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Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0147 · Unidad documental simple · 1824/11/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Becerra, actual alcalde constitucional de cuarta denominación, dijo que como albacea del finado presbítero don José Alejandro de Campo, que fue de esta vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de doña María del Rosario, doña María del Pilar, mayores de veinticinco años, doña María de la Piedad, doña María Teresa, doña María del Carmen y doña María Isaac Pavón y Jiménez de esta vecindad, hermanas y de estado doncellas, una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, de edificio bajo, con unas viviendas altas en el interior, situada en esta villa, en la calle que llaman Nueva, a la que hace su frente hacia el sur, con 12 varas y del otro lado, casa de doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa y 76 varas de fondo hacia el norte, por donde termina con una cuchilla o martillo donde tiene el zaguán y alcantarilla de su agua para el callejón que nombran del Síndico por donde linda con el costado de casa de la difunta María Vanegas, por el costado del oriente, linda con el de casa del finado don Juan Antonio Figueiras y por el del poniente con el casa del finado don Juan de Tejada y Miñón. Cuya deslindada casa, es la misma que el presbítero de Campo, hubo y heredó por fin y muerte de su hermana, doña Ana Catarina de Campo. La vende con todo lo que le pertenece, incluso el agua corriente que disfruta, que es una tercera parte de la que el finado don José Ignacio Pavón y Muñoz, padre de las compradoras, sacó en terreno propio en el barrio de Xallitic y de que vendió esta parte al presbítero Campo, con la carga de sufrir una tercera parte de los gastos de recomposiciones de la toma y cañería y la que tiene cargados 500 pesos de principal, de una memoria de misas rezadas, que el mismo presbítero cargo sobre ella, por escritura que otorgó en esta villa el 7 de noviembre de 1801. Cuya venta la hace por el precio de 3 300 pesos, con más el monto de la alcabala que han lastrado las compradoras. De los cuales 2 800 pesos en reales de contado y los 500 pesos restantes, que han de continuar reconociendo provisionalmente sobre la misma finca, pues de cargo del otorgante el allanar la redención de ellos, pues la casa le ha de quedar libre de toda afección; pero si satisfarán los premios para subvenir a las cargas piadosas de la fundación.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO