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Archivistische beschrijving
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0063 · Stuk · 1824/03/13
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Hermenegildo Marcos Pérez, vecino y del comercio de la Nueva España, residente en esta villa, en virtud del encargo de don Roque Gómez, ausente en Sevilla, otorga poder especial a don Manuel María Vargas, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y en representación de los derechos que le asisten por el mencionado don Roque Gómez, perciba y cobre de don Diego de León, vecino de Chignahuapan, la cantidad de 1 338 pesos 6 y medio reales que le adeuda de géneros y responsabilidad de otro tercero. Y para tal efecto, haga todas presentaciones, actos, y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan.

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1645, Expediente 1
MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_0359 · Stuk · 04/09/1649
Part of Archivo Notarial de Orizaba

Se tomó la razón de una pipa de vinagre en 6 barriles, que lleva Alonso Gómez en su recua para entregar en México a Diego de León.\n

1645, Expediente 1
MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_0661 · Stuk · 22/06/1655
Part of Archivo Notarial de Orizaba

Se tomó la razón de 8 arrobas de vino, que lleva Diego Ponce en su recua para entregar en México a Diego de León.\n

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MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0131 · Stuk · 1710/12/31
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Testimonios de las personas que presenciaron el pleito entre Francisco Estévez y Diego de León, maestro de sastre, quienes riñeron en la calle con sus espadas por unos cortes de sarga que Estévez no quiso darle a Diego de León, para mostrárselos al Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, saliendo herido el dicho Diego de León, habiendo sido necesario amputarle el dedo índice de la mano derecha. Se citan las declaraciones de Pedro Rodríguez Romano, español de treinta años, vecino de esta villa; Andrés Estévez, español de sesenta años; Astasio de Benavides, español de treinta años; Lorenzo de Guzmán, español de noventa y cinco años de edad; Diego de León; Francisco de Rivera, maestro de cirujano, de treinta y seis años.

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MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0066 · Stuk · 1716/07/09
Part of Archivo Notarial de Córdoba

El Capitán Juan Gómez Dávila, don Joaquín José Gómez Dávila y doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, todos vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre de Pedro Trillo, en virtud del poder que de él tienen, otorgan su testamento en la manera siguiente: Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de padre San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, fronterizo a la capilla de Nuestra Señora del Rosario, y la forma de entierro se hizo como lo pidió. El difunto les dejó comunicado se dijesen 25 misas rezadas por el alma de Juan Camaño, asimismo, les dijo debía a Antonio Millán Quijada, a Juan Hernández, al Capitán Pedro Mosquera, que le había suplido para la siembra de tabaco, y 21 pesos y cinco reales de réditos de la capellanía que está sobre su casa. También, les comunicó que aunque tenía pagada una escritura de 1 500 pesos al Capitán don Antonio Díaz Maseda, como constaba de recibo simple que le había hecho don Domingo González, su apoderado, encargó a los dichos sus albacea solicitaran la cancelación de la escritura y satisfacer al susodicho los réditos que restaba. Declaran que le debían diferentes cantidades de pesos las personas siguientes: el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, el Capitán don Manuel Gómez Dávila, Diego de León, maestro de sastre, Juan de León, el Capitán don Alonso Gómez Dávila y otros más que se mencionan en esta escritura. También, le debe el Alférez don Diego Sequeros de Sotomayor, por concepto de arrendamiento de la casa en que vive, de dieciséis meses a razón de dos pesos cada uno. Dijeron que el difunto tenía en su poder 350 pesos poco más o menos pertenecientes a doña María Trillo de Figueroa, su hija, mismos que el Capitán don Juan Gómez Dávila en el ajuste de cuentas que tuvieron y en el que éste le hizo manda graciosa a la susodicha su sobrina, de lo cual declaran hubo yerro en la citada cantidad, por ser en realidad 400 pesos de manda graciosa. El difunto dejó por bienes un rancho de beneficio de tabaco con tres casas, herramienta, una cosecha de tabaco, el menaje de casa de vivienda y lo demás que le pertenece y de lo que se hará inventario. También, dijeron que los nombró albaceas testamentarios, y a María Pedraza por su tenedora de bienes, tutora y curadora, y nombró por sus herederos a Pedro Joaquín, Miguel y María Trillo de Figueroa, sus hijos.

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1645, Expediente 1
MX UV.USBIX ANO-E-0092-EO_0092_0615 · Stuk · 26/08/1654
Part of Archivo Notarial de Orizaba

Se tomó la razón de 23 tercios de cacao, 2 barriles de aguardiente y 2 de vinagre, que Juan Jiménez remite a México, en recua de Juan Francisco, vecino de la nueva villa de Córdoba, para entregar a Diego de León.\n