Comparecieron don Miguel Zires, agente de la empresa de diligencias establecida en México, transeúnte en esta ciudad; y don Félix Lucido, vecino de ella, como apoderado de la señora Piedad Due, quienes exhibieron una escritura otorgada en la ciudad de México el 18 de febrero del presente año, ante el escribano don Ramón de la Cueva, en la que consta que la señora Due, viuda de don José María Suárez, vecino que fue de Plan del Río, y don Diego Ramón Somera, que hoy es dueño del establecimiento todo de Diligencias Línea Unida, rescindieron el contrato que Suárez celebró en 1º de abril de 1835 para servir los extraordinarios que ocurrieran desde Corral Falso a Veracruz en los puntos de ese derrotero por el término de cinco años, el cual por su fallecimiento quedó a cargo de la citada esposa, quien por los motivos que en dicha escritura se menciona ha renunciado expresamente el año y días que faltan para concluir dicho contrata bajo las cuatro condiciones que en ella fueron sentadas. Y el señor Zires dijo que faltando solo que el señor Lucido como apoderado actual de la señora Due le haga entregas de las postas que administra en Veracruz, la Antigua, Puente Nacional, Plan del Río y Corral Falso, y estando anuente a hacerlo luego que fue impuesto de la resolución de su poderdante, han convenido en que dicha entrega se haga en este día bajo las bases y condiciones que expresa el papel que en dos fojas exhibe. Por lo que, a través de la presente, ratifica los cuatro artículos que contiene dicho convenio, obligándose el señor Zires por don Diego Ramón Somera, y el señor Lucido por la señora doña Piedad Due, a cumplir respectivamente, cada uno, por lo que les corresponde en las cláusulas estipuladas sin variar su sentido.
Sans titre
MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0028
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Pièce
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1839/03/18
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0131
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Pièce
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1827/11/12
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa
Don Diego Ramón Somera, vecino de la capital de la Federación, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan Bautista Lobo, vecino y del comercio de la misma capital, para que en su nombre conteste en el juzgado que corresponde y por todos los trámites legales y de estilo, a la demanda que por cantidad de pesos ha intentado don Manuel Romero del Río, vecino de Jamaica; y precedido que sea el juicio conciliatorio, haga toda la diligencias judiciales y extrajudiciales que convengan hasta la resolución definitiva.
Sans titre