Mostrando 11 resultados

Descripción archivística
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0153 · Unidad documental simple · 1830/11/25
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pioquinto Domínguez, en consorcio de su legítima esposa doña María Andrea Tejeda, con previa licencia de su esposo, dijeron que don Miguel Robles Tejeda fue dueño del rancho nombrado Atezca, situado en términos de este cantón, a virtud de la venta que de él se le hizo por doña Anastasia Rodríguez, viuda y albacea de don Juan Díaz Plata y por don Domingo Manuel Cortés, curador de los menores hijos de ese finado. Que por fallecimiento del mencionado Robles Tejeda quedaron varios herederos y para repartir la herencia el albacea don Juan Antonio Pérez Pensado vendió el fundo a su hijo don Francisco Pensado en precio de 1 000 pesos. Que a don José Catarino Pensado y Navarrete albacea de su hermano don Francisco Pensado se le han extraviado los documentos que acreditaban la solución de esos créditos y no les es fácil recaudarlos por haber fallecido ya los herederos del respectivo Tejeda, excepto la referida doña María Andrea, y como está satisfecha lo mismo que don Pioquinto de que nada quedó a deber Pensado a los representantes del predominado don Miguel Robles Tejeda, no tiene el inconveniente de declararlo por medio de este instrumento. Por lo que reduciendo a efecto los presentes comparentes otorgan que por lo respectivo al haber que a la segunda le correspondió en el rancho Atezca, como bienes de su ya citado padre, está completamente pagada y que en cuanto a las porciones de los demás sus coherederos están satisfechos de que fueron pagados, sin que los Pensado resten cosa alguna por ese respeto y que por lo mismo puede libremente el albacea y heredero de Francisco Pensado disponer de ese fundo como de cosa suya propia.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0157 · Unidad documental simple · 1830/12/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Catarino, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos mayores de edad, libres de tutela, hijos legítimos del finado don Juan Antonio Pérez Pensado; doña María Margarita Barradas, viuda de don Cipriano Pensado y Navarrete, hijo del mismo don Juan; y don Rafael Pensado y Barradas que lo fue de don Cipriano Pensado, mayores de edad; dijeron que don Juan Antonio Pérez Pensado fue albacea de don Miguel Robles Tejeda, quien dejó por bienes un rancho nombrado Atezca, ubicado en distrito de este partido, cuyo rancho permaneció algún tiempo en poder del nominado don Juan por falta de comprador hasta que lo vendió a su hijo Francisco Pensado, pero como la venta fue de padre hijo nunca le exigió éste el otorgamiento de la escritura. Que por fallecimiento de don Francisco hubo precisión de enajenar el rancho. Por lo que ahora, declaran y confiesan por sí y en nombre de otro hijo de don Juan que lo es don José Manuel Florencio [Pensado y Navarrete] y se halla ausente, que el repetido rancho de Atezca nunca perteneció en propiedad a don Juan Antonio Pérez Pensado, pues sólo lo poseyó como albacea de don Miguel Robles Tejeda, y aunque a los herederos de éste les dio sus porciones hereditarias sobre los 1 000 pesos en que estaba valuado, y que como albacea se lo vendió a don Francisco en la misma cantidad por lo que quedó pagado lo que había suplido; y en consecuencia ningún derecho les asiste respecto al rancho Atezca, pues su dominio se trasmitió a don Francisco Pensado, y que ahora por muerte de don Francisco son parte legítima su albacea y herederos para realizar la venta de él.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0176 · Unidad documental simple · 1830/12/30
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

La señora doña María Francisca de la Rocha de Badillo, en consorcio de su esposo don Francisco Badillo, y previa licencia que éste le concedió, dijeron por parte de los interesados en la testamentaría de don Francisco Pensado se le vendió a la nominada doña Francisca un rancho o trapiche nombrado Atezca, ubicado en términos de este cantón, que entre las condiciones contenidas fue una que habían de quedar impuestos 1 000 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual a favor de doña María Paulina Espejo y Nava, viuda del enunciado difunto Pensado para redimirlos en plazo de tres años, el cual ha tenido efecto el 6 del mes actual. Y que no restando otra sino formalizar en favor de dicha viuda la correspondiente escritura de hipoteca, los nominados doña Francisca de la Rocha y don Francisco Badillo otorgan estar debiendo aun la cantidad de un 1 000 pesos por resto del valor del mencionado rancho, y que esta suma pertenece a doña María Paulina Espejo y Nava, y se obligan a reconocer la relacionada cantidad para redimírselos en el plazo de tres años y a continuar pagando el rédito de un 5 por ciento; y para seguridad del pago de dicho capital queda hipotecado el repetido rancho de Atezca.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0114 · Unidad documental simple · 1833/09/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Manuel Florencio, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, hijos y herederos de los finados don Juan Antonio Pérez Pensado y de doña Ángela Gertrudis Navarrete; doña María Margarita Barradas, viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrete; doña María del Carmen y doña Juana [Francisca Pensado], hijas del finado don Francisco Pensado; don Silverio y don José María hijos de don Rafael Pensado y Barradas y doña María Josefa Barrios, viuda de don José Catarino Pensado y Navarrete. Por sí, dichos comparentes y en representación de los derechos de doña María Manuela y doña Antonia Pensado y Navarrete, difuntas, igualmente hijas y herederas; dijeron que por muerte del referido matrimonio quedó un rancho, conocido bajo el título de trapiche o ingenio Viejo y paraje de Ánimas, en cercanías de esta ciudad, camino para Veracruz, cuya finca al fallecimiento de dichos causantes, era responsable a 4 000 pesos de capital que reportaba sobre sí, los 2 000 pesos de ellos a favor del convento de San Francisco y los otros al referido don Cipriano Pensado y Navarrete. Asimismo, dijeron que con el fin de hacer la partición de la herencia, convinieron se adjudicase el fundo a doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete en cantidad de 10 000 pesos con calidad de continuar reconociendo los 2 000 pesos pertenecientes al convento de San Francisco y otros 2 000 pesos a don Cipriano; y dar a don José Catarino, don Manuel, don Mariano, don Francisco y don Rafael sus porciones con descuento de lo que tenían ya percibido; así como dar a sus dos hermanas doña Antonia y doña Manuela, ya difuntas. Quedando la adjudicación desde el día primero de marzo de 1829, extendiéndose un documento por el escribano don Juan Francisco Cardeña, con fecha del 1 de junio del mismo año, que no obra protocolado en el oficio público y que solo se dio copia signada y firmada de su puño. Por estas razones y porque al presente ya tienen redimidos las adjudicatarias 1 000 pesos de los 2 000 que le debían a don Cipriano en el alcance que en ese instrumento se les señaló a los interesados hubo equivocación, pues lo que legítimamente corresponde a cada uno es lo que manifiesta la cuenta que se agrega a éste registro. Por tanto, todos los comparentes han resuelto formalizar la presente escritura; por la presente otorgan que ratifican la referida adjudicación hecha a doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, del indicado rancho con todos sus edificios, jacales y demás anexos, bajo los linderos y demarcaciones constantes en los títulos primordiales, en precio de 10 000 pesos, de los cuales se descuentan los 2 000 pesos que reconoce al convento de San Francisco y los 2 000 que en aquella fecha se reconocían al de don Cipriano Pensado, resultando por líquido caudal partible 6 000 pesos que se han distribuido en la forma que demuestra el plan divisorio. Finalmente declaran estar cubiertos de sus haberes paterno y materno. Y las nominadas doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, en consecuencia, de dicha adjudicación, se obligan a continuar reconociendo sobre el propio rancho la imposición del capital de 4 000 pesos, distribuidos en la manera que se menciona en el acta. Y en cuanto a las porciones hereditarias pertenecientes a las finadas sus hermanas doña Antonia y doña Manuela convendrán en lo particular los interesados. Por otra parte, estando presente don José Ignacio Hernández y don Florentino Lagunes, maridos, el primero de doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete y el segundo de doña Juana Pensado y Torres, aseguran que tienen concedida la correspondiente licencia a sus respectivas consortes; y las mismas doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete y doña Juana Pensado y Torres que para formalizan este documento han venido por su voluntad. Finalmente, los comparentes ratifican la presente escritura y se obligan a su firmeza, guarda y cumplimiento con sus bienes presentes y futuros y dan por roto, nulo el instrumento que al principio que se hizo mención.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0162 · Unidad documental simple · 1830/12/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Catarino Pensado y Navarrete, albacea de su finado hermano don Francisco; doña María del Carmen y doña Juana Francisca Pensado, hijas del nominado difunto, mayores de edad y libre la primera de ajena administración; don Florentino Lagunes, marido de doña Juana, a quien le concede la licencia para este ejercicio; don Marcelino Pensado, curador del menor Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava, hijo del propio difunto don Francisco; y la viuda de Francisco doña María Paulina Espejo y Nava, madre del citado menor; dijeron que el nominado don Francisco, fue dueño legítimo de un rancho nombrado Atezca, ubicado en términos de este cantón, y que por su fallecimiento fue preciso enajenar el fundo para cubrir las herencias y las responsabilidades de la testamentaría, habiéndose hecha la venta de él a doña María Francisca de la Rocha de Badillo en noviembre de 1827, sin que por entonces se hubiese podido formalizar la escritura de venta en razón de que había que practicar algunos trámites para la organización del expediente testamentario. Por lo que ahora, los comparentes otorgan que ratifican la venta que le tienen hecha a la señora doña Francisca de la Rocha del rancho y trapiche nombrado Atezca, ubicado en términos de este cantón, con todos los ganados, enseres, sementeras por el precio de 6 689 pesos 5 reales y 9 granos, de cuya suma se dan por entregados.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0107 · Unidad documental simple · 1829/10/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Florentino Lagunes, marido legítimo de doña Juana Pensado y Torres, vecino y labrador en esta municipalidad, otorga poder especial a don Mariano Cadena, de esta vecindad, para que a su nombre y representación derechos y acciones que le competen como marido de la expresada doña Juana, continué gestionando en los autos pendientes en el juzgado de primera nominación de esta villa, relativos a la testamentaria del finado don Francisco Pensado, padre que fue de la mencionada doña Juana. Además, para que pida y tome cuentas a las personas que deban. Y en cuanto al seguimiento de los demás trámites de los autos, practique todas las gestiones que sean necesarias.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0126 · Unidad documental simple · 1823/07/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco, don José Catarino, don Manuel, doña María Manuela, doña Juana, doña Antonia, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos hermanos y de estado libre y en nombre de don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, otro hermano ausente, por quién prestan voz y caución; declaran que por fallecimiento de su padre, don Juan Antonio Pérez Pensado, fue necesario el recurso económico para sostener la casa y subsistencia de su madre e hijas, éste le suministro a su madre, que también ya es difunta, hasta la cantidad de 2 000 pesos en varias partidas. Y habiendo otro hermano entero don Cipriano Pensado y Navarrete, quién se haya en estado deplorable de salud y casi por terminar sus días, dejando una numerosa familia, razón por la que han decidido y convenido con él en otorgarle el presente instrumento, en que se dan por satisfechos por dicha cantidad y se obligan a tenerla por vía de depósito irregular, por el termino de nueve años tiempo o más en que se tarden en hacer la devolución de esta suma, satisfaciéndoles en cada año el rédito de 5 por ciento. Y para seguridad del principal y premios, hipotecan los tres primeros: un rancho que se nombra ingenio Viejo o de las Ánimas, compuesto su terreno de 6 caballerías de tierra, con su trapichillo de moler caña y casa de mampostera, ubicado a distancia de una legua de esta villa, camino Real para Veracruz. Cuya finca hubo y compró su difunto padre de don Antonio Ribot, por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa, bajo los términos, linderos y dimensiones que en ella constan. Por tanto, se obligan a no vender, ceder, cambiar, ni enajenar dicha finca hasta no estar pagado este principal y sus réditos. Y pueda su acreedor o sus herederos sacarlas de tercero, venderlas y rematarlas y con su producido cubrirse del principal, réditos, décima y costas.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0056 · Unidad documental simple · 1834/03/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Paulina Espejo y Nava, viuda de don Francisco Pensado, otorga poder especial a don Maximiano Hidalgo de esta vecindad, para que a nombre de la comparente y representando su propia persona, cobre a don Francisco Badillo la cantidad de 1 000 pesos que le adeuda, procedente de escritura pública y los réditos vencidos.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0118 · Unidad documental simple · 1829/11/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Paulina Espejo y Nava, viuda de don Francisco Pensado, otorga poder especial a don José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que a nombre de la comparente y en representación de las acciones que la competen, como madre legítima del infante Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava, hijo del referido difunto don Francisco, comparezca en los tribunales que corresponda a defender el derecho que le asiste a la otorgante para que permanezca en su poder el referido su hijo.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0103 · Unidad documental simple · 1830/09/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, dijo que don Juan Mora en la memoria testamentaria bajo que falleció nombró por su albacea a su esposa doña María Josefa Saavedra y ésta murió sin haber podido desempeñar su encargo, dejando encomendado el cumplimiento de esa testamentaria y la de la misma doña Josefa al presente comparente. Dicho comparente dio todos los pasos que estimó convenientes para determinar ese asunto, entre cuyos trámites fue uno, el de la venta de una casa perteneciente a los relacionados finados, ubicada en esta villa a la calle del Calvario, esquina que da vuelta a la calle del costado de la capilla, con 20 varas de frente que lo hace al poniente, por donde linde calle en medio, con fincas de don José Francisco Rivera al oriente, que es su fondo de 59 varas, linda con solar de los Jiménez, por norte con dicha calle del costado de la capilla y por sur con terreno de la testamentaría del padre Zavaleta. Esta finca la vendió a don Francisco Pensado en precio de 3 000 pesos, de los cuales el comprador solo dio parte del dinero, quedando pendiente el resto y el otorgamiento de la escritura, mientras el Tribunal aprobaba el contrato y facultaba al comparente para la celebración de ese instrumento, lo cual quedó de facto concedido. Que habiendo fallecido don Francisco Pensado, sus deudos formalizaron los respectivos inventarios, partición y convenios, y la referida casa quedó consignada al menor Cipriano Wenceslao, hijo y heredero de ese finado. Por tanto, el Juez de los autos de esa testamentaría mandó al comparente don Dionisio Camacho a otorgar la escritura de venta a favor del mismo menor, en el concepto de estar ya entregado por el albacea de Pensado el resto del valor de la casa. Señala que la casa tiene el gravamen de 300 pesos pertenecientes a la obra pía de Santa María Magdalena que mandó imponer doña Paula Barradas, cuyo reconocimiento se obliga el relacionante a subrogar según está mandado por la sagrada mitra de la ciudad de Puebla y dejar libre el fundo de que se trata, en atención a que por separado le tiene ya entregados el propio albacea de Pensado los 300 pesos con este objeto, y no restando ya otra cosa más que formalizar la indicada escritura; reduciéndola a efecto, el relacionante don Dionisio Camacho a virtud de la facultad que de consentimiento de los herederos de don Juan Mora y doña María Josefa Saavedra le está concedido por el Juzgado de Primaria Nominación de esta villa, otorga que ratifica la venta de la casa de que se ha mencionado y declara ser para el menor Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava, hijo y heredero del finado don Francisco Pensado y de doña María Paulina Espejo y Nava, en precio de 3 000 pesos, los cuales tiene recibidos, así como los ciento para ayuda de gastos. Y estando presente don Marcelino Pensado, curador ad litem del menor Cipriano y la madre de éste doña María Paulina Espejo y Nava, otorgaron que la aceptan a nombre del expresado menor.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO