Mostrar 3 resultados

Descrição arquivística
Sem título
MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0115 · Item · 1834/08/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El presente escribano incorpora a este registro las diligencias relativas al nombramiento que hizo Pablo Parra y González en don José María Rodríguez Roa para curador de sus bienes.

Sem título
Sem título
MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0018 · Item · 1826/02/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Mariano Domínguez, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Luis García Teruel, residente en esta villa, como albacea del finado Ignacio Parra, la cantidad de 1 000 pesos por cuenta de lo que le puede pertenecer al hijo y único heredero, Pablo Parra y González. Y se obliga tener dicha suma por vía de depósito irregular, por el tiempo y espacio que dure la minoría del interesado o se habilite para percibirlo, satisfaciendo anualmente el premio de 5 por ciento o por parcialidades cada mes a su curador. Y para asegurar el pago en favor del menor interesado, hipoteca una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle del Ganado, a la que hace frente al oriente y del otro casa del finado don Manuel Allén, a quién pertenece la colindante por el costado del sur; por el opuesto del norte, con el de casa de los herederos de don José Antonio Ortiz; y por el fondo, al poniente, con terreno eriazo que pertenecía a Juan Prieto Rendón. Cuya deslindada finca se obliga a no enajenar hasta no estar satisfecho el principal y premios.

Sem título
Sem título
MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0150 · Item · 1835/11/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Mariano Domínguez, de esta vecindad y comercio, dijo que, por escritura otorgada en esta ciudad a 7 de febrero de 1826, recibió el comparente en depósito irregular la cantidad de 1 000 pesos pertenecientes al menor Pablo Parra y Domínguez, con calidad de réditos de un 5 por ciento anual y como seguro de la deuda hipotecó una casa ubicada en esta ciudad, en la calle del Ganado. Asimismo, dijo que con objeto de dejar libre de dicha hipoteca a esa propiedad, ocurrió al juzgado de primera nominación de esta ciudad, proponiendo se trasladara la hipoteca a otra casa que posee con establecimiento y oficinas de tenería y baños, ubicada en esta ciudad, en la calle de Cantarranas, lo cual se aprobó con audiencia del curador de dicho menor, por lo tanto, otorga que impone, carga y sitúa dicho capital de 1 000 pesos sobre la casa de la calle de Cantarranas, obligándose a conservar dicha cantidad en depósito irregular y a pagar el premio de un 5 por ciento anual, hipotecando la referida casa de Cantarranas, la cual hace su frente al norte con la referida calle; por el oriente linda con solar y curtiduría de don José Francisco Rivera; por poniente con casa y solar de las Monteros; por el sur con la orilla del río.

Sem título