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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0011 · Unidad documental simple · 1829/01/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los ciudadanos Manuel Torres y Otero y Manuel de la Torre y Carvia, vecinos de esta villa, dijeron que están siguiendo autos ante el alcalde tercero de esta villa, los cuales tuvieron principio el 16 de enero de 1828, por demanda que el primero puso pretendiendo se liquidase las cuentas del tiempo que en compañía manejó el caudal de doña María Victoria Solera y habiendo reflexionado que por los dudoso de su éxito se les ocasionaría crecidos gastos, dilaciones y disturbios. Y para evitarlos han determinado comprometer sus acciones y representaciones en personas de ciencia y conciencia de toda su satisfacción y para que tenga efecto, otorgan que comprometen sus pretensiones en los ciudadanos Juan Antonio Lerdo de Tejada y Andrés Farías, de la misma vecindad, a quienes nombran por sus jueces árbitros, arbitradores y componedores amigables, confiriéndoles tan amplia facultad y jurisdicción, para que dentro del término que el señor juez que conoce de los autos les señale y que comenzará a correr desde el día siguiente al de la aceptación de este encargo. Y en caso de no conformarse en la decisión o en cualquier otra cosa concerniente a ella, eligen por tercera persona al ciudadano Dionisio Camacho, el cual ha de dar su voto adhiriéndose al que de los mencionados jueces contemple más arreglado.

FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE PRIMERO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0015 · Unidad documental simple · 1825/03/02
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Torres y Otero, del comercio de Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan Manuel Hernández, de esta vecindad, para que en su nombre y representación, tome, ajuste y liquide cuentas que tiene pendientes con don Francisco Escalada, dependiente de don Manuel Orioste, vecino de Veracruz, cantidad procedentes de una partida de aguardiente que compraron por catalán y resultó francés. Y si por la cobranza fuere necesario contienda de juicio, haga pedimentos, requerimientos y demás que sea necesario.

JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ PÉREZ, ESCRIBANO NACIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0193 · Unidad documental simple · 1825/12/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Torres y Otero, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan José Fernández, también del comercio de Veracruz, para que en su nombre y representación perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don José Joaquín Guergue, del comercio de Oaxaca, la cantidad de pesos que le adeuda de resultas de las relaciones mercantiles, procediendo para ello a la liquidación y purificación de las cuentas por lo cual le dará instrucciones, también, haciendo lo mismo para la recaudación de otros pesos que le adeudan otros vecinos del mismo Oaxaca. Haciendo para uno y otros particulares todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias. Y de lo recaudado y de lo percibido otorgue los recibos correspondientes.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0018 · Unidad documental simple · 1838/10/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los señores Muriel Hermanos, vecinos y del comercio de la ciudad de Veracruz y residentes en este suelo, otorgan poder especial a don José Luis Rodríguez, vecino y del comercio de esta ciudad de Xalapa, para que en sus nombres y representación comparezca en este Tribunal Superior a mejorar el recurso de apelación interpuesto por los citados señores Muriel Hermanos en el Tribunal Mercantil de aquella plaza, en el expediente que sigue contra don Manuel Torres y Otero, apoderado de los señores Sierra Hermanos, del comercio de Barcelona, sobre varias diferencias.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0020 · Unidad documental simple · 1826/02/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Victoria Solera, viuda de don Cayetano Brocos, que fue del comercio de la Nueva Veracruz, por la presente se constituye fiadora y principal pagadora, en favor de su socio don Manuel Torres y Otero, que gira sus relaciones mercantiles en caución del erario público, por cantidad de 1 896 pesos a que ascendieron los derechos de los efectos que aquel remitió a Oaxaca, con la guía número 319, que aunque asegura haberse satisfecho en aquella ciudad según justificantes que ha presentado, los que no estimándose por bastantes, desde luego, por esta comisaría general se le han detenido ocho valores de papel hasta la resolución del caso y como este renglón está sujeto a vicisitudes en su precio, ha asentido el señor comisario a la entrega con tal de que la compareciente otorgue la fianza que aquel ofreció y en cuya virtud se constituye como tal fiadora.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0003 · Unidad documental simple · 1825/01/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Torres y Otero, del comercio de Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan José Mella, vecino y del comercio de Veracruz, para que en su nombre y representación, ajuste y liquide cuentas que tiene pendiente con don Francisco Escalada, dependiente de don Manuel Orioste, del propio comercio, procedentes de una partida de aguardiente que comprado por catalán resultó francés.

JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ PÉREZ, ESCRIBANO NACIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0062 · Unidad documental simple · 1825/04/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Victoria Solera, vecina de la Nueva Veracruz y residente en esta, viuda de don Cayetano Brocos, dijo que habiendo cesado el motivo principal con que confirió poder [especial] a don José Manuel Reyes, con fecha del 11 de marzo pasado, para el arreglo y liquidación de cuentas con su socio don Manuel Torres y Otero, y estando Reyes próximo a restituirse a su destino de la villa de Alvarado, la compareciente otorga que revoca y anula el relacionado poder, dejando a Reyes en su buena opinión y fama.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0115 · Unidad documental simple · 1825/08/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Carlos José Rebolledo, de este comercio y vecindad, dijo que por cuanto don Manuel Torres y Otero, también de este comercio, le ha concedido prórroga de tiempo para el pago de los 2 032 pesos y medio real que aún le debe, para el completo de los 5 000 de los que le otorgó escritura el 27 de febrero del año próximo pasado, a condición de conceder nueva obligación con la fianza de don Mariano Cadena. Por lo cual, se obliga al cumplimiento de los 2 032 pesos y medio real en partidas parciales, de manera que al término de los ocho meses de prórroga ha de estar enteramente pagada dicha cantidad, con más el premio de 5 por ciento. Y para mayor seguridad del pago, hipoteca las fincas y bienes que señaló en la escritura del diez de mayo último, menos la tienda mestiza que tenía en la plaza Principal de esta villa, por la haberla vendido, y en su lugar hipoteca una tienda mestiza ubicada en el pueblo de Coatepec, al cargo de su hijo José Antonio Seferino Rebolledo y 20 vacas de cría en el potrero de don Juan Francisco de Bárcena, al cargo de su hijo Marcos Rebolledo; y como fiador a don Mariano Cadena, de este comercio y vecindad, quién acepta y se constituye como tal.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0158 · Unidad documental simple · 1823/11/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad en representación de doña María Guadalupe de la Pedreguera y de su marido don José Simón de la Portilla, vecinos de la capital de México, por la presente otorga que da en arrendamiento a favor de don Manuel Torres y Otero, emigrado del comercio de la Nueva Veracruz, toda la planta baja de la casa que dicha señora posee en esta villa, en la esquina de la plaza Principal y calle de Velen [Belén], con inclusión de las viviendas que tienen puerta. Dicho arrendamiento es por el tiempo de cuatro años, que deben contarse desde el día primero de los corrientes y terminará el 31 de octubre de 1827, por la cantidad de 90 pesos mensuales. Y el inquilino se obliga a devolver los armazones de la tienda y almacén contiguo, mostradores y cielos que pertenecen a la casa, en el estado que hoy guardan; además ha de pagar de pronto por sus avalúos, las cortas existencias que hay en la trastienda y el valor de los polines que hay en las bodegas y recibirá un inventario de los trastes y artefactos de la panadería, así como las llaves de las puertas del inquilinato.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO