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Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0045 · Unidad documental simple · 1831/03/04
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María de Jesús Rivera, de esta vecindad, mayor de edad y libre de ajena administración, dijo que es dueña de una casita ubicada en esta ciudad, a la plazuela de señor San José, a la cual tiene su frente de 8 varas al oriente y 80 de fondo al poniente, por donde linda con terreno de Juan Salinas; por el costado del norte linda con casa de Francisco Pras; y por el del sur con casa de Rosalía Pérez. Cuya deslindada casita, vende al ciudadano José de la Paz Gómez, al precio de 100 pesos, con la condición de que la comparente disfrutará por sus días la recamarita principal que hay en ella y no podrá Gómez enajenar la casa sin esta condición, y en caso de que éste pretenda venderla mientras viva Rivera, lo hará a persona que merezca la confianza de ésta.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0002 · Unidad documental simple · 1839/01/23
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Ponciano de Casas, coronel de caballería del ejército, comandante del escuadrón de Veracruz, natural del pueblo de Naolinco de este partido, hijo de don José Santiago de Casas y de doña María Josefa de Rivera, difunta, mayor de veinticinco años, otorga su testamento en la forma siguiente: manda se le sepulte en el cementerio general en la forma que dispongan sus albaceas. Declara fue casado con doña María de Jesús Rivera, de cuyo matrimonio tuvieron tres hijos, uno nacido muerto y los otros llamados Francisco de Paula y Adrián. Cuando contrajo matrimonio no tenía más capital que la paga de oficial del ejército que percibía de la nación, la citada su difunta esposa llevó al matrimonio 500 pesos en reales efectivos que le entregó el señor su hermano don José María Rivera. Pasó a segundas nupcias con la señora doña Ana Pérez, vecina de Veracruz, en cuyo matrimonio tuvieron un niño que murió en la infancia, una niña llamada Ana Francisca de Paula y el que lleva en el vientre su esposa. Su segunda consorte llevó al matrimonio en dote de sus padres 300 pesos en plata y él contaba con su paga, pues los de 500 pesos que percibió del haber de su primera esposa los empleó en una casita que compró a sus primeros hijos, y a más de su paga llevó al segundo matrimonio 300 pesos. Como jefe del escuadrón de Veracruz, tiene concluidas todas sus cuentas que a él correspondan hasta fin de diciembre del año próximo pasado y después hasta el 5 de enero del presente año, en la que tiene un alcance por cuenta de paga de ciento y más pesos, que manda se cobren. Declara que antes de casarse por segundo enlace con doña Ana Pérez, puso en poder de su señor padre y para sus hijos Francisco de Paula y Adrián la cantidad de 674 pesos, un buey y dos toritos. Asimismo, antes de casarse por segunda vez tenía por bienes suyos quince vacas de las que dispuso una en venta y otra que dio a su ahijada Francisca Barquín, y las restantes y de su producido tiene conocimiento su señor padre. Declara por bienes, separados los 300 pesos que llevó su esposa al matrimonio, la cantidad de 1 650 pesos que existen en casa de su morada, caballos, sus monturas y demás que constan a sus albaceas. Señala no tiene deudas, y de lo que le deben consta en lista que deja a su esposa para que se cobre e incorpore a la masa de sus bienes. Nombra por tutores de sus hijos Francisco de Paula, Adrián, Ana Francisca de Paula y del póstumo, al mencionado su señor padre y a doña Ana Pérez, y por sus albaceas a su padre don Santiago de Casas, su esposa doña Ana Pérez, y a su tío el presbítero don Manuel Casas, en el orden en cómo van nombrados. Nombra por sus herederos, a sus hijos del primer y segundo matrimonio.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0158 · Unidad documental simple · 1839/12/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

José Santiago de Casas, natural del pueblo de Naolinco, de esta jurisdicción, hijo de don José Miguel de Casas y de doña Antonia Pérez, difuntos, otorga su disposición en la forma y manera siguiente: declara fue casado con doña María Josefa de Rivera, difunta, con quien procreó varios hijos que murieron en la infancia, y a doña Manuela, don José Mariano, don Miguel, don José Antonio casado con doña Rafaela Bernarda Rivera, doña Ana María casada con don Anastasio Ochoa, doña María Josefa, difunta, fue casada con don Cayetano Rivera, doña Rafaela y don Ponciano [de Casas] que murió en enero del presente año y fue casado en dos veces, siendo el primero con doña María de Jesús Rivera y el segundo con doña Ana Pérez, dejando descendencia. Por bienes tiene la casa que habita con su terreno, otra en la que tiene una jabonería con todos sus enseres incluido el terreno, además de 200 fanegas de maíz en un rancho que tiene arrendado, mulas, cabezas de ganado vacuno, cerdos, toros y caballos. Adeuda 250 pesos del arrendamiento del mencionado rancho, también debe diferentes cantidades de pesos a los ciudadanos José María Grajales, al presbítero don Manuel Casas, a su hijo José Mariano y a don Luis García Teruel. A él le adeudan los ciudadanos Pólito Rivera, don José María Andrade, don José María Pensado y Mora, don Manuel Díaz y don Pedro Suárez. Nombra por sus albaceas, a su hermano el presbítero don Manuel Casas y a su hijo don Mariano. Nombra por sus herederos a sus mencionados hijos, y manda se mejore a doña Manuela y a don Miguel, adjudicándoles la casa de su habitación, por su respectiva hijuela, satisfaciendo ellos los 500 pesos que la misma finca reconoce a favor de su hermano el presbítero don Manuel. Manda que los caballos que señaló, se le adjudiquen a su hijo Miguel, en clase de mejora.

ÁNGEL BENÍTEZ, ESCRIBANO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0128 · Unidad documental simple · 1829/11/23
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Rivera y Viveros, albacea y heredero de sus finados padres don Antonio José Rivera y doña Inés Viveros; don Manuel Gil, como marido de doña María Micaela Rivera; don Francisco Barquín, en representación de su esposa doña María Antonia Rivera; doña María del Carmen Rivera, viuda, mayor de edad; don Ponciano de Casas por su consorte doña María de Jesús Rivera; y el Bachiller don José María Rivera, como curador de las menores doña Pascuala y doña Trinidad Rivera y Viveros, todos dijeron: Que por fallecimiento de los relacionados difuntos quedaron varios bienes, los cuales fueron disponiendo los herederos y el albacea, quedando solamente por dividir una casa de edificio bajo, ubicada en esta villa, haciendo esquina a la plaza que nombran del Carbón y calle que baja para Jalitic [Xallitic], que se compone de 37 varas de frente hacia el poniente en la calle que atraviesa de dicha plazuela para la de la Constitución y del otro lado solar y paredes de los herederos de don Juan José Florido y 77 varas de fondo hacia el oriente, por donde linda con una barranca detrás del aguaje de Jalitic [Xallitic]; por la banda del sur linda con casa que fue de don Domingo Cereseto alias Piamonte; y por el costado del norte con la citada calle que baja para Jalitic [Xallitic] y del otro lado las paredes y estribos de la casa que pertenece a doña Maria Ana Roso. Y no habiendo cómoda división de dicha finca, convinieron adjudicársela a don José María Rivera y Viveros por el precio de 1 500 pesos, con la obligación de entregarle a cada uno de los otros seis partícipes la cantidad de 250 pesos y asistir a las menores doña Pascuala y doña Trinidad, la cantidad de 20 pesos mensuales, como consta el documento que extrajudicialmente formalizaron en esta villa el 2 de agosto de 1826. Por lo que a la fecha el albacea les ha entregado a sus coherederos y curador de las menores el haber que cada cual debía percibir a virtud del mencionado convenio; por tanto, se haya concluida la testamentaria de los finados. Por consiguiente, los interesados otorgan que tienen recibidos los 250 pesos, extienden el formal recibo y adjudican la casa señalada en precio de 1 500 pesos. Por último, el albacea don José María Rivera añade que la casa contenida en esta escritura se hipotecó por el relacionante y por su madre doña Inés Viveros a favor de don Bernabé de Elías Vallejo, por un capital de 4 000 pesos en que la grabaron con otras, como consta el instrumento formalizado en esta villa a 6 de noviembre de 1823 a cuyo gravamen no son responsables los demás coherederos y sólo el supradicho don José María, lo cual declara y confiesa ser cierto.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO