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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0137 · Pièce · 1836/11/15
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

El señor presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, cura actual de la doctrina de Jilotepec, y sus hermanos don José Mariano y don Rafael Palacio y Acosta, el primero como albacea de su finado padre don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, y los tres como herederos del mismo difunto, otorgan poder a su otro hermano don Miguel Palacio y Acosta, para que a nombre de todos perciba y cobre las cantidades y bienes que se le deban a la testamentaría del mencionado finado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0040 · Pièce · 1837/04/17
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, de esta vecindad, en nombre de la finada doña Ana Ladrón de Guevara, en virtud del poder para testar que ésta confirió a su señor padre don Matías [Martínez de Espinosa], y por su falta a él, su fecha en esta ciudad a los 17 de julio de 1833. En atención de haber fallecido el dicho su padre, poco después del fallecimiento de esa señora sin haber cumplido el citado poder. Por lo antes mencionado, el comparente, por la facultad que tiene del poder mencionado, procede a formalizar el testamento en la forma siguiente: el fallecimiento de la señora Ana fue el 23 de julio de 1833 en esta ciudad, sepultada en el pueblo de Jilotepec, con un funeral medianamente decente. No se sabe si mandó se le dijeran misas, pero él se las mandó a decir, tampoco sabe si la señora mandó las mandas forzosas, sin embargo, él mandó dar las limosnas. Mandó se dieran por vía de legado 100 pesos a María Antonia Gutiérrez, madre de Mariano Guevara alias Techacapa, y 100 pesos a las señoras doña Josefa y doña Micaela González. Dicha señora Ana, no fue casada, ni tuvo descendientes. Por fallecimiento del presbítero don José Ladrón de Guevara, cura que fue de Jilotepec, hermano de la referida señora, recayeron en ella los bienes de aquel por haber muerto intestado. Por bienes de doña Ana, señala los siguientes: la cantidad de 984 pesos uno y medio reales, 665 pesos uno y medio reales que el mismo su padre recogió en numerario de doña María Antonia Gutiérrez, quien se los tenía guardados a aquella. Los libros del señor cura difunto. Animales como vacas y ovejas, un crucifijo, una Dolorosa, una mula de silla en poder del presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta, y otros animales y algunas cargas de maíz que quedaron en poder del señor cura Gabriel Palacio y Acosta. Un crédito de 1 800 pesos que gobierno le adeudaba al referido cura Guevara de cierta pensión, por cuenta de dicho crédito se le dio al comparente, en la comisaria un certificado de 800 pesos, mismos que vendió en 400 pesos por lo que, solo resta gobierno 1 000 pesos. Una aceitera y vinagrera de plata que él vendió en 30 pesos. Algunos créditos consistentes, en lo que los feligreses de la parroquia de Jilotepec le adeudan al repetido difunto cura Guevara por obvenciones y por préstamos que hizo para la fábrica del templo. Declara que de los expresados bienes se deben deducir los gastos erogados de enfermedad y entierro, tanto de la señora Ana como del señor cura, su hermano. Declara que la señora Echagaray, reclama un pico que se le adeuda, más al contrario existen indicios de que ella es deudora a esta testamentaria. Asimismo, María Antonia Gutiérrez y otras personas han reclamado deudas de esta testamentaria, más no se han justificado esos créditos. De todo lo que se ha recogido perteneciente a esta testamentaria se halla incluida en la masa de esta mortuoria. Para cumplir el presente testamento, se auto nombra, tal y como lo dejó nombrado la señora Ana Ladrón de Guevara en el referido poder. También se nombra heredero, después de hecha las deducciones de los bienes de dicha finada.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0139 · Pièce · 1824/11/15
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, presbítero domiciliario del obispado de Puebla de los Ángeles, natural y vecino de esta villa, hijo legítimo de don Francisco Javier Fernández de Ulloa y de doña Antonia Cardeña, consortes difuntos, otorga poder especial al presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, a don José Miguel de Arias y al presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, vecinos de esta villa, a los tres de mancomún para que después de sus días, otorguen y ordenen su testamento con las cláusulas, vínculos y requisitos que les mencionó. En el cual se nombren por sus albaceas en el mismo orden y modo de mancomunidad que van mencionados, también otorga poder para que instituyan por su heredera a su alma y para que revoquen por último cualesquiera otros instrumentos, codicilos, poderes para testar u otras disposiciones que antes de esta haya otorgado para que no valgan.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0141 · Pièce · 1823/08/21
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

El presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, vecino de esta villa, otorga poder especial a don José Vicente Cagigas, secretario del Seminario de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación, comparezca en aquel Juzgado General de Capellanías y con documentos necesarios solicite, pida y promueva que se le declare por capellán propietario de dos capellanías siguientes: la primera que fundó doña Elvira Vargas con el principal de 3 000 pesos, que están cargados sobre la hacienda titulada San Juan Bautista, ubicada en doctrina de Huamantla, que la posé el presbítero don José María González de la Cruz y de la que fue último capellán, su hermano, don Antonio Palacio, que falleció el 17 de diciembre de 1817. Y la segunda que fundó su padre, don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, con el principal de 3 000 pesos que reconoce sobre una de sus casas en la Nueva Veracruz don Antonio de Zúñiga, de la fue el último capellán don José Francisco Palacio, asimismo su hermano, que falleció el 31 de enero de 1819. Desde cuyas fechas están vacantes ambas capellanías. Haciendo al intento de todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan hasta tomar colación de ambos beneficios y, le brinden de ellas, los títulos o despachos para su uso y ejercicio. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituir.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0116 · Pièce · 1835/09/04
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, Cura actual de la doctrina de Jilotepec, otorga poder general a don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad, para que, en su nombre, por su propia particular representación y también como albacea de sus finados padres, entienda en cuantos negocios le ocurran ya particulares a sí solo y ya relativos a la testamentaria de su cargo. Asimismo, para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban a él o a la testamentaria. Para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios particulares del otorgante y de la testamentaria.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0107 · Pièce · 1832/09/06
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa de la Luz Acosta, natural de Naolinco, vecina hace más de treinta años de esta ciudad, de sesenta y seis años de edad, hija legítima de don José Mariano de Acosta y Pérez y de doña María de la Luz Rivera, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casada con don Manuel María Palacio Soto y Carrillo, en cuyo matrimonio tuvo diez hijos, de los cuales viven seis que los son doña Josefa Juana, casada con don José Ignacio Paz; don José Mariano; el Presbítero don Gabriel; don Miguel, don Rafael y don José María Palacio y Acosta, solteros, mayores de edad; y fallecieron cuatro que lo fueron doña Mariana, casada que fue con don Santiago Sáenz Sarabia, sin sucesión; don Manuel, don Antonio y don Francisco [Palacio y Acosta], solteros sin hijos. Declara por bienes dotales la herencia que debió recibir de su señor padre y no recibió más que cosa de 100 pesos según le informó su esposo; y mitad de gananciales por el tiempo de su matrimonio. Nombra como herederos a sus seis hijos y como albaceas a su hijo don Gabriel, Presbítero, y a su otro hijo José María.

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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0098 · Pièce · 1829/09/17
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Paula de Mora, de esta vecindad, otorga poder amplio a don Mariano Riva Palacio, residente en la capital de México, para que a su representación haya, perciba, demande y cobre, de todas y cualesquiera personas, comunidades, concursos y testamentarias, las cantidades de pesos, alhajas, efectos, frutos y bienes que le deban o debieren en virtud de escrituras públicas, vales, cuentas o por otro cualquier título causa o razón sea la que fuere. Y de lo que percibiere y cobrare, otorgue recibos, finiquitos y demás seguridades que le sean pedidos. Además, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0026 · Pièce · 1831/02/10
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa de la Luz Acosta, viuda de don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, el Presbítero don Gabriel, don José Mariano, don Miguel y don Rafael Palacio y Acosta, hijos de dicho finado, todos de esta vecindad y mayores de edad, otorgan poder a don José María Palacio y Acosta, también hijo de Manuel María, para que, a nombre de los comparentes como legítimos representantes del finado, y de sus derechos y acciones, haya, perciba, demande y cobre las cantidades de pesos que se le estén debiendo al difunto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0083 · Pièce · 1834/05/24
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

María Candelaria Alarcón, hija legítima de Pedro Alarcón y María Rafaela Castro, originaria de la población de la Hoya, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se mande decir por su alma cincuenta misas. Ordena que los dos hospitales de caridad de esta ciudad se les dé 50 pesos por mitad. Declara que no ha sido casada, pero tiene cuatro hijos, que lo son José Francisco de quince años, José María de diez años, Felipe de ocho años y José de Jesús un año, y su padre es Cristino Velasco, vecino de la Hoya y casado, y durante su matrimonio es cuando ha habido de dicho individuo a los relacionados sus hijos, que lo son suyos igualmente. Declara que con su trabajo personal e industria lícita ha adquirido los bienes que disfruta, cuya mayor parte la componen 900 pesos que con calidad de réditos tiene puestos en poder de don Antonio José Peredo de esta vecindad, según escritura de 15 de marzo de 1832, en la cual se expresa que en caso de que la comparente falleciere se le entregara la cantidad a Velasco, pero que no será así, pues deberá recaudarlo su albacea. Declara que el ciudadano Manuel Mancilla, vecino de la Hoya, le es deudor de 60 pesos que le dio, bajo el convenio de tomarle en precio de 100 pesos una casita, lo cual aún no se ha verificado, por lo cual pide que si fallece se recaude la nominada cantidad, y asimismo se recauden 25 pesos que le debe Ventura Alarcón de la propia vecindad de la Hoya. Declara que existe en su poder una obligación que le otorgó el ciudadano Antonio Bello por 54 pesos uno y medio real valor de efectos que le ministró, de lo cual ha abonado 14 pesos que le entrego a don Joaquín Guevara, manda se cobre. Declara que en poder del propio Bello dejó varios aperos, como son barriles, botellas, medidas y aunque él ha dicho que se perdieron, encarga a su albacea haga sobre ésto la correspondiente averiguación. Ordena que no se le cobren a don Joaquín Guevara los 14 pesos y 4 reales. Declara que no es deudora de cosa alguna. Y en el remanente que quede libre, instituye y nombra por únicas y universales herederos a sus cuatro hijos para que lo hereden por partes iguales. Y respecto a que sus hijos impúberos necesitan tutor y curador ad bona nombra para tal encargo al señor Presbítero don Gabriel Palacio y Acosta actual cura interino de esta ciudad, en cuya cristiana, arreglada y piadosa conducta descansa acerca de la educación de dichos sus hijos. Y para cumplir su disposición nombra por su albacea testamentario a mismo señor cura don Gabriel Palacio a quien da todo su poder.

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