo previsión la compareciente de enajenar ese fundo ha contratado la venta con el nominado Rivera en precio de 158 pesos. Por lo que reduciendo a escritura este instrumento público otorga que vende al referido ciudadano José Guillermo Rivera la casa señalada en precio de 158 pesos, de cuya suma se da por entregado a toda su satisfacción.
Sans titreDon José María Gorospe, de esta vecindad, como apoderado general de su hermano el Señor don Joaquín Gorospe, administrador de la hacienda de Tusamapa [Tuzamapan]; y los ciudadanos Francisco Antonio Hernández, Alcalde, José Policarpo, Regidor actual, y Juan Francisco, Regidor pasado del pueblo de Santo Tomás de Apasapa [Apazapan] de este cantón, en representación del citado pueblo; otorga el primero en arrendamiento a los segundos, un pedazo grande de tierra propia de la citada hacienda de Tusamapa [Tuzamapan], cuya tierra linda desde la orilla del potrero de Nancintla cogiendo la falda del cerro frente al pueblo de Apasapa [Apazapan] bajando hacia el oriente, quedando las tierras de los Acahuales de la cañada del Plan del Paso de la Canoa fuera del arrendamiento y por cuenta de la hacienda de Tusamapa [Tuzamapan]. Otro lindero es la cortadura del cantil de Temascalapa, de poniente a oriente, río abajo desde la punta de dicho río hasta el arroyo de cal que es el lindero, cogiendo el arroyo arriba hasta donde está el nacimiento de agua y de allí corta la dirección a coger hacia el poniente el bordo del cerro de Moyuapa, cogiendo el bordo arriba hasta la dirección de sur a norte a encontrar la orilla del potrero citado de Nancintla. Quedando en este lleno [sic] de arrendamiento un pedazo de tierra de tres cuartillas de sembradura, que es una falda del cerro que está a la orilla del arroyo de cal abajo del citado nacimiento de agua, quedando dicho pedazo de tierra excluido de dicho arrendamiento por estar arrendado a don Juan José Vela. Cuyo arrendamiento será por tiempo de cinco años contados desde el primer día de este mes, por lo cual, el pueblo de Apasapa [Apazapan] pagará 8 pesos de renta cada año, bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.
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