Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Joaquín Fernández del Campo, residente en esta villa, una casa de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa en la primera cuadra de la calle que llaman Principal, con la que hace frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y de don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte hace otro frente y linda con el callejón que nombran de Flores; por el costado del oriente linda con el de casa también baja de don Pedro Miguel de Echeverría; y por el del poniente con el fondo de las casas altas de don José María de Goiri y del mesón que nombran de las Ánimas. Cuya casa es la misma, que con otras se le adjudicó en la división de los bienes de su difunto marido, don Mariano Ladrón de Guevara, en parte de gananciales habidos en el matrimonio. La vende por la cantidad de 8 000 pesos, de los cuales 4 000 pesos que declara haber recibido en reales de contado y los otros 4 000 que el comprador reconoce a premio de un 5 por ciento anual, con hipoteca de la misma finca, por el tiempo que sea su voluntad.
Sans titreDon Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio, dijo debe a don Joaquín Fernández del Campo la cantidad de 418 pesos 6 reales y se obliga a pagar en los últimos días del mes de junio del presente año, con los réditos del 5 por ciento anual. Por dicha deuda, hace hipoteca especial de una casa de edificio bajo que por propia posee en esta ciudad, ubicada en esta ciudad en el barrio nombrado de la Laguna, haciendo esquina al camino Nacional de Veracruz y callejuela que la misma Laguna guía para los Berros, siendo los dos frentes de dicha casa al norte y poniente, por el primero mira a accesorias del difunto don José de Castro y por el segundo con casa que fue del finado don Juan de Anieva, y por los rumbos del oriente y sur linda con terreno perteneciente a la cofradía de la Pura y Limpia de esta parroquia. Cuya finca deslindada, se obliga a no vender ni grabar hasta que la deuda este pagada.
Sans titreDon José María Rodríguez, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Joaquín Fernández del Campo, del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su representación, concurra en el Tribunal Nacional del Consulado de aquella ciudad a deducir los derechos que le asisten, en el concurso de acreedores formado a bienes de don Francisco García Jiménez, de aquel comercio, por cantidad de 4 000 pesos de principal que le adeuda, resto de mayor cantidad que puso a su poder y que le otorgó escritura de obligación y reconocimiento con especial hipoteca de sus fincas, su fecha en aquella ciudad, a fines del año de 1806. Y también concurriendo a las juntas que se celebren así para el nombramiento de síndicos; como para todas las demás que conciernan a la recepción y cobranza del indicado principal.
Sans titreDon Manuel de Cano y Valle, albacea testamentario del finado don Joaquín Fernández del Campo, de esta vecindad y comercio, dijo que se celebró almoneda judicial el día 13 del corriente para la venta de un casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle Principal primera, con su frente al sur; lindando por oriente con casa baja de los herederos de don Pedro Miguel de Echeverría; por el poniente con casa alta de don José María de Goiri; y por el norte, que es su fondo, con el callejón que nombran de Flores; cuya casa quedó por bienes del referido finado y fue rematada a don Nicolás Pastoressa para el Presbítero don Francisco Antonio Gil, por cantidad de 7 450 pesos. Por lo cual, como albacea que es, otorga que ratifica la venta de dicha casa en favor del Presbítero don Francisco Antonio Gil, en el expresado precio de 7 450 pesos, de los cuales debe reconocer 1 600 pesos a favor de la cofradía del Santísimo de esta parroquia.
Sans titreDon Joaquín Fernández del Campo, natural de la villa de Valvacedas [Valmaseda] señorío de Vizcaya y vecino de esta ciudad, de sesenta y cuatro años de edad, hijo del matrimonio de don Domingo Fernández del Campo y de doña Joaquina Mauleón, otorga su testamento en la manera siguiente: En el que declara que fue casado con doña Josefa Agustina, natural de Cádiz y vecina de ésta, en cuyo matrimonio tuvieron dos hijos que fallecieron en breve; y que ninguno de los dos aportaron caudal alguno en dicho matrimonio, por cuya razón todo lo que han adquirido es puramente gananciales. Declara por bienes: una casa en esta ciudad, de edificio bajo, en la calle Principal la cual reconoce 1 600 pesos a favor del Santísimo Sacramento de esta parroquia y 3 000 en favor de don Dionisio José de Velasco, vecino y del comercio de Veracruz, quedando el remanente del valor de dicha casa, esto es, la mitad de ella a que tiene derecho fincado en ella misma, pagando el que la compre, los réditos del 5 por ciento, con la condición de que jamás pueda redimirse el capital que así fuere. Y por su fallecimiento, quedarán los referidos réditos a favor de los pobres de esta parroquia. Ordena que del remanente de sus demás bienes quedará fincado donde dispongan sus albaceas y los réditos que produzcan quedarán a favor de su ahijada doña María Dolores Santillano, mientras no tome estado, pero luego que esto se verifique, los albaceas dispondrán éstos y los repartirán entre los pobres de esta parroquia, los de la ciudad de Puebla y demás poblaciones donde ha vivido y ha tenido comercio. Nombra por tutores curadores ad liten de la referida ahijada a sus dos albaceas o a las personas que éste nombre. Y por albaceas a don Dionisio José de Velasco, vecino de Veracruz y a don Manuel de Cano y Valle, de esta vecindad. Finalmente revoca y anula todos los testamentos, poderes para testar y otras últimas disposiciones que antes de ésta haya hecho y otorgado, pues solo esta es su última voluntad, la cual es su deseo que se cumpla.
