Don Genaro Garza, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, dijo que el 25 de septiembre de 1822 en aquella ciudad, otorgó su testamento con todas las cláusulas, vínculos y requisitos que lo constituyen legal, pero no pudo firmarlo, porque en el preciso momento fue el rompimiento del fuego que hizo el Castillo de Ulúa a la Plaza, teniendo que salir de allí, ya no pudo atender éste ni otros asuntos particulares y; como en dicha disposición están comprendidos todos los particulares y por menores como su última voluntad. Por la presente que quede subsistente y valedera en todas y cada una de sus partes sin que lleve su firma; pues al efecto hace la presente, para que en el caso de que, si antes que llegue a firmar dicho testamento falleciere, quede valedero aquel con la fuerza que le da la presente declaración.
Sans titreDoña Juana Viveros, otorga que da en arrendamiento a don Lucas Antonio Romero, de esta vecindad, el trapichito de moler caña nombrado Tenampa, de donde es vecina, ubicado en doctrina y jurisdicción de Naolinco de éste cantón, con el terreno preciso de los campos de caña, el zapote y el limón, y parte del terreno abierto para que paste el apero de él, que le traspasó a ella a reales de contado, y otras veinte o veinticinco cabezas más con las crías que reproduzca. También se incluyen los útiles, oficinas y todo lo anexo al trapiche, como las rentas de los que en él siembran caña, y el resto del terreno le quedaran a ella en absoluto dominio. Dicho arrendamiento empieza a contarse desde hoy y durará por término de nueve años, por precio de 410 pesos cada uno que pagará dentro de cuatro meses. Siendo condición, que ella entrega con formal inventario y avalúo por peritos designados por ambas partes, para que al cumplirse el plazo de arrendamiento, se le entregue de la misma forma, y pagarles de contado las mejoras y aumentos, tanto de la fábrica como de los campos, o en su caso le abone el, los deterioros que hubiere del mismo modo. Por tanto, don Lucas Antonio Romero aceptó lo mencionado en este contrato y ofreció por su fiador a don Bernardo Sayago, vecino de este comercio y vecindad.
Sans titreDon Lucas Antonio Romero, residente este suelo, dijo que le es deudor a don Felipe Huesca, vecino del puente de Dios, de la cantidad de 1 297 pesos y 4 reales, importe de un trapiche ubicado en tierra de Maxtatlán, que el comparente le ha tomado en traspaso, cuya suma debe enterarla a Huesca en dos plazos, caucionándose dichos pagos por el señor don José María Ochoa, Alcalde de cuarta nominación, quien debe obligarse como principal pagador. Y debiendo formalizar el instrumento público, el nominado don Lucas Antonio Romero dándose como se da por entregado a su entera satisfacción del trapiche se confiesa deudor de dicha cantidad, y para cuya seguridad don José María Ochoa otorga que se constituye principal pagador de la repetida suma.
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