Don José Miguel de Arias, vecino de México, y residente en ésta, otorga poder especial al excelentísimo señor Licenciado don José Ignacio de Ansorena, Ministro Superior de Justicia del Estado, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, finalice el juicio de inventarios y justiprecio de bienes del señor don José de Arias y Torija, padre del otorgante. Para lo antes mencionado, reciba por el otorgante la hijuela que le ha sido librada, y para que la división no se entorpezca, le amplia el presente poder para que resuelva cualquier controversia o desavenencias que puedan ocurrir.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Excelentísimo Señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias, y don Javier Arias, hermano de la misma, e hijos ambos y herederos del finado don José de Arias y Torija, otorgan que le confieren su poder especial al Capitán don José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos y acciones, que son idénticos a las de la señora doña María Josefa Fernández de Ulloa en cuanto al objeto a que se contrae este poder, pueda solicitar por vía de depósito irregular y término de cinco años con el rédito corriente de un 5 por ciento, la cantidad de 6 000 pesos, ya sea de las arcas de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otros. Y en consecuencia formalice a favor del interesado la escritura de obligación con hipoteca de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon José Ignacio Ansorena, juez de segunda instancia del Estado Libre de Veracruz y provisto senador de la Cámara de la Capital de la Federación, otorga poder general al señor don José Miguel de Arias, su hermano político, actual presidente del Honorable Congreso de este Estado, para que en su nombre y representación, halla, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, frutos, géneros y efectos que le deban. Y si para dichas cobranzas o liquidaciones fuera necesario comparecer en juicio de conciliación, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOLa señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODoña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes del Capitán don José de Arias y Torija, de esta vecindad, otorga poder especial al Excelentísimo Señor don José Ignacio de Ansorena, Ministro Superior de Justicia del Estado, para que en nombre de la otorgante, representando su propia persona y los derechos y acciones de sus hijos los herederos del señor Arias, prosiga todos los negocios de la testamentaria, así como, el juicio de inventarios hasta concluirlos, formar la cuenta de división y partición, hacer pagos y cobranzas. Asimismo, para que venda la casa situada en la calle del Beaterio de esta ciudad, perteneciente a dicha testamentaria.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO