El ciudadano Diego Melchor Gutiérrez, hijo legítimo de don Diego Melchor [Gutiérrez] y de doña Mariana Josefa García, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Yshuacan [Ixhuacán] de los Reyes, de donde es originario; otorga su testamento en la siguiente manera: Ordena que su cuerpo se traslade al pueblo de Jico [Xico] y se sepulte delante de la capilla del santísimo. Declara que es casado con María Dolores Galán, quién no trajo a su poder ningún capital ni él tenía nada al tiempo de su enlace, en dicho matrimonio han procreado a catorce hijos, entre solteros, dos casados, una viuda y uno ya difunto. Declara que a los hijos que se casaron les dio dinero en efectivo, animales de carga y cubrió con gastos de entierro de quienes fallecieron y ordena que se descuente de lo que les toque en las hijuelas de división. Expresa que no recuerda tener deuda pasiva, más en el evento de que aparezcan y se justifiquen las satisfarán sus albaceas, así como recaudarán las que pueda haber activas. También declara que a su hijo Manuel de Jesús Gutiérrez, es quién durante doce años ha llevado sobre sí todo el trabajo y giro de sus negociaciones, adquiriéndose por su industria y afanes, algunos aumentos, por cuya razón para compensarlo es su voluntad mejorarlo en el quinto de sus bienes libres. Instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a sus catorce hijos en partes iguales. Nombra por tutora y curadora ad bona de sus hijos menores a su esposa María Dolores Galán y suplica al señor juez que lo sea competente se sirva discernirle el cargo sin exigirle fianza alguna, Y nombra por sus albaceas testamentarios y tenedores de todos sus bienes a su esposa María Dolores Galán y a su hijo Manuel de Jesús Gutiérrez. Finalmente, aunque los referidos albaceas les constan cuáles son sus bienes, no obstante, a esto para la mayor amplitud a ésta disposición pondrá una lista de ellos al pie de la copia que le ministre el escribano, cuya lista será también firmada por él y autorizada por el presente escribano rubricando estas fojas de su puño, sin este requisito de rúbrica no será válido cualquier que aparezca. Finalmente revoca y anula todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y otras disposiciones que antes de esta haya hecho u otorgado por escrito o por palabra.
UntitledDon Manuel de Jesús Gutiérrez, hijo, albacea y heredero de don Diego Melchor Gutiérrez, vecino del pueblo de Xicochimalco, otorga que vende realmente a don Antonio Hernández, vecino del mismo pueblo; un trapiche de moler caña, con sus casas, jacales, tierras y campos de caña, muebles útiles y herramientas, con todo los demás que le es anexo, situado en la doctrina del pueblo de Xicochimalco, de esta jurisdicción, el cual se nombra Chapulapa, que linda por el sur con el río así llamado; por el oriente desde el paso de Chichilan con tierras de Antonio Hernández y otro pedazo de Chimalpablo; desde dicho paso busca el lindero mirando al norte hasta la cumbre de la Loma donde está un palo blanco grueso; dicha tierra tiene 300 varas del paso a la cumbre de dicha Loma hasta coger la medianía lindando con la tierra de Juan Domingo, de donde hay de una parte a otra 900 varas; y al poniente cogiendo la orilla de arriba, linda con terreno de Pedro Celestino y a la vuelta de la zanja de arriba hasta lindar con la de Francisco Hernández y topar con el citado río del mismo Chapulapa que está al lado del sur con 425 varas. Cuyo deslindado trapiche con sus tierras, casa y oficinas, es el mismo que hubo y compró su finado padre al Presbítero don [José de] Vicente Espino. Lo vende en precio de 1 600 pesos, que declara haber recibido en reales de contado.
UntitledMaría Juliana, viuda de Gaspar de los Reyes, casada en segundas nupcias con Cristóbal de Santiago, su actual marido, quien le concede licencia a su consorte para otorgar este instrumento; y don Manuel de Jesús Gutiérrez como curador de los menores María Felipa, Antonio Sabas Cristino y José Pablo de Jesús, vecinos todos del pueblo de Xicochimalco; dijeron que por fallecimiento del nominado Gaspar de los Reyes quedó una casa y sitio que heredó de su padre Pedro Nolasco Bilis, ubicada en el propio pueblo de Xico, la cual tiene su frente principal al sur con la calle Nacional Vieja, por oriente linda con solar de Abundio Morales, por norte con la calle Nacional Nueva y por poniente con calle que atraviesa de una a otra de la referida y del otro lado solar de María Fuentes; que dicha casa se ha ido deteriorando con el transcurso del tiempo y careciéndose de recursos para repararlo han decidido venderla a fin de evitar que se consuma su total ruina. Pero que debiendo intervenir la autoridad judicial en semejante venta se ocurrió al señor Juez de este cantón, quien previo los trámites que tuvo a bien mandar practicar, fijó un auto, y a consecuencia de él, no resta más que la extensión de la escritura; y reduciéndolo a efecto por la presente en el modo más oportuno, los nominados María Juliana y Manuel de Jesús Gutiérrez otorgan que vende al ciudadano Antonio Marín, vecino del referido pueblo, la casa que queda deslindada en precio de 100 pesos, de cuya suma se dan por entregados a su entera satisfacción.
UntitledEl ciudadano Manuel de Jesús Gutiérrez, vecino del pueblo de Xico, de este cantón, dijo que, como albacea de sus padres don Diego Melchor Gutiérrez y doña María Dolores Galán, otorga poder especial a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en su nombre y representando los derechos y acciones que le competen con albacea, demande y cobre al ayuntamiento del pueblo de Coatepec, la cantidad que adeuda por arrendamientos de la casa que ocupa para la escuela que es de la perteneciente a la testamentaria de dichos finados. Cuyo fundo está ubicado en una esquina de la plaza del propio pueblo de Coatepec. Además, pueda parecer y parezca en todos los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.
UntitledEl ciudadano Manuel de Jesús Gutiérrez, vecino de Xicochimalco, dijo que por fallecimiento de su padre don Diego Melchor Gutiérrez, quedaron entre otros bienes una casa y un solar, situado en el pueblo de Ixhuacán de los Reyes. El solar tiene su frente al norte, que es por la plaza con 93 varas; por el oriente tiene 75 varas y linda con la joya del curato viejo; por poniente se le miden 100 varas y linda con solar de Mariano Argüello; y por el sur tiene 76 varas. Dicha casa y solar quedaron tratados en venta por su citado padre al ciudadano Juan de Dios Ortiz, en precio de 700 pesos, exigiendo éste se cumpla lo antes mencionado. Por lo que, a través de la presente el comparente señala vende a dicho Juan de Dios, la casa y solar deslindados, al precio de 700 pesos.
UntitledDon Manuel de Jesús Gutiérrez, vecino del pueblo de Jico [Xico], dijo que posee por suya propia una casa de material, ubicada en dicho pueblo en el paraje nombrado el Llanito, con su correspondiente sitio que linda por oriente con el camino Nacional que conduce al pueblo de Coatepec, por norte con calle que sale al referido camino, por sur con sitio de Teresa Quiroz, y por poniente con el de Clara de la Cruz, y como propietario otorga que la vende a don Amado Rodríguez en precio de 250 pesos, con la condición que si dentro de un año desde la fecha de esta escritura tuviese proporción Gutiérrez para rescatar la casa, se celebrará por Rodríguez la retroventa de ella. Y estando presente don Amado Rodríguez otorga que acepta la compra de la casa expresada y está conforme con la venta.
UntitledDon Manuel de Jesús Gutiérrez, vecino del pueblo de Jico [Xico] y presente en este suelo, dijo que entre los bienes que quedaron por fallecimiento de su padre, don Diego Melchor [Gutiérrez], lo es una casa de edificio bajo ubicada en el pueblo de Coatepec, haciendo esquina a la plaza y calle de Pintores, con su frente principal al oriente y otro frente a la calle referida; por su fondo que es al poniente, linda con solar de José Sabás Covarrubias; y por el otro costado con casa de Manuel Gálvez; cuya finca compró su padre a las herederas de Juan Antonio López, en esta ciudad el 9 de agosto de 1821. Asimismo, dijo que, por partición de bienes hecha por muerte de la madre del comparente, quedó por cuenta de todos los partícipes ese fundo a causa de no prestar cómoda división entre ellos, y determinaron se hiciera venta de él cuándo hubiera oportunidad para distribuirse su valor, dejando la enajenación a voluntad del comparente como albacea que es; por lo cual, otorga que vende dicha casa al ciudadano Joaquín Blanco en precio de 630 pesos.
UntitledDoña María Dolores Galán, natural del pueblo de Ixhuacán y vecina antigua de este pueblo de Xicochimalco, hija de don Miguel Galán y de doña María de la Luz León, difuntos, vecinos que fueron del dicho pueblo de Ixhuacán. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Ordena se den 20 pesos a su hija Micaela Jerónima, y otros 20 pesos para la compostura de la parroquia de este pueblo. Manda se digan misas a la emperatriz del cielo, y otra de indulto. Previniendo los gastos de lo antes mencionado y lo que se acumule por gastos de su enfermedad, pide se saque del quinto, y el remanente de éste deja consignado a su hijo Manuel de Jesús y a su hija Manuela Tiburcia, para que se repartan en partes iguales. Declara fue casada con el finado don Diego Melchor Gutiérrez, ninguno de los dos llevó cosa alguna al matrimonio, y durante el procrearon catorce hijos, de los que murió María de la Luz [Gutiérrez]. Declara que su caudal se compone en bienes, y según el avalúo es de 6 172 pesos 2 reales 1 grano, que sacando el quinto, que es de 1 232 pesos 3 reales 7 granos y 45 centavos, quedan líquidos 4 929 pesos 6 reales 5 granos y 80 centavos. Nombra por sus herederos a sus hijos Micaela Jerónima, Juan José, María Manuela, Manuel Esteban, Manuel de Jesús, Manuela Tiburcia, María del Carmen, Diego Susano, José Vicente, José Joaquín, José Gabriel, Ana María y Juan Bautista [Gutiérrez]. En atención que sus hijos María del Carmen, Diego Susano, José Vicente, José Joaquín, José Gabriel, Ana María y Juan Bautista se hallan en edad pupilar, nombra por su tutor y curador de sus bienes a su hijo Manuel de Jesús, a quien le releva de fianza y le consigna fructos para alimentos y mantención. Nombra por albacea testamentaria, albacea y ejecutor de este testamento a su hijo Manuel de Jesús.
UntitledDon Dionisio Camacho, de esta vecindad, colector de diezmos de la cordillera de Xalapa, otorga arrendamiento en favor de don Manuel de Jesús Melchor Gutiérrez, los diezmos que se recauden en el pueblo de Jicochimalco [Xicochimalco], con inclusión de la parte del potrero de San Marcos, menos el ingenio de la Laguna, terminando por el lindero de la doctrina de Ixhuacán por el río de las Puentes, con la doctrina de Coatepec y por Teocelo con la Barranca y río que lo dividen, por término y espacio de dos años, que deberán de correr y contarse desde el día cinco del presente y por precio de 350 pesos anuales. Presente don Manuel, dijo que aceptaba este arrendamiento, y dio por fiador a su padre don Diego Melchor.
UntitledDon José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga en arrendamiento en favor de don Juan de Dios Ortiz y don Silvestre Antonio Ruiz, vecinos del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, de este cantón, todos los diezmos que pertenezcan a aquella feligresía, doctrina y comprensión por el término de 3 años, a partir del presente mes en adelante, por el precio de 550 pesos anuales. Y para mayor seguridad ofrecen por sus fiadores a don Diego Melchor y don Manuel de Jesús Melchor Gutiérrez, quienes aceptan que se constituyen como tal por los mencionados arrendatarios.
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