Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, mayor de veinticinco años de edad, dijo que don Francisco Victoriano Rodríguez, religioso enclaustrado del convento de Nuestra Señora de Belén, ha seguido en el juzgado tercero de esta misma villa, expediente sobre pesos contra don José Gago; y por estar próximo a ausentarse fuera de la república, el juzgado le exigió fianza para recibir notificaciones. Motivo por el cual, Rodríguez, le solicitó que sea su fiadora. Por lo que, Luisa señala que acepta y se obliga a pagar lo que contra él fuere juzgado y sentenciado, con más las costas que se originen, para lo cual se constituye principal deudora y consiente que las diligencias que ocurran se practiquen y entiendan con ella.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, dijo que el 30 de noviembre pasado otorgó su testamento y habiéndole ocurrido con posteridad hacer otras declaraciones que no tuvo presentes, ahora lo verifica por medio de codicilo de la manera siguiente: Declara que la casa nombrada de la Cervecería, ubicada en esta ciudad, pertenece a don Francisco Victoriano Rodríguez, quien se la ha tenido cedida a la otorgante, con la condición de que si él moría primero la nombraba heredera de esa finca y si por el contrario sobrevive él se la ha de devolver, por lo cual ordena que si fallece antes que Rodríguez, se le entregue a éste la referida finca, como también algunos libros que existen de su pertenencia en poder de la misma otorgante. Declara que además de la plata que tiene en la Habana, existe ahí también un cajón de losa muy buena y otras cosas que constan en una lista que se adjunta a este instrumento.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que da en arrendamiento al señor don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, una casa ubicada en la segunda calle principal que baja para Señor San José, y que siendo la habitación de la locadora, va a desocupar por razón de su viaje a México, cuya casa de hecho pertenece a un religioso que habiendo estado aquí secularizado, hoy se halla enclaustrado en la isla de la Habana, llamado Fray Francisco Victoriano Rodríguez, y cuyo cuidado, conservación y usufructo está dado a la locadora. El arrendamiento es por cinco años a partir del presente día y el precio es de 47 pesos 4 reales cada mes, bajo las condiciones que se mencionan. Se exceptúa de este arrendamiento una accesoria con vista a la calle, hacia la parte más occidental de la casa, que ahora sirve de tienda de ropa a la locadora. Declara que el material que hay en el fondo de la hornilla de la fábrica de cerveza, es de la propiedad de la locadora, a excepción de los ladrillos que son de Bárcena.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon Francisco Victoriano Rodríguez, de esta vecindad, otorga poder especial a doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, para que en su nombre cobre de los inquilinos que al presente son y en adelante lo fueren, los arrendamientos o renta mensual de una casa que posee en esta villa, en la segunda cuadra de la calle principal, despidiendo a uno y admitiendo a otros; dando de ello los recibos que sean de estilo y todo lo demás que concierna al caso.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Francisco Victoriano Rodríguez, de esta vecindad, otorga poder a don Víctor Pérez, de la misma vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, lo defienda en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales. En especial, siga el litigio en el Juzgado Tercero del cantón, sobre pesos contra don José Gago, para lo cual le confiere éste sin limitación alguna, con libre y general administración y facultad de sustituirlo.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Luisa de Castro y de Guevara, vecina de esta villa, expreso ser mayor de edad, viuda de don Mariano Ladrón de Guevara, sin descendientes, otorga donación irrevocable a don Francisco Victoriano Rodríguez, religioso enclaustrado del convento de Nuestra Señora de Belén y vecino de ésta, a saber, de una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en la calle que nombran Nueva, cuyos linderos constan en los títulos de propiedad. Asimismo, le dona 1 000 pesos que tiene en réditos en la casa de don Joaquín Fernández del Campo, en la calle principal y de una imagen de Nuestra Señora de Belén con todo lo que le pertenece. Con la advertencia, de que la donación de la casa surtirá efecto hasta después de la muerte de la donante. Dicha María Luisa, señala que no necesita de la casa, ni de los demás bienes y que, si ésta excediera de los 500 maravedíes, manda sea insinuada sin su dependencia y se obliga a no reclamarla por ninguna de las causas.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, viuda, dijo que el 30 de noviembre pasado otorgó su testamento y el día de ayer hizo codicilo, y por cuanto hizo declaración que la casa conocida por la Cervecería, ubicada en esta ciudad, es de la pertenencia de don Francisco Victoriano Rodríguez, aunque la comparente ha estado encargada de ella; a fin de evitarle a sus albaceas las contestaciones que debiera tener respecto a dicha casa y en atención a las relaciones que con el nominado Rodríguez tiene el Doctor don José María Pérez, ha resuelto facultar a éste para que desde este momento tome a su cargo dicha casa, encomendándole el cobro de sus arrendamientos y escriba al referido Rodríguez para que disponga de la finca. Asimismo, otorga poder especial a dicho doctor para que recoja la plata labrada y otras cosas que tiene la otorgante en la Habana, en poder de la persona que le ha comunicado.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO