El ciudadano Pascual Campomanes, alcalde de tercera nominación, actuando como testigo de asistencia por excusa del único escribano que hay en esta ciudad, compareció doña Mauricia Serrato, mujer legítima de don Salvador Ramírez, vecina de esta ciudad, dijo que por fallecimiento de su anterior marido, don José María Torres, quedó una casa ubicada en la ciudad de Puebla a la calle que nombran de la Huerta, propiedad que ha resuelto vender y para tal efecto otorga poder al licenciado don Julián Cantú, vecino de la referida ciudad de Puebla.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl licenciado don Alejandro Medina, vecino de la ciudad de México, residente en esta, otorga poder especial a don José María Ruiz, de esta vecindad, para que en su representación, se presente en el Tribunal Superior de Justicia de este departamento, a oír la sentencia para la que fue llamado hace más de medio año, por el ocurso que contra él dirigió don Pascual Campomanes, apoderado del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la cual no ha podido darse hasta la fecha, siguiéndole demora y perjuicio que en parte trata de evitar con regresarse a dicha ciudad de México. Y oída dicha sentencia, consienta lo favorable y de lo perjudicial apele y suplique. Para cuyo efecto haga, promueva y practique cuantos actos, asuntos, agencias y diligencias importen.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALEl presente escribano certifica, que doña Micaela Torres, compareció ante él, presentándole un pliego cerrado con su cubierta, en el que la dicha Micaela otorga su testamento con fecha de hoy, declarando quiere que su testamento permanezca cerrado, para que después de su fallecimiento se abra y publique en la forma legal, revocando todos los testamentos, codicilios, poderes y últimas disposiciones que antes de ésta haya hecho. Así lo firmó, siendo testigos los ciudadanos Pascual Campomanes, Pascual Caballero Ortiz de Zárate, Félix Lucido, Ángel Benítez, Joaquín Guevara, Manuel Cosa y José María Valero.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Vicente Maldonado, presbítero domiciliario de este obispado y recaudador de vacantes, de tránsito en esta ciudad, dijo que habiendo renunciado el señor don José María Rodríguez Roa el poder que le confirió desde Puebla, hoy prefecto de este distrito, por cuya causa no puede seguir desempeñándolo; por lo cual, como recaudador que es, otorga poder a don Pascual Campomanes, de esta vecindad, para que en representación de su persona como tal recaudador de vacantes de este obispado y de los derechos que le asisten al ramo que le será encargado, haya, demande, perciba y cobre todo lo que le deban los dueños de las fincas que reportan gravámenes a favor del expresado ramo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María Ochoa; don Francisco Peña, apoderado general de la señora doña María Francisca Peredo; don Vicente Camacho y don Pascual Campomanes, todos de esta vecindad y comercio, dijeron que en el Juzgado Mercantil de esta ciudad se han seguido autos de concurso a bienes de don Pascual Gómez, que también fue de su comercio, en el que representaba el señor Ochoa por la cantidad de 244 pesos; la señora Peredo por 71 pesos resto de una obligación de 200 pesos; el señor Camacho por 100 pesos; el señor Campomanes por 194 pesos 1 real; y habiendo seguido el juicio con citación de los demás acreedores, el tribunal a los 10 días del mes de julio del presente año, proveyó auto definitivo mandando que del valor de los bienes se tomen y se haga pago previa la liquidación conveniente a sus respectivos acreedores, dando cada uno de los pagados fianza de acreedor, cuya liquidación se realizó en forma. Por lo cual, otorgan que se obligan a volver incontinenti que sean requeridos sin la menor excusa ni dilación, las cantidades que cada uno ha recibido en caso de aparecer acreedor más privilegiado.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOComparecieron María Basilia, María Gregoria, María Catarina Sánchez, esposa la segunda de Juan Torres y la tercera de Manuel Bonifacio ambas con licencias previas de sus esposos, José Rafael Sánchez y el señor Manuel María Quiroz, curador de la menor María Manuela Sánchez. Señala María Basilia, que su señora madre doña Basilia Martínez, viuda de don Gregorio Sánchez, falleció bajo memoria simple, y de conformidad con lo que aquella dispuso se dividieron los bienes previo avalúo de la casa, el cual ascendió a 200 pesos como lo acreditaron ante el señor alcalde segundo de esta ciudad don Pascual Campomanes. Que en consecuencia ha entregado a su hermana Gregoria y a sus sobrinos María Catarina, José Rafael, y al señor curador de María Manuela Sánchez sus respectivos haberes, y percibido lo que a ella corresponde. Siendo por el valor de la casa en los términos siguientes: 66 pesos 5 reales 4 granos a María Gregoria, 22 pesos 1 real 9 granos a María Catarina, e igual cantidad a José Rafael y otra tercera al señor curador de María Manuela, hijos los tres del finado Marcelo de los Santos Sánchez, su hermano, quedando la relacionante con la casa de pared cubierta de madera y teja, por el valor de los citados 200 pesos en que se le adjudica, por lo deteriorado que se encuentra. Los comparentes, otorgan que adjudican a María Basilia, la casa enunciada, que está situada en terrenos del común de indígenas de esta ciudad a orillas del camino principal que sube para la Garita que llaman de México, haciendo frente al sur con dicho camino, y por los costados de oriente y poniente como por su fondo al norte linda con terrenos de la misma comunidad.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOEl presbítero don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate, domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, natural de esta villa y vecino de la doctrina del pueblo de Coatepec, hijo legítimo de don Manuel Rincón y de doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate, ambos difuntos; otorga poder especial a su hermano el presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, vecino de esta villa, para que después de terminados los días de su vida, haga y ordene su testamento, con total arreglo y sujeción a las instrucciones y comunicados que de palabra o por escrito que le ha dicho, haciendo por su alma los bienes y sufragios que le anunció. Y se nombre en él, como lo hace por la presente como su albacea y por último se instituya y nombre por su único y universal heredero para que guarde y cumpla su última voluntad.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, de esta vecindad, en nombre de la finada doña Ana Ladrón de Guevara, en virtud del poder para testar que ésta confirió a su señor padre don Matías [Martínez de Espinosa], y por su falta a él, su fecha en esta ciudad a los 17 de julio de 1833. En atención de haber fallecido el dicho su padre, poco después del fallecimiento de esa señora sin haber cumplido el citado poder. Por lo antes mencionado, el comparente, por la facultad que tiene del poder mencionado, procede a formalizar el testamento en la forma siguiente: el fallecimiento de la señora Ana fue el 23 de julio de 1833 en esta ciudad, sepultada en el pueblo de Jilotepec, con un funeral medianamente decente. No se sabe si mandó se le dijeran misas, pero él se las mandó a decir, tampoco sabe si la señora mandó las mandas forzosas, sin embargo, él mandó dar las limosnas. Mandó se dieran por vía de legado 100 pesos a María Antonia Gutiérrez, madre de Mariano Guevara alias Techacapa, y 100 pesos a las señoras doña Josefa y doña Micaela González. Dicha señora Ana, no fue casada, ni tuvo descendientes. Por fallecimiento del presbítero don José Ladrón de Guevara, cura que fue de Jilotepec, hermano de la referida señora, recayeron en ella los bienes de aquel por haber muerto intestado. Por bienes de doña Ana, señala los siguientes: la cantidad de 984 pesos uno y medio reales, 665 pesos uno y medio reales que el mismo su padre recogió en numerario de doña María Antonia Gutiérrez, quien se los tenía guardados a aquella. Los libros del señor cura difunto. Animales como vacas y ovejas, un crucifijo, una Dolorosa, una mula de silla en poder del presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta, y otros animales y algunas cargas de maíz que quedaron en poder del señor cura Gabriel Palacio y Acosta. Un crédito de 1 800 pesos que gobierno le adeudaba al referido cura Guevara de cierta pensión, por cuenta de dicho crédito se le dio al comparente, en la comisaria un certificado de 800 pesos, mismos que vendió en 400 pesos por lo que, solo resta gobierno 1 000 pesos. Una aceitera y vinagrera de plata que él vendió en 30 pesos. Algunos créditos consistentes, en lo que los feligreses de la parroquia de Jilotepec le adeudan al repetido difunto cura Guevara por obvenciones y por préstamos que hizo para la fábrica del templo. Declara que de los expresados bienes se deben deducir los gastos erogados de enfermedad y entierro, tanto de la señora Ana como del señor cura, su hermano. Declara que la señora Echagaray, reclama un pico que se le adeuda, más al contrario existen indicios de que ella es deudora a esta testamentaria. Asimismo, María Antonia Gutiérrez y otras personas han reclamado deudas de esta testamentaria, más no se han justificado esos créditos. De todo lo que se ha recogido perteneciente a esta testamentaria se halla incluida en la masa de esta mortuoria. Para cumplir el presente testamento, se auto nombra, tal y como lo dejó nombrado la señora Ana Ladrón de Guevara en el referido poder. También se nombra heredero, después de hecha las deducciones de los bienes de dicha finada.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, clérigo domiciliario de este obispado de Puebla, hijo de don Bernardo Leboreiro y de doña María Baena, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultado en la manera que dispongan sus albaceas. Señala por sus bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta ciudad. Una de ellas en la primera calle que de las gradas del atrio de San Francisco conduce para la ermita de Santiago, y la otra, en la calle, también de Santiago, asimismo, tiene libros, muebles y ropa de uso. Ordena que la casa de la última calle de Santiago, la vivan por sus días los señores Ignacio Ortega, su esposa Juana Hernández y Joaquina Ortega, hija de ambos, y por la falta de ellos tres, se alquile para que con sus rendimientos se socorran a los pobres. Asimismo, ordena que la casa de la primera calle de Santiago se alquile, luego que él fallezca, y que sus rendimientos se distribuyan semanalmente los sábados, en socorrer a los pobres. Ordena que sus libros se realicen, para que de sus importes se distribuyan también a los pobres. Manda que su ropa de uso y los muebles de casa, se entreguen a su criada Joaquina Ortega, para que disponga a su arbitrio. En caso de que tuviese algunos bienes más, ordena se apliquen igualmente a los pobres, atento a no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes. Nombra por su albacea al presbítero don José Francisco Campomanes, actual cura de esta feligresía, y a su hermano don Pascual [Campomanes]. Solicita al presente escribano, que en la copia que ha de dar de este testamento, deje 4 hojas en blanco, rubricadas de su puño, y ordena que lo que en ellas se señale se le dé también validación, como si estuviese incorporado al presente testamento.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Marcos Díaz Aparicio, de esta vecindad, otorga poder especial a don Pascual Campomanes, también de esta vecindad, para que en su nombre demande judicialmente a don José Antonio Franceschi y Castro, por cantidad y razón que en lo particular le comunicará en sus instrucciones.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, JUEZ RECEPTOR