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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0064 · Unidad documental simple · 1831/04/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Juana Salinas de Rodríguez, viuda de don José María Rodríguez, vecina de esta ciudad, como albacea de su esposo, otorga poder a don José María Herrera, residente en esta ciudad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, como tal albacea proceda a la venta de una casa que por fallecimiento del dicho finado quedó, la cual, está ubicada en la ciudad de Veracruz, en la calle que llaman de San Agustín el viejo, y es la que sale a la plazuela del muelle y convento de Nuestro Padre San Francisco para la muralla, con 7 y media varas de frente, y 28 y 3 cuartas de fondo, por el cual linda con casas de distintos dueños, por el oriente linda con casa alta perteneciente a la archicofradía del Santísimo Sacramento, por el poniente con casas bajas de distintos dueños, y por el sur con la referida calle, por el precio que sea de más beneficio. En caso de que no se realice la venta, proceda a reedificarla tomando las cantidades que necesite, hipotecando ese fondo a favor de las personas, comunidades o arcas que franqueen el capital o capitales con la correspondiente pensión del premio del 5 por ciento anual.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0072 · Unidad documental simple · 1837/06/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Asunción Cisneros, originaria de México y vecina en esta ciudad, hija de don José Cisneros y de doña María Gertrudis Sotomayor, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena las mandas forzosas y acostumbradas. Declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Rica, y después de su muerte, contrajo segundo matrimonio con Juan Bautista Brugada, con ambos no hubo prole. Señala que cuando se casó con Rica, ambos no tenían capital alguno, y a la muerte de éste disfrutaban una casa en esta ciudad en la esquina de los callejones de Flores y del Diamante con establecimiento en ella de posada y fonda, de cuyos bienes él la nombró heredera y albacea en el testamento que otorgó el 21 de julio de 1808. Declara que cuando pasó a segundo matrimonio, Brugado no poseía intereses algunos. Al presente posee por bienes la citada casa, y otra casita ubicada a la calle tercera principal con su frente al norte, además de sus muebles, imágenes, ropa y adornos de casa. Señala, que don José María Herrera le debe 500 pesos, y en el concurso de Zuluaga, en Cádiz hay un crédito a su favor, que manda se recauden. Ordena, que en los días de su novenario se distribuyan 45 pesos a pobres necesitados que elija su albacea. Asimismo, manda que, a la cantidad anterior, se le sumen otros 100 para que igual se distribuyan entre los pobres, a discreción también de su albacea. Ordena se den 100 pesos a la escuela de la parroquia de esta ciudad. Declara que en su casa hubo un huérfano nombrado Domingo, con apellido de su primer consorte, quien se separó de su casa e ignora su ubicación, pero en caso de que aparezca y tuviera necesidad de alguna cosa, manda se le socorra según lo decida su albacea. Ordena que las imágenes y adornos se distribuyan entre la escuela de la parroquia, doña MaríaTeófila Camacho y Reyes, don Eligio Nepomuceno Camacho y Reyes, doña María Josefa Mora y sus hermanas, doña Juliana Plata y sus hermanas, y la criada que fuere al momento de su fallecimiento. Manda que sus libros, con arreglo de una lista que dejará y la ropa y demás trastes se apliquen a las personas que le asistan en su última enfermedad. Declara, que habiendo decaído el establecimiento que le abastecía su sustento, tuvo que quitarlo por la calamidad de los tiempos, por lo que debido a la falta de recursos don Dionisio Luis Camacho y Reyes le ha estado franqueado cuanto necesita, y le ha ministrado hasta el momento 400 pesos y le prometió continuar beneficiándola hasta su fallecimiento, por tal motivo, ordena que la casa actualmente habita, quede exclusivamente destinada para que con su producto en venta se le cubra lo que le ha ministrado y siga ministrado, y también se ocupe para las urgencias. En caso de que con la venta de la mencionada casa no alcance la cantidad que fuere, se tomará dinero a rédito sobre la casa grande para completar el pago al dicho Camacho la cantidad que le debiere como para cubrir los legados que deja establecidos, mandas y demás. Nombra por su heredero a don Dionisio Luis Camacho, y en caso de que éste fallezca antes que él, nombraría a sus hijos. Nombra por su albacea testamentario al dicho don Dionisio Camacho, y por su falta a sus hijos don Eligio Nepomuceno, don Dionisio Luis, don Carlos Luis, don José María Doroteo, doña María Teófila y doña Juliana, para que se vayan sustituyendo uno a otro por el orden a sus edades.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0202 · Unidad documental simple · 1825/12/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, como apoderado que la señora doña Ignacia Rubio de Viña, viuda del coronel don Agustín de la Viña, otorga que vende, cede y traspasa realmente en favor de sí mismo, una casita de paredes de cal y piedra, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, situada en la segunda cuadra de la calle de Belén de esa villa, con la que hace frente de 16 varas hacia el oriente y del otro lado con casa que fue del finado don José María Herrera; y 28 varas de fondo hacia el poniente, por donde linda con casa que fue de doña Catarina Zárate; por el costado del sur linda con casa de los herederos de doña María Josefa de Atenas; y por el del norte, con el de casa de don José Fernández de Castañeda. Cuya deslindada casita, es la misma que don Agustín de la Viña hubo y compró de don Sebastián Fernández de Bobadilla, por escritura pública otorgada en la Nueva Veracruz a 14 de diciembre de 1802. La cual se vende por precio de 1 000 pesos libres de escritura y alcabala.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0154 · Unidad documental simple · 1824/12/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Juana Paula, María Prajedes, María Dolores y María Josefa Pacheco, hermanas mayores de veinticinco años de edad, la última de estado doncella y las tres primeras casadas con José María Olivares, José Manuel Arcos y José María Herrera, con licencia concedidas por sus esposos respectivamente. Y en unión de José Manuel Arcos, curador ad litem de María Rafaela Pacheco y José Esteban Pacheco, menores púberos y hermanos con las anteriores mencionadas. Otorgan que venden, ceden y traspasan en favor de don Cristóbal Montes de Oca, de esta vecindad, una casa de paredes de cal y piedra, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa en la tercera cuadra de la calle del Ganado, a la que hace frente al poniente con 15 varas y del otro lado casa de don Manuel Nava y Mota, con 70 de fondo, por donde linda, así como por el costado del sur con el de la casa de la colecturía de diezmos; y por el del norte con el de la casa que fue de don Antonio Arcos y una accesoria que de ésta se le vendió por escritura fecha a 27 de octubre de 1808. Cuya deslindada finca, es la misma que adquirieron por muerte de Paula Gertrudis Martínez, su madre, quien a su vez hubo y compró en esta villa a 20 de marzo de 1807. La venden solamente con 200 pesos que en sí reporta, pertenecientes a la cofradía de Ánimas de esta parroquia, que cargó Paula Gertrudis Martínez, por tiempo de cinco años de acuerdo a la escritura otorgada el 30 de mayo de 1809. La venden por precio de 1 000 pesos, en los términos que se mencionan en el acta.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0106 · Unidad documental simple · 1828/12/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Herrera, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a don José María Díaz, para que en representación de sus derechos y acciones, promueva todo lo que sea conducente a efectuar el cobro a don José Miguel Rodríguez de la cantidad de 1 673 pesos de una obligación. Asimismo, se le da éste con facultad de revocar y sustituir.

DIONISIO CAMACHO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE CUARTA NOMINACIÓN
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0024 · Unidad documental simple · 1830/03/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los ciudadanos: Vicente Barrientos, José Matías Conde y José María Herrera, residentes en este suelo; dijeron que el primero contrajo una deuda con don José Anastasio Conde, padre del nominado don José Matías, por cantidad de 390 pesos de que le otorgó obligación el 20 de junio de 1823 en plazo de un año y con pensión de réditos de 5 por ciento, pero no habiendo podido verificar el pago ni los réditos ascienden al presente 497 pesos y 6 reales. En cuya virtud convino con el expresado don Matías que representa a su padre don Anastasio, hacerle cesión de una casita que disfruta en esta villa a la calle que nombran de los Tecajetes, en pago de la deuda; y reduciéndolo a efecto, por la presente otorga que le hace formal cesión de la referida casita a don José Matías Conde en pago de los 497 pesos que se han relacionado, y en consecuencia le cede y le traspasa los derechos y acciones que a ese fundo le han pertenecido. Y el repetido Conde dijo que, su nominado padre contrajo una deuda de 1 420 pesos 3 y medio reales a favor de don Juan Gutiérrez de Zamora, del comercio de esta propia villa, sin haberlo podido satisfacer, y que no existiendo bienes de ese finado con que cubrirla sino la casa de que se habla en este instrumento, ha acordado con el refiero don José María Herrera a quien pertenece esa acción como marido legítimo de doña María de la Luz Zamora, hija del prenotado don Juan Gutiérrez, cederle el propio fundo para que se reintegre en parte de ese crédito; a cuyo fin y a virtud de la propiedad que ha adquirido el don José Matías Conde en la casita de que queda hecha relación, otorga que hace formal cesión de ella a dicho señor Herrera, y en su consecuencia se desiste, quita y aparta de todos los derechos que le pertenecen con respeto a ese fundo, y los cede y transfiere en el supradicho acreedor, a quien da su poder y facultad para que de su propia autoridad tome efectiva posesión. De cuya cesión enterado don José María Herrera otorga que la acepta dándose por entregado de los títulos y de la casita, con la cual se conforma en reintegro de los 1 420 3 y medio reales que le quedó debiendo el finado don Anastasio Conde, en el concepto de que no existan otros bienes suyos según se le asegura.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0139 · Unidad documental simple · 1839/10/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano Juan Rangel, de esta vecindad, dijo que posee por propio un solar con 7 varas de frente y 18 y media de fondo, ubicado en esta ciudad al callejón del Beaterio alias Bolsa del Diablo, con el cual hace frente al poniente, lindando por norte con solar de José de Jesús Gálvez, por sur con otro de doña María Petra Oropeza, y por oriente con la casa de Recogidas; cuyo deslindado solar compró a Vicente de los Santos Mena, mismo que hoy vende al ciudadano José María Herrera, de esta misma vecindad, al precio de 20 pesos.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0166 · Unidad documental simple · 1840/12/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

José María Herrera y José Cipriano León, de esta vecindad, dijeron que le tienen vendido a doña María Petra Oropeza dos sitios para fabricar, contiguos ambos, ubicados en esta ciudad, en el callejón del Beaterio, alias Bolsa del Diablo, con el cual hacen su frente al poniente, que el del primero tiene por dicho frente 7 varas, lindando por el norte con sitio que disfruta actualmente doña Rafaela Ballesteros; por oriente con espalda de la Casa de Recogidas; y por el sur con sitio de dicho José Cipriano León. Que el de Cipriano León tiene 14 varas de frente, lindando por el norte con el anterior, por el norte con la misma espalda de dicha Casa de Recogidas; y por sur con un callejón que da entrada para una casa que disfruta hoy doña María Guadalupe de Iriarte y Alba, pero que ese terreno de dicho callejón es también del propio vendedor. Asimismo, dijeron que el precio en que le han vendido dichos sitios a la señora Oropeza es, el del primero en 20 pesos y el del segundo en 28 pesos. Y por cuanto, ha solicitado la misma señora se le formalice instrumento público, se han prestado a ello los comparentes y reduciéndolo a efecto, otorgan que ratifican en toda forma la venta que le tienen hecha a la nominada señora.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO