Showing 4 results

Archivistische beschrijving
3 results with digital objects Show results with digital objects
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0087 · Stuk · 30/01/1624
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas, dio su poder cumplido a su hijo Gonzalo de Córdoba, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre de la persona que hallare, la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, que le pareciere convenir, y una vez vendido de contado, queden libres 600 pesos de oro común, con los cuales ha de pagar a Juan de Uribe, vecino de la ciudad de México, una escritura que le debe.

Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0440 · Stuk · 04/03/1628
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Juan de Chávez, vecino de esta provincia, por lo que le toca, y como marido de Catalina Velázquez, dio su poder cumplido a Melchor López de Haro, vecino y procurador en la ciudad de México, para que en su nombre pueda recibir y cobrar a Juan de Uribe y de sus bienes, 385 pesos de oro común que dejó en su poder, cerca de lo cual, haga todos los pedimientos, requerimientos y demás autos que convengan.

1636, Expediente 3
MX UV.USBIX ANO-E-0081-EO_0081_0199 · Stuk · 09/07/1640
Part of Archivo Notarial de Orizaba

Juan de Uribe, vecino de Zacatlán, dueño de recua, manifestó llevar para la Nueva Veracruz un indio nombrado Juan Francisco. Asimismo, el corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no bajarlo a la Nueva Veracruz por ser tiempo prohibido.\n

Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0005-PX_0005_0082 · Stuk · 13/10/1623
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas dio su poder cumplido a Juan de Uribe, vecino de la ciudad de México, y a su hijo Gonzalo de Córdoba, a los dos juntos y a cualesquiera de ellos in solidum, para que en su nombre y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere, y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 600 pesos de oro común, de los cuales han de hacer, según y como avisó al dicho Juan de Uribe.