Sans titreDoña María Luisa de Castro y de Guevara, vecina de esta villa, expreso ser mayor de edad, viuda de don Mariano Ladrón de Guevara, sin descendientes, otorga donación irrevocable a don Francisco Victoriano Rodríguez, religioso enclaustrado del convento de Nuestra Señora de Belén y vecino de ésta, a saber, de una casa de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en la calle que nombran Nueva, cuyos linderos constan en los títulos de propiedad. Asimismo, le dona 1 000 pesos que tiene en réditos en la casa de don Joaquín Fernández del Campo, en la calle principal y de una imagen de Nuestra Señora de Belén con todo lo que le pertenece. Con la advertencia, de que la donación de la casa surtirá efecto hasta después de la muerte de la donante. Dicha María Luisa, señala que no necesita de la casa, ni de los demás bienes y que, si ésta excediera de los 500 maravedíes, manda sea insinuada sin su dependencia y se obliga a no reclamarla por ninguna de las causas.
Sans titreDon Joaquín Fernández del Campo, de esta vecindad y comercio, dijo que ha seguido cuentas con don Dionisio José de Velasco, vecino y del comercio de la heroica ciudad de Veracruz y que por saldo de ellas, le resultó debiendo la cantidad de 3 000 pesos y por no poder de pronto cubrirlos, su acreedor le pidió que le asegurase dicha suma. Por tanto, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a don Dionisio José de Velasco, la expresada suma, dentro de cinco años, contados desde esta fecha y en caso de su demora, el acostumbrado rédito de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca una casa, que posee en esta ciudad, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la primera cuadra de la calle que hoy nombran Principal, a la que hace su frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña Francisca Javiera Sáenz de Santa María y de don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte hacia otro frente y linda con el callejón que nombran de Flores; por el costado del oriente linda con el de casa también baja de don Pedro Miguel de Echeverría; y por el del poniente con el fondo de las casas altas de don José María de Goiri y del Mesón que nombran de las Ánimas. Cuya casa hubo y compró de doña María Luisa de Castro y de Guevara, por escritura que le otorgó en esta ciudad el 30 de marzo de 1826; la cual se halla tan solamente gravada a 1 600 pesos que reconoce a la cofradía del Santísimo de esta parroquia; pues aunque en dicha escritura de venta consta al margen hay una nota en la que dice haber satisfecho dicha cantidad y sus réditos en dos partidas; por lo que declaró hallarse la casa enteramente libres de esta responsabilidad y únicamente gravada a los referidos 1 600 pesos a favor del Santísimo. Dicha casa se obliga a no vender ni enajenar hasta que el expresado capital y sus réditos no estén satisfechos. Y no hallándose presente en esta ciudad el acreedor para la aceptación de esta escritura, queda conforme el deudor en pedirle su aprobación por las cartas que se escriban, las cuales estando firmadas de su puño y letra o de quién en la actualidad sea el encargado del maneje de sus intereses.
Sans titreDoña María Rita y doña María Francisca Pérez Pensado, de esta vecindad, mayores de veinticinco años otorga poder especial a don José Antonio de Agrasar, su hermano político, vecino y del comercio de esta villa, para que continúe y termine la división extrajudicial de los cortos bienes, muebles y raíces que quedaron en esta villa por fallecimiento de sus padres don Antonio Pérez Pensado y doña Inés Castañón, por los precios, términos y modo que le tienen comunicado.
Sans titreEl Señor Cura don Francisco Antonio Gil, residente hoy en este suelo, dijo que habiéndosele rematado el día 13 del corriente en almoneda judicial una casa que fue del finado don Joaquín Fernández del Campo, ubicada en esta ciudad, en precio 7 450 pesos, con calidad de reconocer sobre ella 1 600 pesos que reporta a favor de la cofradía del Santísimo de esta parroquia y exhibir al contado 5 850 pesos restantes; asimismo, habiendo pactado en lo particular con el albacea del finado reconocer 2 000 pesos a favor de don Dionisio José de Velasco, del comercio de Veracruz, por tiempo de un año con pensión de réditos de un 5 por ciento anual. Por lo tanto, confiesa por verdadero quedar restando del valor o importe del contado la cantidad de 2 000 pesos y otorga se obliga a satisfacer dicha cantidad al nominado don Dionisio José de Velasco como se ha estipulado, y para mayor seguridad hipoteca la misma casa de que se ha hecho mención.
Sans titreDon Mariano Cadena, de esta vecindad y comercio, dijo que debe a don Manuel Nava y Mota, de esta vecindad, la cantidad de 100 pesos que le suplió desde el 4 de enero último, y que no habiendo podido satisfacerlos han convenido se verifique el pago a mediados del año entrante, con la condición de que el comparente formalice obligación con hipoteca de su casa, ubicada en el barrio de la Laguna, camino que sale a Veracruz. Y a fin de llevar a cabo dicho convenio, don Mariano Cadena otorga que tiene recibidos los 100 pesos en moneda corriente y de ellos formaliza el más amplio y eficaz recibo a favor de Manuel Nava y Mota, asimismo, se obliga a pagar para mediados del año próximo de 1832. Para seguridad de la deuda, hipoteca una casa ubicada en esta misma ciudad al barrio de la Laguna, haciendo esquina con dos frentes, uno al norte, lindando con el camino nacional de Veracruz, y otro al poniente, lindando con calle que baja al puente del Obispo, y por el oriente y sur linda con tierras de la Virgen. Cuya casa esta afecta a 500 pesos de principal a favor de una memoria de misas rezadas que mandó fundar don Antonio Merino, 800 pesos a favor del Presbítero don Juan de Ulloa, 200 pesos pertenecientes a la cofradía de Señor San José, y 418 pesos y 6 reales a favor de don Joaquín Fernández del Campo, misma que se obliga a no vender hasta que la deuda este pagada.
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