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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0086 · Item · 1837/07/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, hermanas y vecinas de esta ciudad, mayores de edad, libre de tutela y ajena administración, y don Francisco José Villa, mayor de edad, señalan son deudores a don José María Becerra de la cantidad de 9 000 pesos, resto de 13 000 pesos que importaron los efectos de que se habla la escritura de 21 de enero de 1832. Cuya cantidad se obligan de pagar al referido Becerra, o a quien en su lugar hubiere, en el plazo de tres años, contados desde esta fecha en adelante, junto con sus réditos del 5 por ciento anual. Para seguridad de la deuda, ratifican la hipoteca que tienen hecha, y de nuevo hipotecan y graban todos sus bienes en general, sin que una derogue a la otra, el referido rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, distante de esta ciudad, hacia el oriente, compuesto de 6 caballerías de tierra. Las cuales están demarcadas desde el arroyo de la Puentezuela hasta el de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro de Cimarrontepec, hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de las Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró el alférez don Bernabé Pérez Chamorro. Comprendiéndose en dicha hipoteca los caseríos ubicados en el terreno del mismo rancho, sus oficinas, aperos, utensilios, aguajes, montes, abrevaderos y cuanto de hecho y de derecho pertenecen. Cuyo fundo, hubo los otorgantes por adjudicación que le hicieron sus hermanos don José Catarino, don José Manuel Florencio y don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, doña María Margarita Barradas como viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrte, y los demás coherederos, como consta de escritura de primero de junio de 1829, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña.

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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0092 · Item · 1837/08/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Ignacio Hernández y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, marido y mujer, de esta vecindad, con previa licencia que el primero concedió a la segunda, dijeron que establecido el primero en una tienda de comestibles en esta ciudad a la calle primera principal, casa conocida con el nombre de Antigua Tienda del Señor, contrajo algunos créditos que no pudo satisfacer a su debido tiempo por los atrasos que generalmente sufre el comercio en las circunstancias actuales. Por tal situación, Hernández solicitó se le concedieran esperas, sobre lo cual se celebró junta de acreedores el día 4 del corriente, en la que se le aceptó la espera. Razón por la cual, los otorgantes se obligan a cubrir a los acreedores que se hallan enlistados en la foja 21 del expediente, los 312 pesos y un octavos que importan los créditos de todos, pago que debe quedar solventado en el término de un año y medio, contados desde la fecha en que se le entregue la tienda a Hernández, enterándose al vencimiento de cada seis meses la tercera parte, que son 234 pesos y medio grano, mismos que ha de recibir don José María Ochoa para que haga el reparto, a cuyo pago sujetan los otorgantes la existencia de la indicada tienda, en la que se hallan incorporados los 545 pesos 3 reales y 5 octavos de la legitima de doña Bárbara, quien sujeta ese haber a la responsabilidad del pago de los acreedores. Estando presentes doña Juana Pensado y Navarrete y don Francisco José Villa, madre e hijo, otorgan que se constituyen principales pagadores por don José Ignacio Hernández, en tal manera que si este no cumpliera con lo enteros a que se ha comprometido, ellos lo verificaran, exhibiéndole a don José María Ochoa cada seis meses, contados desde la fecha a que se refiere este instrumento 234 pesos y medio granos, hasta completar de ese modo los 712 pesos y un octavo de real que importan los créditos de dicho Hernández, sujetando la responsabilidad de dicha cantidad en todos sus bienes habidos y por haber, incluidas las acciones que les pertenece en la propiedad del rancho de las Ánimas o ingenio Viejo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0126 · Item · 1823/07/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco, don José Catarino, don Manuel, doña María Manuela, doña Juana, doña Antonia, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos hermanos y de estado libre y en nombre de don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, otro hermano ausente, por quién prestan voz y caución; declaran que por fallecimiento de su padre, don Juan Antonio Pérez Pensado, fue necesario el recurso económico para sostener la casa y subsistencia de su madre e hijas, éste le suministro a su madre, que también ya es difunta, hasta la cantidad de 2 000 pesos en varias partidas. Y habiendo otro hermano entero don Cipriano Pensado y Navarrete, quién se haya en estado deplorable de salud y casi por terminar sus días, dejando una numerosa familia, razón por la que han decidido y convenido con él en otorgarle el presente instrumento, en que se dan por satisfechos por dicha cantidad y se obligan a tenerla por vía de depósito irregular, por el termino de nueve años tiempo o más en que se tarden en hacer la devolución de esta suma, satisfaciéndoles en cada año el rédito de 5 por ciento. Y para seguridad del principal y premios, hipotecan los tres primeros: un rancho que se nombra ingenio Viejo o de las Ánimas, compuesto su terreno de 6 caballerías de tierra, con su trapichillo de moler caña y casa de mampostera, ubicado a distancia de una legua de esta villa, camino Real para Veracruz. Cuya finca hubo y compró su difunto padre de don Antonio Ribot, por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa, bajo los términos, linderos y dimensiones que en ella constan. Por tanto, se obligan a no vender, ceder, cambiar, ni enajenar dicha finca hasta no estar pagado este principal y sus réditos. Y pueda su acreedor o sus herederos sacarlas de tercero, venderlas y rematarlas y con su producido cubrirse del principal, réditos, décima y costas.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0092 · Item · 1824/06/14
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel José Pensado, labrador en esta jurisdicción, otorga que es deudor de su hermana doña Juana Pensado y Navarrete, viuda del finado don Pedro Francisco de Villa, como tutora y curadora ad bona de su hijo, por la cantidad de 1 311 y medio pesos, por concepto del resto de cuentas y administración que fue de su cargo, desde que vivía don Pedro. De cuya suma otorga recibo en forma. Y como no le ha sido posible pagar dicha suma, ha convenido con su acreedora en ceder, renunciar y trasferir la parte que le pueda corresponder en el ingenio Viejo, sus tierras y casa, en el paraje nombrado Ánimas, en las goteras de esta villa, únicos bienes que, aunque hipotecados, quedaron por muerte de sus padres divisibles entre sus varios hijos y participes. De modo que adjudica y entrega, tanto de la remota parte, que de su valor le pueda corresponderle en la enajenación de la finca, como de la de los cortos rendimientos que hasta hoy le ha producido como también de los réditos del capital.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0117 · Item · 1835/09/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Catalina Lazon, de esta vecindad, mayor de edad, libre de tutela y ajena administración, dijo que por fallecimiento de su padre, don Juan Lazon, quedó una casita ruinosa, ubicada en esta ciudad, en la calle de Tecuanapa, haciendo esquina con la calle que de la Fuente de San Cristóbal baja para Cantarranas, lindando por el oriente y sur con casa de don José Manuel de Izaguirre; por el norte con dicha calle de Tecuanapa; por el poniente con la de San Cristóbal; cuya casa la hubo su padre por compra que hizo a don Francisco Javier Sáenz de Santa María. Asimismo, dijo que su padre dejó declarado deberle 100 pesos a doña María Margarita Barradas como albacea de su marido don Cipriano Pensado y Navarrete; a doña Juana Pensado y Navarrete, viuda de don Pedro Francisco de Villa, otros 100 pesos; y a Manuel Esteban, vecino de Paso de Ovejas, 20 pesos; y ordenó también se le entregaran al cura de esta ciudad 300 pesos para que cumpliera un comunicado reservado; pero nada de eso se ha cumplido por no haber bienes competentes, pues solo existe la enunciada casita; habiendo acordado los acreedores con ella en prorratearle lo que quedara liquido de la venta de la casa. Por tanto, otorga que vende dicha casa a don Diego Macartney en precio de 300 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0114 · Item · 1840/08/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Las señoras doña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, mayores de edad y libres de ajena administración; y don Francisco José Villa, hijo de la primera y también mayor de edad; dijeron que dichas dos señoras y su hermana doña Bárbara [Celsa Pensado y Navarrete] otorgaron escritura en esta ciudad el 25 de enero de 1832 a favor de don José María Becerra, obligándose a pagarle a este señor la suma de 13 000 pesos procedentes del traspaso que les hizo de una tienda de ropa, situada en la calle Principal de esta misma ciudad, bajo la condición de enterar 4 000 pesos a los ocho meses sin rédito alguno y los 9 000 restantes al término de cinco años con rédito de un 5 por ciento anual, y para seguridad hipotecaron un rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, ubicado en cercanías de esta ciudad. De cuya deuda verificaron a tiempo los 4 000 pesos, pero no pudieron hacerlo mismo con los 9 000 pesos, consiguiendo una prórroga del señor Becerra de tres años más por escritura con fecha de 24 de julio de 1837. Y habiéndose vencido el tiempo de dicha prórroga sin que hayan podido cubrirse los 9 000 pesos y adeudándose también cantidad considerable de réditos, sobre cuyos particulares han entrado los comparentes en contestaciones con la parte de los actuales accionistas a este crédito, que lo son el ilustrísimo doctor don José María Luciano y doña María Timotea Josefa Becerra, hermanos, hijos y herederos del finado don José María Becerra, de quienes han conseguido los relacionantes una nueva prórroga, la cual consiste en que no se exigirá el cumplimiento de la escritura de los 9 000 pesos hasta fines de diciembre de 1842, bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.

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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0034 · Item · 1837/04/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, con previa licencia de su marido don José Ignacio Hernández, dijo que el rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, ubicado en las cercanías de esta ciudad, le fue adjudicado a ella y a sus hermanas doña Juana y doña Micaela, el cual quedó por bienes de sus padres, como consta de escritura de 11 de septiembre de 1833. Correspondiéndole por herencia paterna a la comparente, la cantidad de 545 pesos 3 reales y 5 octavos, e igualmente quedó otro tanto a cada una de sus hermanas María Manuela y doña Antonia que fallecieron, recayendo lo de éstas en las demás hermanas, por no haber dejado aquellas sucesión ni haber hecho testamento, por lo cual corresponde de esos haberes a la comparente 96 pesos 7 reales y un octavo, comprendidos, también en el valor del rancho, el cual se estuvo girando en compañía entre las tres adjudicatarias hasta principios de este año, que resolvieron se quedasen con el frente las otras dos socias, cubriéndole su parte a la comparente, como así lo han realizado, estando solo pendiente el pago de los 96 pesos 7 reales y un octavo que debe percibir la comparente por la herencia que le toca de las dos hermanas difuntas, ya citadas. Por lo que, a través de la presente, doña Bárbara Pensado, otorga que recibe los 545 pesos 3 reales y 5 octavos, que le correspondieron de herencia paterna y tenía a su favor en el precio del rancho llamado Ingenio Viejo o las Ánimas, por lo que entregó recibo en favor de las mencionadas hermanas. Confiesa que dicho rancho no ha tenido mejoras durante el tiempo que ha permanecido en comunidad entre las tres hermanas, del exceso que pudiese intervenir en otra cualquiera suma le hace a su hermana doña Juana y doña Micaela gracia y donación.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0157 · Item · 1830/12/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Catarino, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos mayores de edad, libres de tutela, hijos legítimos del finado don Juan Antonio Pérez Pensado; doña María Margarita Barradas, viuda de don Cipriano Pensado y Navarrete, hijo del mismo don Juan; y don Rafael Pensado y Barradas que lo fue de don Cipriano Pensado, mayores de edad; dijeron que don Juan Antonio Pérez Pensado fue albacea de don Miguel Robles Tejeda, quien dejó por bienes un rancho nombrado Atezca, ubicado en distrito de este partido, cuyo rancho permaneció algún tiempo en poder del nominado don Juan por falta de comprador hasta que lo vendió a su hijo Francisco Pensado, pero como la venta fue de padre hijo nunca le exigió éste el otorgamiento de la escritura. Que por fallecimiento de don Francisco hubo precisión de enajenar el rancho. Por lo que ahora, declaran y confiesan por sí y en nombre de otro hijo de don Juan que lo es don José Manuel Florencio [Pensado y Navarrete] y se halla ausente, que el repetido rancho de Atezca nunca perteneció en propiedad a don Juan Antonio Pérez Pensado, pues sólo lo poseyó como albacea de don Miguel Robles Tejeda, y aunque a los herederos de éste les dio sus porciones hereditarias sobre los 1 000 pesos en que estaba valuado, y que como albacea se lo vendió a don Francisco en la misma cantidad por lo que quedó pagado lo que había suplido; y en consecuencia ningún derecho les asiste respecto al rancho Atezca, pues su dominio se trasmitió a don Francisco Pensado, y que ahora por muerte de don Francisco son parte legítima su albacea y herederos para realizar la venta de él.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0045 · Item · 1835/04/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Mariana Martínez de Aguirre, viuda, mayor de edad, como dueña legítima de una casa ubicada en esta ciudad, en la esquina que nombran de Techacapa, se la otorga en arrendamiento a doña Juana Pensado y Navarrete, también viuda, por la merced, tiempo y condiciones que pactaron la señora Martínez y don Francisco José Villa, hijo de la señora Pensado. Según las condiciones adjuntas a esta escritura, el arrendamiento será por dos años a partir del 1 de abril del presente año, pagando un alquiler de 45 pesos mensuales en plata u oro, con separación de la casa chica que se halla contigua a la grande; que dicho señor Villa recibirá los enseres de tienda y panadería bajo los avalúos que se hagan y por lo mismo los entregará al vencimiento del arrendamiento, entre otras condiciones que se mencionan.

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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0125 · Item · 1835/09/14
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El señor Cura Párroco y Vicario foráneo de esta ciudad, el Presbítero don José Francisco Campomanes; doña Juana Pensado y Navarrete como viuda de don Pedro Francisco de Villa; doña María Margarita Barradas albacea de su difunto marido don Cipriano Pensado y Navarrete; y don Juan Franco, Síndico de este Ilustre Ayuntamiento, prestando voz y caución por Manuel Esteban, ausente; dijeron que la testamentaria de don Juan Lazon es responsable de 300 pesos al primero para el cumplimiento de unos comunicados reservados; 100 pesos a Villa; 100 pesos a Pensado; y 20 a Esteban; y no existiendo en la pertenencia de dicha testamentaria más bienes que una casita ruinosa ubicada en esta ciudad, en la esquina de las calles de Tecuanapa y fuente de San Cristóbal, cuyo mezquino valor no cubre los 520 pesos del monto de dichos créditos y en consideración en que transcurriendo más tiempo acabará de arruinarse la finca y será mayor el quebranto, convinieron con doña Catalina Lazon, única hija y heredera del finado, en que vendiese la expresada casa y deducidos los gasto que tiene convenidos, el remanente se distribuyese, aplicándole a doña Juana Pensado, a doña María Margarita Barradas y a Manuel Esteban la mitad de sus respectivos créditos y el resto a Campomanes para los comunicados reservados. Y habiéndose vendido la casa en 300 pesos e importando 56 con 6 y una cuartilla los gastos que deben deducir, quedan libres 258 pesos un real y 3 cuartillas, de los que corresponden 50 pesos para Villa, 50 pesos para Pensado, 10 para Esteban y 148 pesos para el comunicado reservado. Por lo cual, otorgan que reciben de doña Catalina Lazon las mencionadas cantidades, dándose por entregados a su voluntad.

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