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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0069 · Unidad documental simple · 1831/04/28
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio, dijo que debe a don Manuel Nava y Mota, de esta vecindad, la cantidad de 100 pesos que le suplió desde el 4 de enero último, y que no habiendo podido satisfacerlos han convenido se verifique el pago a mediados del año entrante, con la condición de que el comparente formalice obligación con hipoteca de su casa, ubicada en el barrio de la Laguna, camino que sale a Veracruz. Y a fin de llevar a cabo dicho convenio, don Mariano Cadena otorga que tiene recibidos los 100 pesos en moneda corriente y de ellos formaliza el más amplio y eficaz recibo a favor de Manuel Nava y Mota, asimismo, se obliga a pagar para mediados del año próximo de 1832. Para seguridad de la deuda, hipoteca una casa ubicada en esta misma ciudad al barrio de la Laguna, haciendo esquina con dos frentes, uno al norte, lindando con el camino nacional de Veracruz, y otro al poniente, lindando con calle que baja al puente del Obispo, y por el oriente y sur linda con tierras de la Virgen. Cuya casa esta afecta a 500 pesos de principal a favor de una memoria de misas rezadas que mandó fundar don Antonio Merino, 800 pesos a favor del Presbítero don Juan de Ulloa, 200 pesos pertenecientes a la cofradía de Señor San José, y 418 pesos y 6 reales a favor de don Joaquín Fernández del Campo, misma que se obliga a no vender hasta que la deuda este pagada.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0172 · Unidad documental simple · 1833/12/25
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José de Castro, Presbítero domiciliario, de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo de don José Tomás de Castro y de doña María Francisca Trigos, sus padres difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: En el que declara que disfruta por bienes, la casa habitación, ubicada en la calle que llaman del Chorro del Poblano, haciendo esquina a otra calle que sube para el barrio de Santa María. También la parte de herencia que le corresponde en una casa que quedó por fallecimiento de su padre y la cobra don Mariano Cadena, quien tiene que producir cuenta de arrendamientos de cosa de tres años, en cuyos arrendamientos igual tiene parte. Declara que en el negocio que siguió con su hermana doña María Brígida [Castro] sobre cuentas de administración de los bienes de su difunto padre, cuyo asunto se terminó y salió sentenciada a pagarle 75 pesos y picos de reales, cuya suma le perdona y ordena que no se le cobre cosa alguna. Ordena que lo que a él le corresponda del producto de los arrendamientos de la casa, que fue de su finado padre, desde que éste se hizo cargo hasta el día de su fallecimiento, se le entregue a su sobrina Ana Góngora; y los demás arrendamientos que le pertenezcan desde el día que fallezca hasta que se venda la casa se agregará a sus bienes. Ordena que, si su fallecimiento aconteciere en Puebla o en otro punto, respecto a que ha resuelto ir a curarse a esa ciudad y no hubiere quedado allí numerario competente para los gastos de su entierro, los cubrirá su albacea. Dictamina que se distribuya la cantidad de 100 pesos entre mujeres pobres, de verdadera solemnidad y necesidad, prohibiéndose que tenga parte en esas limosnas ningún de esas rumbosas que aparentan ser pobres y no son, sino mujeres sin dedicación alguna. Pide que se entreguen en la aduana de esta ciudad 5 pesos para que los ingresen en los fondos del Estado. Que todos sus muebles, menaje de casa y colchones se le den a doña María de Jesús Dorantes, así como, la cantidad de 100 pesos. Además, establece de la referida casa, se le queda a la nominada doña María de Jesús Dorantes, para que la habite y luego que fallezca se hará cargo de dicha finca, el padre director de la casa de ejercicios de San Ignacio de esta ciudad, para que distribuya los arrendamientos de dicha finca entre la propia casa de ejercicios y el hospital de mujeres de esta misma ciudad. Y en caso que la referida doña María de Jesús Dorantes llegara a casarse, en tal evento no se esperará a su muerte, sino que tan luego como efectúe su matrimonio será despedida de la casa y pasará ésta inmediatamente a poder del padre director de la casa de ejercicios para la finalidad mencionada. Nombra por albacea a don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0033 · Unidad documental simple · 1840/03/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Brígida Castro, viuda de don Manuel Nava y Mota, mayor de edad, vecina de esta ciudad, como albacea de su difunto esposo, otorga que vende a don Francisco Nava, una casita de la pertenencia de la testamentaria, ubicada en esta ciudad, en la calle de Santiago, con 18 varas de frente al norte con dicha calle; y 60 y media de fondo al sur, lindando por este rumbo con solar de don Francisco Nava; por oriente con casa de éste mismo; y por poniente con casa de los herederos don José Antonio Medina. La vende en precio de 200 pesos.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0138 · Unidad documental simple · 1833/10/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Nava y Mota, originario y vecino de esta ciudad, hijo de don Baltazar Nava y de doña Francisca Santa María, ambos difuntos; otorga su testamento en la manera siguiente: En el que declara que es casado con doña María Brígida Castro, cuyo matrimonio solo les viven dos hijos que son Patricio de la Trinidad de quince años de edad y José Abraham de ocho años. Dicha María Brígida trajo al matrimonio la cantidad de 200 pesos, pues el patrimonio que la corresponde existe en poder de su hermano el Presbítero don José de Castro. El caudal que el comparente introdujo al matrimonio se componía de una platería valiosa en más de 2 000 pesos; una casa ubicada en la calle de Santiago; otra casa en la bajada a los Berros; otra en el barrio de Santa María, esquina que llaman del cuartelito con su frente al oriente, lindando por norte con calle que va para los Tecajetes, la cual compró a la cofradía del señor de la Santa Veracruz de esta parroquia; misma que, ha reparado y conservado por el trabajo e industria de la citada esposa; y aunque pueda aparecer, entre sus papeles, una escritura de donación de la expresada finca, otorgada a favor de la casa de ejercicios por ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, ni dicho escribano le leyó dicha escritura e impuso de las obligaciones de este gravamen, ni dicha donación se ha insinuado ante el juez como lo dispone la ley, ni hubo en aquel acto aceptación del donatario y últimamente por haber tenido hijos después de esta fecha a quienes no puede ni tiene motivos para privar de la percepción de sus cortos bienes por dicha donación. Por tanto, otorga revoca enteramente la expresada donación la cual da por cancelada la escritura de su otorgamiento, desde el momento en la que tuvo sucesión forzosa y quiere que por tal se estime y declare judicial y extrajudicialmente y que en el protocolo del escribano que autoriza este testamento se note y prevenga esta revocación para que conste. En consecuencia, desiste, aparta y priva a la citada casa de ejercicios y a todos los que la representan o puedan representar en lo venidero de la propiedad posesión, goce, usufructo y otra cualquier acción que a la expresada casa pudiera haber adquirido en virtud de dicha donación. Por otra parte, declara que fundó el hospital de mujeres de esta ciudad y se le restan 103 pesos, fue secretario de las dos escuelas, y a ninguna le debe nada. Nombra por únicos y universales herederos a sus dos hijos; y por albacea a su esposa doña María Brígida Castro. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones que antes de este haya hecho de palabra o por escrito, especialmente la que formalizó en esta ciudad, el 2 de noviembre de 1827, para que no valga ni haga efecto; y solo se guarde, cumpla y ejecute el presente como testimonio de su voluntad.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0111 · Unidad documental simple · 1834/08/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano José Cipriano León, de esta vecindad, dijo que por escritura otorgada en esta ciudad a los 5 días del mes de noviembre de 1824, les vendió don Atanasio de la Riva al comparente y a don Manuel Nava y Mota una casa de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad a la calle que se nombra de San Miguel, con su frente de 16 varas al oriente, por donde linde con dicha calle y del otro lado casa de los herederos de don Antonio Bremón, y 28 y media varas de fondo al poniente, lindando por este viento con terreno del fondo de casa que fue del finado Pedro Rafael del Moral; por el norte linde con casa que poseyó don Antonio Gomila; y por sur con otra de Antonia Domínguez. Cuya finca la compraron entre el relacionante y el nominado Nava en precio de 480 pesos, habiendo exhibido 180 y el resto a reconocer a favor de la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, erigida en la parroquia auxiliar de San José de esta misma ciudad. Que por parte de Nava se redimieron 150 pesos mitad de dicho principal y solo quedaron los otros 150 pesos de la responsabilidad del relacionante, y no teniendo arbitrios para verificar esos pagos en razón a carecer absolutamente de recursos, resolvió ceder la acción que tiene a la mitad de la referida finca en favor de doña María Brígida Castro, viuda del enunciado Nava, o de la testamentaría de éste, en el precio de 150 pesos, para que dicha doña Brígida o su testamentaría reconozca la cantidad que aún están vigentes de gravamen sobre la casa en favor de la enunciada, en la cual está conforme la misma Castro como albacea del finado su consorte y la actual mayordoma de la cofradía que lo es doña María Ignacia Heredia. Y que reduciéndolo a efecto el prenotado ciudadano Cipriano León otorga que cede y traspasa en favor de doña Brígida Castro o de la testamentaría de don Manuel Nava todos los derechos y acciones que le han correspondido al otorgante en la mitad de la casa.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0132 · Unidad documental simple · 1835/10/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Brígida Castro, viuda, mayor de edad; el señor don Juan Francisco de Bárcena, albacea del finado Presbítero don José de Castro; José Luciano Nava, marido legítimo de Ana María Góngora, hija que fue de María Dolores Castro; José María Castro, hijo del difunto Antonio Castro; y Miguel Rodríguez, marido legítimo de María Andrea Castro, hija también del mismo finado Antonio Castro; como herederos del finado José Tomás de Castro, dijeron que por fallecimiento de éste quedó una casita de material, ubicada en esta villa, en el barrio que llaman de la Laguna a orillas del camino Nacional que de esta ciudad conduce a la Veracruz, con su frente hacia el sur y del otro lado del camino casa que fue de don Mariano Cadena y hoy es de don José Prado. Y para dar fin a la testamentaria acordaron los comparentes adjudicarse los siete cuartos de que se compone la casa proindivisa, según consta del valúo que se agrega a este registro, en los términos siguientes: El primer cuarto que hace esquina al poniente y sur se consigna exclusivamente a José María y María Andrea Castro; el segundo a Ana María Góngora; el tercero y cuarto a doña Brígida; el quinto y sexto a la testamentaria del presbítero; el séptimo a Ana María Góngora, José María y María Andrea Castro, mitad a la primera y la otra mitad a los otros dos, por lo cual, otorgan que se adjudican los siete cuartos de la relacionada casa en los términos que queda explicado.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0060 · Unidad documental simple · 1831/04/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don José de Castro, a nombre propio; don José Luciano Nava, como marido de Ana María Góngora; don José Rafael Ladrón de Guevara, como apoderado de María Andrea Castro y curador ad litem de José María Castro; y doña María Brígida Castro, en consorcio de su marido don Manuel Nava y Mota, quien concede licencia a su referida esposa para el otorgamiento de la presente escritura; dijeron que el día 2 de marzo último concurrieron ante don Juan Franco, Alcalde cuarto de esta ciudad, en donde los primeros reclamaron a doña Brígida, rindiese cuentas de una finca que ha tenido en administración, perteneciente a la testamentaria de don José Tomás de Castro, de quienes son herederos, y habiendo conferenciado sobre el particular, convinieron en los puntos que incluye el certificado de conciliación que se agrega a esta escritura, siendo una de las condiciones que se decidiese el asunto por árbitros. Por lo cual, otorgan que hacen formal nombramiento de árbitros, doña Brígida y su consorte en don Francisco Rosas; los demás en el carácter de actores en don Andrés Farías; y todos en don José María Rodríguez Roa para tercero en caso de discordia; a quienes les dan poder para que pronuncien su laudo en el acto conciliatorio, para lo cual les señalan a dichos árbitros el término de un mes, contados desde el día en que se les haga entrega de los documentos por el actuario, y al tercero le designan el término de quince días, contados desde el día en que se le haga igual entrega. Y se obligan a respetar el laudo que se pronuncie, considerándolo como si fuese sentencia y no pedirán nulidad, aunque el laudo tenga algún agravio, y en caso de que alguno apele lo contrario no se le admitirá en juicio ni fuera de éste.