Don José Ruiz Sánchez, de este comercio y vecindad, dijo que por cuanto por disposición del señor comandante de armas de esta villa, se ha formado sumaria averiguación para descubrir el origen y procedencia de dos cajones de pólvora que se encontraron en casa de don Dionisio Camacho y otros dos que sorprendió el resguardo en la calle. Y de cuya sumaria, el capitán don José María Retana mandó a restar a Camacho en el cuartel de Cívicos de esta villa y como quiera que de las actuaciones resulta estar dicho Camacho en el caso que prescribe el artículo 296 de la Constitución que actualmente rige, el mencionado fiscal ha mandado que sea puesto en libertad bajo fianza. Y el compareciente deseando de hacerle este servicio, se constituye fiador y carcelero de don Dionisio Camacho, a quién recibe en las puertas de su arresto; y se constituye a presentarlo cada y cuando se le mande por el fiscal de la causa u otro juez que corresponda.
Sans titre
MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0067
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Pièce
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1824/03/24
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa