Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas, dio su poder cumplido a su hijo Gonzalo de Córdoba, para que en su nombre y a su dita y crédito, compre de la persona que hallare, la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, que le pareciere convenir, y una vez vendido de contado, queden libres 600 pesos de oro común, con los cuales ha de pagar a Juan de Uribe, vecino de la ciudad de México, una escritura que le debe.
Juan de Chávez, vecino de esta provincia, por lo que le toca, y como marido de Catalina Velázquez, dio su poder cumplido a Melchor López de Haro, vecino y procurador en la ciudad de México, para que en su nombre pueda recibir y cobrar a Juan de Uribe y de sus bienes, 385 pesos de oro común que dejó en su poder, cerca de lo cual, haga todos los pedimientos, requerimientos y demás autos que convengan.
Juan de Uribe, vecino de Zacatlán, dueño de recua, manifestó llevar para la Nueva Veracruz un indio nombrado Juan Francisco. Asimismo, el corregidor le notificó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no bajarlo a la Nueva Veracruz por ser tiempo prohibido.\n
Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas dio su poder cumplido a Juan de Uribe, vecino de la ciudad de México, y a su hijo Gonzalo de Córdoba, a los dos juntos y a cualesquiera de ellos in solidum, para que en su nombre y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar que les pareciere, y una vez vendido de contado, queden horros de todas costas y daños, 600 pesos de oro común, de los cuales han de hacer, según y como avisó al dicho Juan de Uribe.