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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0020 · Unidad documental simple · 1831/01/28
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Manuel de Izaguirre, doña Isabel y doña Concepción Blasco y doña María del Rosario Almanza, nietos y herederos de doña Josefa Andrea Godoy. Los tres primeros, como mayores de edad y libres de tutela y ajena administración y la cuarta en compañía y con licencia de su esposo, don Javier de Echeverría, otorgan poder a don Pedro y don Antonio de Echeverría, hermanos, residentes en Veracruz, para que hagan las gestiones convenientes con el fin de acreditar la propiedad que le correspondió a la citada Josefa, y que ahora pertenecen a los comparentes como herederos forzosos de ella. Las propiedades que se mencionan son dos casas que se hallan incluidas dentro de los bienes de don Miguel Ignacio de Miranda y demás bienes a que tienen derecho. También, para que puedan aceptar herencias con beneficio de inventario y no de otra suerte, asimismo, se encarguen de las cobranzas y pleitos que tengan o en adelante tuvieren.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0096 · Unidad documental simple · 1830/08/23
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

La señora doña María Francisca Migoni y el señor don Javier de Echeverría, la primera es viuda de don Pedro Miguel de Echeverría e hijo de este señor el segundo, dijeron que dicho finado otorgó poder a favor de don Leonardo Santos Suárez, vecino de Nueva York, para que cobrara del Banco de los Estados Unidos los capitales que allí tenía impuestos dicho finado. Y que en virtud del fallecimiento del mismo se necesita la representación de su viuda y herederos, por cuya razón, siendo del número de éstos los señores don Pedro y don Antonio Echeverría y Migoni, residentes en Veracruz, han acordado facultar los relacionantes a los nominados don Pedro y don Antonio con objeto de que en dicha ciudad formalicen el poder. Por lo que en aquella vía y forma otorgan que le confieren poder a los nominados don Pedro y don Antonio Echeverría y Migoni, para que a nombre de los comparentes puedan otorgar el poder que se requiere para el cobro de los indicados intereses y cualquiera otra que se le estén debiendo al precipitado finado.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0053 · Unidad documental simple · 1824/02/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Javier de Olazábal, don Pedro Miguel de Echeverría en representación de su hijo don Javier de Echeverría, por estar ausente, don José María Gutiérrez de Zamora, don José María Pastor y los señores Cortecano y compañía, todos vecinos y del comercio de la Nueva Veracruz, residentes en esta villa, otorgan que dan poder general a don Domingo de Olazábal, también vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, frutos, géneros y efectos que les deban. Y para que de todo cuanto en virtud de este poder percibiere y cobrare, otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos; así como para que administre, gobierne y rija, cualquiera de sus bienes. Además, para que demande o los defienda y a cada uno en sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales. Y para que comparezca en juicio ante cualquier señor juez y justicia en sus reales audiencias y tribunales superiores e inferiores.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0134 · Unidad documental simple · 1833/09/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Francisca Migoni, don Javier, don Antonio y don Pedro José de Echeverría, residentes en esta ciudad, dijeron que habiendo fallecido sin testar don Pedro Miguel de Echeverría, marido que fue de la primera y padre de los demás, se siguió en el juzgado cuarto, de esta ciudad, el respectivo expediente, en el cual previas todas las diligencias legales y con dictamen del asesor, el juez declaró por intestado al referido don Pedro Miguel de Echeverría y por herederos de éste a sus hijos, como consta de dicho expediente. Posteriormente el alcalde cuarto facultó a los interesados para que procediesen a formar los inventarios de los bienes de dicho intestado; y así mismo, el escribano certifica que a la viuda le pertenece la mitad de los bienes gananciales y la otra mitad, a sus hijos. Por consiguiente, los comparentes en uso de las acciones otorgan que dan poder a don Pedro de la Quintana, residente en Londres, para que en su representación pueda recibir y reciba en administración los bienes que el difunto tenía en aquella capital en poder de don Francisco de Borja Migoni, que igualmente es ya difunto, y les corresponden a los otorgantes. Cuyos bienes administrará en la mejor forma con arreglo a las comunicaciones que le dirijan y; si para la recaudación fuese necesario evacuar algunas gestiones jurídicas o extrajudiciales, las ponga en ejecución según lo requieran las leyes, usos y prácticas de aquel país.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO