Don Francisco de Arrillaga, vecino en su hacienda de San José Acazónica y residente en este suelo, dijo que en la referida su finca se comprehende el potrero nombrado de Rincón de Casas, compuesto de un sitio de ganado mayor, bajo los linderos que se mencionan en la escritura. También, dijo que su hacienda está afecta a 6 000 pesos, pero que en breve cubrirá el entero y ésta quedará libre. Asimismo, el referido potrero de Rincón de Casas es una pequeñísima parte de dicha hacienda y al presente ha pactado su venta con don Manuel Guevara, vecino de este cantón. Y poniéndolo en ejecución, el enunciado don Francisco de Arrillaga otorga que vende a don Manuel Guevara el relacionado potrero en precio de 1 500 pesos, de cuya suma se da por entregado.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Miguel María Lerdo de Tejada, vecino de la ciudad de México, residente en ésta, dijo que en rendición de cuentas que don José Bernardino Alcalde hizo con don Manuel Guevara, por la administración de una tienda, que de la propiedad del primero tuvo el segundo en este suelo, le salió restando la cantidad de 585 pesos, que don Luis Uribarry, también de está vecindad, como principal pagador se obligó a satisfacer a Alcalde, en el término de cuatro años. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que ha recibido de don Luis Uribarry, los expresados 585 pesos por lo que formaliza a su favor el resguardo para que luego por su cuenta, perciba y cobre del deudor don Manuel Guevara, la referida cantidad, que como tal fiador le satisfizo, y las costas que se originen de su exacción, y de ellos otorgue a su favor los resguardos correspondientes, con sus fianzas necesarias y todo cuanto el otorgante haría hasta conseguir su reintegro.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon Luis Uribarry, de esta vecindad, otorga que como principal pagador se obliga a satisfacer por don Manuel Guevara la cantidad de 585 pesos que éste le salió debiendo a don José Bernardino Alcalde por la administración de una tienda perteneciente a éste, que fue al cargo de aquel, cuya suma le ha de enterar a Alcalde el comparente en término de cuatro años, abonando al vencimiento de cada año lo que corresponda a la cuarta parte del total.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOMaría Ramona Barradas, de esta vecindad, que al presente reside en la ranchería del Castillo, mujer legítima de Manuel Antonio Villanueva, con licencia de su marido para esta escritura, otorga que vende en favor de Donaciano Badillo, de esta vecindad, una casita de paredes, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la callejuela que del confín de la carrera de los Berros sigue para la Laguna, a la que hace su frente hacia el poniente, y del otro lado solar cercado de piedra vana de don Manuel Domínguez; por el fondo al oriente linda con casita y terreno de don Damián, el albañil; por el costado del sur linda con Manuel Guevara; y por el norte con casita de los herederos de José María Pozos. Dicha casa está en terrenos de la cofradía de la Pura y Limpia de esta parroquia, a quien por razón de piso se le pagan 3 pesos en cada año, la cual perteneció a su padre José Manuel Barradas, y al presente la vende en precio de 130 pesos que al contado le ha dado y pagado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, dijo que don Pascual Caballero Ortiz de Zárate de esta propia vecindad le ha traspasado a don Manuel Guevara una tienda ubicada a la calle de Belén de esta propia ciudad, en casa de la pertenencia del Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de cuyo traspaso le resulta deudor Guevara a Caballero en cantidad de 700 pesos, habiéndose verificado ese contrato con la condición de que el comparente había de garantizar el pago, y estando de conformidad como también en formalizar el competente instrumentos público; lo reduce a efecto y el citado don Bernardo Sayago otorga que como tal fiador liso y llano pagador por el mencionado Guevara se obliga en las más bastante forma a satisfacer por sí a don Pascual Caballero 700 pesos, abonando 50 pesos mensuales debiendo comenzar el abono el 1 de marzo venidero.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO