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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0121 · Pièce · 1826/10/09
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Mariana Meléndez y Jiménez, natural de la Nueva Veracruz, vecina de esta villa, de estado honesta, mayor de veinticinco años de edad, otorga que debe a don Tomás Antonio de Montes, vecino y del comercio de la citada ciudad de Veracruz, la cantidad de 7 535 pesos con 5 y medio reales, que le ha suministrado en varias exhibiciones; cuya cantidad se obliga a pagar en el término que sea. Por tanto, su acreedor deberá cubrirse con los rendimientos de la casa que menciona más adelante, administrándola o arrendándola, la que deja en su poder como depósito, abonándose así mismo el premio de un 5 por ciento anuales y deduciendo solo de dichos rendimientos 50 pesos anuales que le remitirá a la otorgante para su sustento. Y en favor de su acreedor, hipoteca una casa alta y baja de paredes, cubierta de madera y teja con azotea, con el número público 579, en la Nueva Veracruz en la calle que de la Marina y plazuela del Muelle, sigue a la Plaza de Armas y recinto de tierra por la de San Juan de Dios, la que hace su frente al principio de ella hacia el sur, y del otro lado las casas consistoriales y audiencia pública; por el costado del oriente, linda con otra casa alta que pertenece al convento de religiosas de Santa Teresa de Puebla; y por la del poniente, con otra de don Manuel de Cires.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0037 · Pièce · 1838/05/09
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María de Guisasola y Betancourt, vecino de la ciudad de Veracruz y residente en esta ciudad, dijo que doña Mariana Meléndez y Jiménez otorgó escritura el 9 de octubre de 1826 en esta ciudad, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, en la que hipotecó una casa en la ciudad de Veracruz, con el número 579, bajo los linderos que en ella se incluyeron. Cuya acreencia le fue trasladada al otorgante por el heredero de don Tomás Antonio de Montes, por escritura otorgada en la expresada ciudad de Veracruz el 31 de octubre de 1835. En cuya virtud, otorga que ha recibido de la nominada doña Mariana Meléndez y Jiménez la cantidad de 7 535 pesos 5 y medio reales, de los que otorga a su favor recibo en forma, cuya cantidad es la misma por la que hizo la referida hipoteca, la cual queda cancelada.

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