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0030 · Unidad documental simple · 1830/04/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Brígida Castro, mujer legítima de don Manuel Nava y Mota, de esta vecindad, dijo que el Presbítero don José de Castro ha entablado contra ella una demanda pretendiendo el reintegro de cierta cantidad de reales que dice le fueron extraídos de su baúl; y no pudiendo por sí mismos los comparentes seguir el litis, han deliberado facultar persona de su confianza; y reduciéndolo a efecto por el presente otorgan que dan todo su poder especial al Teniente retirado don Salvador Moreno, para que a nombre de los relacionados y representando sus propias personas, prosiga gestionando en el expresado litigio, contestando o negando. Y para ello, haga pedimentos, requerimientos, citaciones, protestas, suplicas; pida embargos, desembargos, entregas, mejoras; oiga autos, sentencias, hasta su final conclusión y determinación. Por otra parte, los mismos comparentes también le confieren el poder a don Salvador Moreno para que entienda todos los asuntos relativos a la testamentaría del finado don José Tomás de Castro, padre que fue de la enunciada doña Brígida, practicando todo lo conducente a dicha testamentaría. Asimismo, para que pida adjudicaciones o consienta en otro que las solicite, bajo las condiciones que por bien tuviere.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0072 · Unidad documental simple · 1831/05/09
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don José de Castro, de esta vecindad, otorga poder al Licenciado don Ramón Ruiz, de esta vecindad, para que en nombre y en representación su persona, derechos y acciones, prosiga y fenezca los negocios que tiene pendientes y de lo que en lo sucesivo se ofreciere, especialmente, el que se haya en segunda instancia contra su hermana doña María Brígida Castro sobre reintegro de intereses, y el que actualmente se promovió tocante a la cuenta de administración de bienes que han sido a su cargo de la misma su hermana, perteneciente a la testamentaria de su finado padre don José Tomás de Castro, cuyo primer punto está comprometido en árbitro. También, se le da éste para todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales que se ofrezcan.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0127 · Unidad documental simple · 1827/11/02
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Nava y Mota, natural y vecino de esta villa, hijo legítimo de don Baltazar Nava y de doña Francisca Santa María, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña María Brígida Castro, la cual trajo a su matrimonio 200 pesos, estando aún proindiviso los bienes de sus difuntos padres; y él tenía tres casas, dos solares, dos jacales y una platería que valía más de 2 000 pesos. Declara que durante su matrimonio han tenido por hijos a Patricio de la Trinidad, Catarina Victoria y José Abraham de Nava y Castro. Declara que la casa esquina nombrada el Cuartelito, ubicada en esta villa, haciendo esquina al confín de la calle del Ganado y callejón del Chorro de San Pedro, quede a beneficio de la Casa de Ejercicios Espirituales de esta villa titulada de San Ignacio; cuyos rendimientos desde el día de su fallecimiento entraran en poder del director de la casa, quien los aplicará a tandas de ejercicios a gentes pobres; cuya donación hizo verbalmente desde antes que pensara en casarse. Es su voluntad, que si en algún tiempo mudasen el establecimiento de la casa de ejercicios, no teniendo verificativo las tandas, aunque se reduzca la casa en concordia, recaigan las rentas de la que dona en la Santa Escuela de Mujeres, y si ésta no permaneciere, en la de hombres; quedando aquellas obligadas a que haga la congregación una comunión anual por el bien de su alma y siete misas rezadas, en desempeño a la obligación a la que están constituidas de hacer bien por las almas de los bienhechores, esto es los ejercitantes, como el aplicar tres misas por su alma en cada tanda y las demás de su intención; dejando por patrono de esta fundación al pariente más cercano que tenga de consanguinidad, y en falta de ellos a las Santa Escuelas que en su caso disfruten de los rendimientos de la finca donada. Declara que los techos del zaguán de esta casa de ejercicios, la pieza que está al lado de arriba y los jacales que siguen al mismo costado, le pertenecen y son hechos a sus expensas; y cuyo terreno por un convenio verbal se lo cedieron los primeros fundadores, así como les queda a aquellos el solar de la casa donada, a su espalda, desde la pared que lo cierra hasta el callejón siguiente del poniente, que baja de norte a sur. Declara que su albacea consta todos los demás sus bienes, a quien dejará los avisos, instrucciones y comunicados secretos. Nombra albacea a la citada su esposa doña María Brígida para que entre en sus bienes los vendan y rematen en almoneda o fuera de ella. Nombra por sus herederos universales a sus tres hijos Patricio, Catarina y José Abraham.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL