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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0075 · Unidad documental simple · 1830/06/25
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Barradas, doña María Margarita Barradas y don Francisco Barradas, de esta vecindad, dijeron que por fallecimiento de su padre don Francisco Barradas se dividieron los bienes entre sus herederos que son los comparentes y otra hermana nombrada doña Paula Barradas, que ya es difunta, a la cual le tocó un sitio donde posteriormente construyó una casita de pared, cubierta de madera y teja, formando una sala, tres recamaras, zaguán y corredorcito. Asimismo, dijeron que por muerte de Paula y al no tener sucesión, la casita recayó en los tres otorgantes como únicos hermanos, pero como existen algunas deudas pasivas y no habiendo como satisfacerlas, han decidido vender a don Dionisio Camacho con quien tiene pactado en 500 pesos. Por lo que reduciendo a efecto otorgan que venden al nominado don Dionisio Camacho la casita en precio de 500 pesos, los cuales se dan por entregados a su entera satisfacción.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0157 · Unidad documental simple · 1830/12/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Catarino, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, todos mayores de edad, libres de tutela, hijos legítimos del finado don Juan Antonio Pérez Pensado; doña María Margarita Barradas, viuda de don Cipriano Pensado y Navarrete, hijo del mismo don Juan; y don Rafael Pensado y Barradas que lo fue de don Cipriano Pensado, mayores de edad; dijeron que don Juan Antonio Pérez Pensado fue albacea de don Miguel Robles Tejeda, quien dejó por bienes un rancho nombrado Atezca, ubicado en distrito de este partido, cuyo rancho permaneció algún tiempo en poder del nominado don Juan por falta de comprador hasta que lo vendió a su hijo Francisco Pensado, pero como la venta fue de padre hijo nunca le exigió éste el otorgamiento de la escritura. Que por fallecimiento de don Francisco hubo precisión de enajenar el rancho. Por lo que ahora, declaran y confiesan por sí y en nombre de otro hijo de don Juan que lo es don José Manuel Florencio [Pensado y Navarrete] y se halla ausente, que el repetido rancho de Atezca nunca perteneció en propiedad a don Juan Antonio Pérez Pensado, pues sólo lo poseyó como albacea de don Miguel Robles Tejeda, y aunque a los herederos de éste les dio sus porciones hereditarias sobre los 1 000 pesos en que estaba valuado, y que como albacea se lo vendió a don Francisco en la misma cantidad por lo que quedó pagado lo que había suplido; y en consecuencia ningún derecho les asiste respecto al rancho Atezca, pues su dominio se trasmitió a don Francisco Pensado, y que ahora por muerte de don Francisco son parte legítima su albacea y herederos para realizar la venta de él.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0090 · Unidad documental simple · 1826/08/08
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel José Pensado, vecino y labrador en esta villa, otorga que debe a su difunto hermano don Cipriano Pensado y Navarrete, que fue de este comercio y vecindad, la cantidad de 365 pesos y 4 reales, resto de la cuenta que siguen desde 1804 y que le suministró en distintas ocasiones. Por lo cual, se obliga a pagar a su viuda y albacea, doña María Margarita Barradas, hermana [política] del otorgante, en el preciso término de cinco años, a partir de esta fecha o antes.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0125 · Unidad documental simple · 1835/09/14
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El señor Cura Párroco y Vicario foráneo de esta ciudad, el Presbítero don José Francisco Campomanes; doña Juana Pensado y Navarrete como viuda de don Pedro Francisco de Villa; doña María Margarita Barradas albacea de su difunto marido don Cipriano Pensado y Navarrete; y don Juan Franco, Síndico de este Ilustre Ayuntamiento, prestando voz y caución por Manuel Esteban, ausente; dijeron que la testamentaria de don Juan Lazon es responsable de 300 pesos al primero para el cumplimiento de unos comunicados reservados; 100 pesos a Villa; 100 pesos a Pensado; y 20 a Esteban; y no existiendo en la pertenencia de dicha testamentaria más bienes que una casita ruinosa ubicada en esta ciudad, en la esquina de las calles de Tecuanapa y fuente de San Cristóbal, cuyo mezquino valor no cubre los 520 pesos del monto de dichos créditos y en consideración en que transcurriendo más tiempo acabará de arruinarse la finca y será mayor el quebranto, convinieron con doña Catalina Lazon, única hija y heredera del finado, en que vendiese la expresada casa y deducidos los gasto que tiene convenidos, el remanente se distribuyese, aplicándole a doña Juana Pensado, a doña María Margarita Barradas y a Manuel Esteban la mitad de sus respectivos créditos y el resto a Campomanes para los comunicados reservados. Y habiéndose vendido la casa en 300 pesos e importando 56 con 6 y una cuartilla los gastos que deben deducir, quedan libres 258 pesos un real y 3 cuartillas, de los que corresponden 50 pesos para Villa, 50 pesos para Pensado, 10 para Esteban y 148 pesos para el comunicado reservado. Por lo cual, otorgan que reciben de doña Catalina Lazon las mencionadas cantidades, dándose por entregados a su voluntad.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0144 · Unidad documental simple · 1837/12/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Barradas, originaria de esta ciudad, hija de don Francisco Barradas y doña Juana Hernández, difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultada en la manera que disponga su albacea. Declara es viuda de don Domingo González, de quien le quedó un hijo que hoy tiene 25 años, nombrado José Mariano. Señala que ambos no llevaron bienes algunos al matrimonio. Declara por únicos bienes, la tercera parte de la casa que habita, situada frente al aguaje de Techacapa. Nombra por heredero, a su hijo José Mariano González y Barradas, y por albacea y tenedora de sus bienes, a su hermana doña María Margarita Barradas, viuda.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0008 · Unidad documental simple · 1832/01/25
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, de esta vecindad, mayores de edad y libres de matrimonio, de tutela y potestad; otorgan que deben y se obligan a pagar a don José María Becerra, de esta misma vecindad, la cantidad de 13 000 pesos valor de los efectos existentes en la tienda de comercio y almacén que en la calle principal de esta ciudad tenía el expresado don José María y que ha traspasado a las otorgantes, previo el conveniente avalúo y balance hecho por peritos a satisfacción de las comparecientes, cuya tienda las susodichas han entregado para su giro y manejo de cuenta de las tres a don Francisco José Villa, hijo de doña Juana. De los 13 000 pesos pagarán al señor Becerra 4 000 pesos en efectivo dentro de ocho meses; y los 9 000 pesos restantes en dinero en efectivo dentro de cinco años con sus correspondientes réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad hipotecan un rancho nombrado Ingenio Viejo a una legua distante de esta ciudad, compuesto de 6 caballerías de tierra, las cuales comienzan desde el arroyo de las Puentezuelas hasta llegar al arroyo de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro del Cimarróntepeque hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de la Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró al Alférez don Bernabé Pérez Chamorro; cuyo rancho solo está sujeto y gravado a 2 000 pesos de principal que reporta desde inmemoriales tiempos a favor del convento de San Francisco y otros 2 000 pesos a favor de doña María Margarita Barradas.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0114 · Unidad documental simple · 1833/09/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Manuel Florencio, don Mariano Pantaleón, doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, hijos y herederos de los finados don Juan Antonio Pérez Pensado y de doña Ángela Gertrudis Navarrete; doña María Margarita Barradas, viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrete; doña María del Carmen y doña Juana [Francisca Pensado], hijas del finado don Francisco Pensado; don Silverio y don José María hijos de don Rafael Pensado y Barradas y doña María Josefa Barrios, viuda de don José Catarino Pensado y Navarrete. Por sí, dichos comparentes y en representación de los derechos de doña María Manuela y doña Antonia Pensado y Navarrete, difuntas, igualmente hijas y herederas; dijeron que por muerte del referido matrimonio quedó un rancho, conocido bajo el título de trapiche o ingenio Viejo y paraje de Ánimas, en cercanías de esta ciudad, camino para Veracruz, cuya finca al fallecimiento de dichos causantes, era responsable a 4 000 pesos de capital que reportaba sobre sí, los 2 000 pesos de ellos a favor del convento de San Francisco y los otros al referido don Cipriano Pensado y Navarrete. Asimismo, dijeron que con el fin de hacer la partición de la herencia, convinieron se adjudicase el fundo a doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete en cantidad de 10 000 pesos con calidad de continuar reconociendo los 2 000 pesos pertenecientes al convento de San Francisco y otros 2 000 pesos a don Cipriano; y dar a don José Catarino, don Manuel, don Mariano, don Francisco y don Rafael sus porciones con descuento de lo que tenían ya percibido; así como dar a sus dos hermanas doña Antonia y doña Manuela, ya difuntas. Quedando la adjudicación desde el día primero de marzo de 1829, extendiéndose un documento por el escribano don Juan Francisco Cardeña, con fecha del 1 de junio del mismo año, que no obra protocolado en el oficio público y que solo se dio copia signada y firmada de su puño. Por estas razones y porque al presente ya tienen redimidos las adjudicatarias 1 000 pesos de los 2 000 que le debían a don Cipriano en el alcance que en ese instrumento se les señaló a los interesados hubo equivocación, pues lo que legítimamente corresponde a cada uno es lo que manifiesta la cuenta que se agrega a éste registro. Por tanto, todos los comparentes han resuelto formalizar la presente escritura; por la presente otorgan que ratifican la referida adjudicación hecha a doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, del indicado rancho con todos sus edificios, jacales y demás anexos, bajo los linderos y demarcaciones constantes en los títulos primordiales, en precio de 10 000 pesos, de los cuales se descuentan los 2 000 pesos que reconoce al convento de San Francisco y los 2 000 que en aquella fecha se reconocían al de don Cipriano Pensado, resultando por líquido caudal partible 6 000 pesos que se han distribuido en la forma que demuestra el plan divisorio. Finalmente declaran estar cubiertos de sus haberes paterno y materno. Y las nominadas doña Juana, doña Micaela y doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, en consecuencia, de dicha adjudicación, se obligan a continuar reconociendo sobre el propio rancho la imposición del capital de 4 000 pesos, distribuidos en la manera que se menciona en el acta. Y en cuanto a las porciones hereditarias pertenecientes a las finadas sus hermanas doña Antonia y doña Manuela convendrán en lo particular los interesados. Por otra parte, estando presente don José Ignacio Hernández y don Florentino Lagunes, maridos, el primero de doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete y el segundo de doña Juana Pensado y Torres, aseguran que tienen concedida la correspondiente licencia a sus respectivas consortes; y las mismas doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete y doña Juana Pensado y Torres que para formalizan este documento han venido por su voluntad. Finalmente, los comparentes ratifican la presente escritura y se obligan a su firmeza, guarda y cumplimiento con sus bienes presentes y futuros y dan por roto, nulo el instrumento que al principio que se hizo mención.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0134 · Unidad documental simple · 1835/10/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Josefa Barradas y su hermano don Francisco Barradas, ambos de esta vecindad, otorgan que se obligan a pagar a su hermana, doña María Margarita Barradas, viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrete, la primera 81 pesos un real 3 cuartillos y el segundo 327 pesos 4 reales, que por resto de cuentas quedaron a deber a Pensado, cuyo pago han de verificar con la parte que les toca de una casa, que su difunto padre les dejó en esta ciudad, frente a los lavaderos de Techacapa, fundo que pertenece a todos los hermanos hijos de dicho finado Barradas.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0027 · Unidad documental simple · 1837/03/04
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Margarita Barradas, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, se obliga de pagar a don José Bernardino Alcalde, o a quien en su derecho representare, la cantidad de 500 pesos en el término de 3 años, contados desde el día 6 de mayo de 1836 a como se convino en juicio celebrado el 23 de diciembre de dicho año. De lo cual, ofrece la otorgante, que si pudiere abonar anualmente una tercera parte de los 500 pesos, así lo verificará, más en el caso de no poder o no convenir, se entenderá que no queda obligada a ello, pero si al pago de dicha cantidad, y el vencimiento de los tres años, será el día 6 de mayo de 1839. Para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa, perteneciente a la comparente y a sus hermanos como heredad de sus padres, ubicada en esta ciudad a un costado de los lavaderos de Techacapa con 27 y media varas de frente, que lo hace al poniente con dichos lavaderos, calle en medio, y 37 y tres cuartos de fondo al oriente, lindando por este rumbo con solar de la casa de los señores Campomanes, por norte con casa de Dionisio Luis Camacho y Reyes, y por el sur con la de la testamentaria de los Badillos, entendiéndose que dicha hipoteca es solo la parte de la casa que corresponde a la otorgante.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0086 · Unidad documental simple · 1837/07/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, hermanas y vecinas de esta ciudad, mayores de edad, libre de tutela y ajena administración, y don Francisco José Villa, mayor de edad, señalan son deudores a don José María Becerra de la cantidad de 9 000 pesos, resto de 13 000 pesos que importaron los efectos de que se habla la escritura de 21 de enero de 1832. Cuya cantidad se obligan de pagar al referido Becerra, o a quien en su lugar hubiere, en el plazo de tres años, contados desde esta fecha en adelante, junto con sus réditos del 5 por ciento anual. Para seguridad de la deuda, ratifican la hipoteca que tienen hecha, y de nuevo hipotecan y graban todos sus bienes en general, sin que una derogue a la otra, el referido rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, distante de esta ciudad, hacia el oriente, compuesto de 6 caballerías de tierra. Las cuales están demarcadas desde el arroyo de la Puentezuela hasta el de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro de Cimarrontepec, hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de las Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró el alférez don Bernabé Pérez Chamorro. Comprendiéndose en dicha hipoteca los caseríos ubicados en el terreno del mismo rancho, sus oficinas, aperos, utensilios, aguajes, montes, abrevaderos y cuanto de hecho y de derecho pertenecen. Cuyo fundo, hubo los otorgantes por adjudicación que le hicieron sus hermanos don José Catarino, don José Manuel Florencio y don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, doña María Margarita Barradas como viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrte, y los demás coherederos, como consta de escritura de primero de junio de 1829, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO