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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0142 · Unidad documental simple · 1831/08/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, apoderado de doña María Trinidad Bezanilla de Cotarro, viuda de Miguel Cotarro, dijo que la susodicha es dueña de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad, en la calle que de la segunda Principal separa la de San Francisco de Paula, con su frente al norte, lindando por el costado del oriente con casa que fue de don Tomás Antonio Franco y hoy es de la testamentaria de don Pedro Telmo Landero y González, y por el costado del poniente linda con casa que hoy posee doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, esposa de don Fernando de Cubas, y por el fondo, que es el sur, linda con casa del Tercer Orden de San Francisco y con solar que poseyó el referido Franco. Cuya deslindada casa, doña María Trinidad Bezanilla hubo como bienes del finado su esposo, quien la compró a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, como apoderado de Joaquín Freiria, y hoy vende a don Manuel María Carasa, hacendado de este cantón, en precio de 2 575 pesos.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0077 · Unidad documental simple · 1829/07/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; doña Antonia Donaciana Gómez de Estrada, doncella, mayor de edad, libre de tutela y ajena administración; doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, mujer legítima de don Fernando de Cubas, quién le concedió la licencia correspondiente; y doña Josefa María Gómez de Estrada, mujer de don José Antonio de la Peña, ausente, por cuya razón le concedió el señor juez la licencia correspondiente, como consta de las actuaciones que se agregan, todos residentes en esta villa; dijeron que el primero promovió expediente desde el año de 1827 ante la alcalde de esta villa, sobre la posesión que disfrutaba la Casa de Ejercicios del tránsito de una cañería por el terreno de don Isidro José Posadas, a quién hoy representan las tres mencionadas señoras, las cuales resistían esa servidumbre y que así ellas como el Presbítero se consideraban con derecho para sostener el uno el goce que alegaba y las otras sus resistencia, más que para evitar litigios y desazones acordaron una transacción en los términos que se explica el escrito comprehendido en las actuaciones que se agregan. Y para que tenga toda su fuerza el convenio estipulado; por la presente otorgan que transigen formal y expresamente el relacionado litis en los términos y del modo que se contiene en el indicado escrito, cuyo tenor ratifican: declarando que las dichas señoras tienen recibidos del Presbítero Ulloa los 100 pesos pactados, los cuales los imponen y establecen en el terreno de la casa mencionada, la servidumbre de que perpetuamente quede allí construida la cañería del agua que se conduce para la Casa de Ejercicios y, que en consecuencia puedan los directores o administradores de dicha santa casa mandar siempre que sea preciso los operarios necesarios para el reconocimiento o recomposición de la cañería que ocupa 21 y media varas de suroeste a noroeste, entre otras condiciones que se mencionan en el documento. Finalmente dan por roto y nulo el expedientillo de que se ha hecho mención como si no hubiera suscitado.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0134 · Unidad documental simple · 1826/11/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Josefa María, doña Antonia Donaciana y doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, vecinas de esta villa, la segunda de estado honesta y la primera y última casadas respectivamente con don José Antonio de la Peña y don Fernando de Cubas, de este comercio y vecindad, éstas con la correspondiente licencia; otorgan poder especial al citado don José Antonio de la Peña, para que en su representación, como hermanas maternas y partes más cercanas del finado don Isidro José Posadas, vecino que fue de esta villa, donde falleció abintestato y sin sucesión el día 30 de agosto pasado, para que se les declare por únicas herederas.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0030 · Unidad documental simple · 1838/11/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Josefa María Gómez de Estrada, viuda del finado don José Antonio de la Peña, dijo que su finado esposo compró a la testamentaria del difunto don Francisco Javier de Gorospe, una parte del agua que recibe la toma repartidora de dicha casa, para introducirla en la casa de la relacionante, situada en la esquina de la calle Principal de esta ciudad, haciendo frente al norte y por el oriente, que hace otro frente, con el callejón de Estrada, y del otro lado casa de la señora su hermana doña Juana María Josefa Gómez de Estrada. Asimismo, dijo que el apoderado de la casa de Gorospe, el presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, no formalizó la correspondiente escritura y solo le libró a su esposo el recibo que presenta, el cual se insertó en el acta. También dijo que, aunque el recibo expresa que su finado esposo pagó los 100 pesos por el valor del agua, lo cierto es que ésta se compró para la casa de que es dueña, la cual ha poseído. En cuya virtud, siendo mayor de veinticinco años de edad y libre de ajena administración, por la presente, otorga que por el mucho amor y afecto que le profesa a la citada señora doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, viuda de don Fernando de Cubas, le hace gracia y donación de la mitad del agua que posee su casa, por la medida que va demarcada.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINO