Don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Antonio Bandini, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación, conteste y termine las diferencias ocurridas en el contrato sobre venta de la hacienda de Pacho, que hizo en esta villa con el presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, las que concluirá definitivamente con el apoderado general de los representantes o interesados en dicha finca.
Sans titreDoña Ana María Choza y Jiménez, mujer legítima que expresa ser del ciudadano Manuel de Salazar, con licencia previa de su marido, otorga que vende a don Juan Antonio Amaro una casita ubicada en esta villa en la calle que del callejón que nombran del Síndico va para los lavaderos de Xallitic, con su frente al poniente y su espalda al oriente, lindando por este rumbo con el arroyito de Xallitic, por el costado del norte linda con casita de José María Hernández; y por el costado del sur linda con casita del Presbítero don José Joaquín Rincón. La vende en precio de 150 pesos.
Sans titreEl ciudadano Tomás Espinosa, dijo que el 14 de julio de 1817 hubo un pedazo de terreno con unas paredes arruinadas, situada en esta ciudad en la plaza de la Constitución, con la cual hace su frente al poniente con 12 varas, 18 de fondo por el costado del norte, y 13 y media por el opuesto, de modo que forma un [marallo], que acaba con 6 y media varas de ancho. La compra la hizo con el presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, como apoderado que fue del señor Francisco Ángel del Camino, como consta de escritura hecha ante el escribano don Juan Francisco Cardeña. Posteriormente, el otorgante edificó en dicho terreno una casa de edificio bajo, la cual hace su frente al poniente con la referida plaza de la Constitución, lindando por sur una casa alta de la testamentaria de don Francisco Javier de Gorospe, por norte con una casa baja que fue de don Mariano Rincón, y hoy es perteneciente a la testamentaria del presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, y por oriente, que es la espalda, con patio de la referida casa alta. Cuya casa deslindada, vende a doña María Rafaela Casas y Rivera, por precio de 400 pesos.
Sans titreDon Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, presbítero domiciliario del obispado de Puebla de los Ángeles, natural y vecino de esta villa, hijo legítimo de don Francisco Javier Fernández de Ulloa y de doña Antonia Cardeña, consortes difuntos, otorga poder especial al presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, a don José Miguel de Arias y al presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, vecinos de esta villa, a los tres de mancomún para que después de sus días, otorguen y ordenen su testamento con las cláusulas, vínculos y requisitos que les mencionó. En el cual se nombren por sus albaceas en el mismo orden y modo de mancomunidad que van mencionados, también otorga poder para que instituyan por su heredera a su alma y para que revoquen por último cualesquiera otros instrumentos, codicilos, poderes para testar u otras disposiciones que antes de esta haya otorgado para que no valgan.
Sans titreDoña María Josefa Guido, residente en esta ciudad, dijo que posee por suya propia una casa de edificio bajo, ubicada en la ciudad de Veracruz a la calle que llaman de Cruz Verde, cuyo fundo hubo por compra que hizo a los albaceas y herederos del finado Juan Bautista Chacón según escritura de 5 de agosto de 1785, habiendo quedado impuesto sobre la finca 700 pesos a favor del ramo de temporalidades, el cual gravamen permanece hasta la fecha. Y como tal dueña legítima de la relacionada casa otorga que la vende al Presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate en precio de 3 200 pesos, los 700 de ellos que ha de continuar reconociendo sobre la misma a favor de dicho ramo de temporalidades y los 2 500 restantes al contado, de los cuales se da por entregados.
Sans titreEl suscrito escribano incorpora a este registro el testamento del presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate otorgado a virtud de poder por el presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa en la ciudad de Puebla el 28 de julio de este presente año. Igualmente incorpora un testimonio de las diligencias practicadas para la protocolización del expresado testamento y las citaciones que se hicieron para dar copia de él.
Sans titreDon Sebastián Fernández de Bobadilla y Atenas; don José Ignacio y don Juan Fernández de Bobadilla y Atenas; y doña Micaela Torres, doncella, heredera de don Jacinto Fernández de Bobadilla y Atenas, ya difunto, todos hijos legítimo y únicos herederos y el primero albacea testamentario de doña María Josefa de Atenas, de esta vecindad; otorgan que venden don Manuel María Carasa, de esta misma vecindad, una casa alta y baja, cubierta de madera y teja, paredes de cal y canto, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina que coge dos calles, una que llaman de Betlem [Belén] y la otra Nacional, lindando por el oriente, la primera de por medio, con la del Presbítero don José Joaquín Rincón; por el poniente con al de los herederos de doña Antonia Ponce de León; por el sur, calle en medio, con la de los señores Fuentes; y por el norte, que es el fondo, con la de don Dionisio Camacho. Cuya casa es la misma que la señora madre de los otorgantes y de don Jacinto, heredó de su señor padre, don Juan de Atenas, en esta ciudad e marzo de 1813. La venden en cantidad de 3 500 pesos en efectivo.
Sans titreEl licenciado don Antonio María de Rivera, de esta vecindad, dijo que doña María del Carmen Rivera es dueña de una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de San Juan con la cual hace frente al poniente, lindando por oriente con un resto de solar que pertenecía a misma casa de la que se está hablando y está en litis con don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, por el norte linde con casa de doña Catalina Casanova, y por el sur con casita perteneciente al ciudadano José María León. Cuya deslindada finca adquirió doña María del Carmen, el primero de octubre de 1830, misma que vende al señor don José María Rivera, pero por su estancia en México, facultó al comparente para realizar la venta. Por lo que, a través de la presente, y usando de dicho poder, el otorgante señala que vende a don José María Rivera la casa antes deslindada, al precio de 500 pesos.
Sans titreDon José María Bonilla y Flores, apoderado de don Atilano Ampaneda, albacea de su difunto hermano don Ignacio Ampaneda, dijeron que con la finalidad de terminar las testamentarias de don Ignacio y la de los difuntos don Manuel Rincón y doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate; y en representación también de la señora doña María de Jesús Rincón Ortiz de Zárate, don José Gabriel, don José Miguel y don Juan Manuel Rincón Ortiz de Zárate, cuyas acciones y derechos cedieron a la testamentaria de don Ignacio, por las cantidades que recibieron de éste en pago de sus respectivas herencias; y en nombre de la señora doña Matilde Meza y Rincón, una de las herederas de esta testamentaria; el señor don Luis Gonzaga Gago, abogado patrono del señor Ampaneda y como apoderado sustituto de doña María del Rosario Rincón, hija única y heredera del difunto don Mariano Rincón; el señor licenciado don Ramón María Terán, apoderado sustituto de don José Antonio Rincón; y el señor don Joaquín Rincón, hijo único de éste y su apoderado para aclarar las deudas que puedan ocurrir; y don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, como heredero declarado judicialmente del finado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, que lo fue de su difunto hermano también presbítero, don Juan Manuel Rincón. Por la presente, se incorpora a este registro el expediente formado en el Juzgado Segundo acerca del convenio al que han llegado los comparentes, herederos de don Manuel Rincón y doña Ignacia Antonia Ortiz de Zárate, y con ello terminar la testamentaria de ambos difuntos.
Sans titreEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que hallándose a la cabeza de los negocios e intereses del finado presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate y teniendo que salir fuera de esta ciudad, ha resuelto dejar aquí facultada a una persona que se entienda en los expresados negocios; y al efecto otorga que da todo su poder general a don Pascual Campomanes, para que a nombre del comparente pueda gestionar cuantos en ellos ocurra, compareciendo en todos los tribunales eclesiásticos o seculares.
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