El licenciado don Ramón Ruiz, abogado de los Tribunales de la Federación, vecino de esta villa, dijo que doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, natural y vecina que fue de esta villa, falleció el 16 de marzo próximo pasado, bajo testamento y codicilo, constando el primero en la cláusula quinta lo siguiente: Declara que la casa situada en la calle de la Amargura frente a la puerta del costado de esta iglesia parroquial que fue de la pertenencia del cura don Alonso José Gatica solo es poseedora de los usufructos de ella durante sus días, pues después de éstos, ha de pasar en propiedad de la cofradía del Santísimo Sacramento de dicha parroquia. Y en el codicilo, sólo se da el nombramiento de albacea que hizo en el presente otorgante, el cual lo tiene aceptado. Por lo que, cumpliendo con la disposición de la testadora, otorga por el presente que hace formal entrega de la casa relacionada en favor de la mencionada cofradía del Santísimo Sacramento de esta parroquia, en persona del rector de ella, cura interino, doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, y al mayordomo que hoy es de ella, para que, desde el día del fallecimiento de la Noriega, disfrute y posea sus usufructos. Cuya casa está en la primera cuadra de la calle de la Amargura, con la parte de su frente en la cuadrilla que mira al oriente, y del otro lado el costado de la misma iglesia; por su fondo al poniente linda con el de casa que hoy pertenece al licenciado don José María Serrano, del comercio de Veracruz; por el costado del norte, con el de casa baja de don Juan Lucas de Olavarrieta y por el sur con el de otra de José Ignacio Sánchez.
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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0062
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1827/04/20
Part of Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0045
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1827/12/07
Part of Archivo Notarial de Xalapa
Doña Margarita Galván, vecina de Xicochimalco, viuda, albacea y heredera de don Sebastián Rosas, otorga poder especial a don Francisco Rosas, vecino de México, para que en su nombre demande y cobre de don Juan de la Madrid, vecino de Tepetlastoque, la cantidad de 1 600 y pico de pesos que le quedó en deber a su difunto esposo; dándole de lo que cobrare recibo y finiquito.
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