Manuel Allén, de este comercio y vecindad, declara haber recibido la cantidad de 1 000 pesos, 500 de ellos que le entregó el 21 de septiembre de 1816 doña Teresa Bueno de Arias, viuda y albacea del finado don Carlos Arias, los que éste reconocía a réditos sobre las tierras de Xaltepec; y los otros 500 que el 25 de febrero de 1818 le entregó don Mariano Cadena de este comercio y vecindad, por orden de don Rafael Domínguez, mayordomo de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial del pueblo de Naolinco, a quién pertenece esta suma por donación, que de ella le hizo Pedro García Valdemora, para subvenir con sus réditos al consumo del aceite de aquella lámpara y cera para el culto. Y como son en su poder dichos 1 000 pesos, de los cuales ha abonado los réditos con aquel objeto, otorga de ellos recibo, en favor de la cofradía, y se obliga a tenerlos por vía de depósito irregular, por el tiempo de siete años que deben correr y contarse del 26 de febrero del año próximo venidero, a cuyo vencimiento entregará el capital al mayordomo, que fuere de la misma cofradía. Además, entregará anualmente el premio de 5 por ciento para subvenir a los fines de la fundación. Y para la seguridad del principal y réditos, hipoteca una casa de paredes, de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja que posee en esta villa, situada en la calle que nombran del Ganado a la que hace frente hacia el poniente y del otro lado casa también de su pertenencia, por el fondo al oriente linda con el callejón que nombran de la Sierpe o de Acazingo, por el costado del sur linda con casa que pertenece a la cofradía del Señor de la Santa Veracruz; y por el del norte con el de casa y solar de don José Fernández de Castañeda. Cuya deslindada finca es la misma que redificó sobre la que quedó por bienes de su padre don Nicolás Ángel de Allén.
Zonder titelEl presbítero don Francisco de Campo, vecino de esta villa, dijo que en la Puebla de los Ángeles el 5 de diciembre de 1819, otorgó escritura de obligación y reconocimiento por cantidad de 2 500 pesos en favor del convento de religiosas de Santa Clara, de aquella ciudad, por termino de cinco años y con réditos de 5 por ciento, con hipoteca de las tierras que nombran los Ojuelos, ubicadas en jurisdicción de esta villa, y una casa en la segunda cuadra de la calle Alba de esta villa. Y tratando de redimir 1 500 pesos de ellos, ha resuelto enajenar los Ojuelos, quedando el resto de los 1 000 impuestos solo sobre la casa; y con esta libertad enajenar las tierras. Y estando conformes las monjas interesadas, otorga que se obliga a reconocer los 100 pesos sobre la citada casa, por el tiempo de cinco años desde esta fecha, bajo las condiciones contenidas en aquella escritura que quedan vigentes, menos la hipoteca de los Ojuelos, que se venden como va dicho.
Zonder titelEl presbítero don Francisco de Campo, de esta vecindad, otorga que tiene en su poder y debe realmente a la cofradía de Nuestra Señora del Carmen, de esta parroquia, la cantidad de 300 pesos que de sus fondos, le suministró el mayordomo que fue de ella, don José Fernández de Castañeda. Cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular, por el tiempo de cinco años a partir de esta fecha y a satisfacer en cada uno de ellos el 5 por ciento. Y para mayor seguridad del principal, hipoteca una casa de paredes, cubierta de madera y teja, en esta villa, situada en la segunda cuadra de la calle de Alba, con el frente al poniente y del otro lado casa de la difunta Juana Manuela de Alba; por el fondo al oriente linda con solar de don Martín Sánchez y Serrano; y por los costados del norte y sur con el de casas de don José María Becerra. Dicho principal es el mismo de que otorgó escritura de obligación y reconocimiento, ante el presente escribano, su fecha del nueve de febrero de 1810, en la que hipotecó las tierras nombradas los Ojuelos, que ahora quedan libres para enajenarlas, en virtud de este traslado.
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