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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0013 · Item · 1825/04/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ángela Gorrindo Palomino, vecina de la Nueva Veracruz, viuda de don Felipe Díaz de Peón, otorga que vende en favor de María Josefa Ramírez, de esta vecindad, a saber una casita de paredes revocadas de barro, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de San Juan y es la que nace en la plazuela del Carbón para el camino de Naolinco a la que hace su frente hacia el norte y del otro lado solar abierto que pertenece a los herederos de José Roque de Castro y por el fondo el sur se compone de 13 y medias varas linda con la barranca de Jalitique [Xallitic]; por el costado del oriente con el de casa que pertenece a la capilla del Calvario y por el del poniente con casas de los herederos de doña María Ana Roso. Cuya casita se compone de 17 varas, es la misma que hubo muerte de su padre don Pedro Gorrindo Palomino y la de todos sus hermanos, quien la hubo y compro de Ángela Jaimes por escritura pública en esta villa a 25 de septiembre de 1801. La vende por el precio de 300 pesos al contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0075 · Item · 1826/06/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Gregoria de Ochoa y doña María Josefa de Ochoa y Ariz, de esta vecindad, de estado libre, mayores de cuarenta años de edad. La primera se haya en cama imposibilitada para hablar, la segunda dijo que otorgan que venden en favor del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, también de esta vecindad, un pedazo de terreno para labor o ganado, que será un poco más de una caballería, ubicado en las inmediaciones u orillas hacia el poniente y faldas del cofre que llaman de Perote, por cuyo rumbo linda con el rancho y tierras hoy secuestradas del finado don Felipe Díaz de Peón; por la parte del oriente linda con las tierras que llaman de Camotepec [Camotepeque], que quedaron por muerte de Manuel Martínez, maestro zapatero; por el costado del norte con el río que nombran Sordo; y por el del sur con los ranchos y terrenos del finado don Elías Nogueira, Zoncuantla, Yerbabuenas y otros. Cuyo terreno, es el mismo que adquirieron por muerte de su padre don Manuel Ochoa de Castro, quien a su vez lo adquirió en 1754, en la división que se hizo de los bienes del suyo don Francisco Ochoa y Terrazas. Lo venden con todo lo que le pertenece en la cantidad de 800 pesos, que declara haber recibido en reales de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0010 · Item · 1829/01/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José de Francisco y Vázquez y su esposa doña María Gertrudis de Salazar, dijeron que al transitar por este punto para embarcarse en Veracruz con destino a uno de los estados del norte de la República, donde piensan residir temporalmente, se le reclamó a dicho Vázquez por el apoderado de obras pías del Cofre de Puebla, ciudadano Dionisio Camacho, la garantía de una fianza de réditos a que se constituyó en el año de 1811 con hipoteca especial que hizo de sus bienes de los 12 575 pesos que reconocen las fincas concursadas de la testamentaria de don Felipe Díaz de Peón, según el adeudo de consideración que al día resulta a favor de dichas obras pías y que para salvar este inconveniente, se obligan de nuevo cada uno y con la hipoteca de sus bienes consistentes en dos haciendas de azúcar por el rumbo de Izúcar [de Matamoros], para el pago de réditos del capital de los 12 575 pesos que reconocen en los bienes de Díaz de Peón, en los términos en que se obligó Vázquez al otorgar la citada fianza. Asimismo, doña María Gertrudis otorga la responsabilidad junto con su esposo y como su fiadora para formalizar este contrato, la cual no ha sido persuadida ni obligada en cosa alguna.

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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0120 · Item · 1829/11/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, actual alcalde de segunda nominación, dijo que el Presbítero don José Gil y Cosío, es dueño legítimo de una casa de altos y bajos, ubicada en esta villa a la calle Primera de la Amargura, con 18 varas de frente hacia el poniente y 31 varas de fondo al oriente, por donde linda con solar de la casa del finado don Felipe Díaz de Peón; por el sur con casa alta de los herederos del difunto don Manuel de Olmedo y por el norte con casa baja del Presbítero don José Manuel Casas; la cual compró a don Manuel Téllez, como consta la escritura otorgada en esta villa a 4 de septiembre de 1820. Que a virtud de hallarse demente el Presbítero Gil le fue nombrado tutor suyo don Manuel de Villa y Cosío, vecino de Veracruz, quién solicitó se le habilitase para vender la casa mencionada. Y en efecto se practicaron los trámites y requisitos legales, hasta que habiéndose subastado dicha finca, sin haberse presentado más postor que el señor don Ramón Ruiz, quién ofreció al contado las dos terceras partes de su valor y 10 pesos más, que uno y otro hacen 2 676 pesos 5 y medio reales, y sujetándose además a la suerte que corra la decisión de un punto pendiente relativo a una obligación de 661 pesos 3 reales, otorgada por el referido don Manuel Téllez a favor de doña Ana María Solórzano, como albacea de don Domingo Escandón, con hipoteca de la casa que se ha mencionado, para continuar reconociendo dicha suma en los términos y con las condiciones que se refieren en la escritura de obligación formalizada en la ciudad de Veracruz el 18 de junio de 1817, registrada en el libro de hipotecas de esta villa a los 7 de julio de 1817. Por lo tanto, habiendo quedado la venta al señor Ruiz en el precio y con las condiciones mencionadas y no pudiendo pasar a esta villa el tutor, éste último le confirió al compareciente un poder especial para el otorgamiento de la escritura y usando de dicha facultad, por la presente, el nominado don Francisco Fernández y Agudo a nombre de don Manuel de Villa y Cosío como tutor del Presbítero don José Gil y Cosío otorga que vende la casa antes mencionada al señor don Ramón Ruiz, actual Ministro Superior de Justicia de este Estado, en precio de 2 676 pesos, cinco y medio reales, que en este acto exhibe el comprador y de cuya suma otorga el formal recibo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0041 · Item · 1839/04/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ángela Gorrindo Palomino, originaria de esta ciudad, hija de Pedro Gorrindo Palomino y de doña María Josefa Suárez, difuntos, mayor de sesenta y cinco años, otorga su testamento en la manera siguiente: manda ser sepultada en el cementerio general, sin pompa alguna. Declara fue casada con don Felipe Díaz de Peón, de cuyo matrimonio procrearon a doña Ana María [Díaz de Peón y Gorrindo], difunta, que fue casada con don Juan Mariano Pujol, don Felipe [Díaz de Peón y Gorrindo] casado con doña María Josefa González del Campillo, don Juan viudo de doña María Ignacia González del Campillo, don Manuel [Díaz de Peón y Gorrindo] difunto, don José María [Díaz de Peón y Gorrindo] soltero, doña Ángela [Díaz de Peón y Gorrindo] difunta casada con don Jerónimo Díaz Quijano, don Francisco [Díaz de Peón y Gorrindo] soltero y doña María de los Dolores [Díaz de Peón y Gorrindo] casada con don Francisco Jáuregui, y Pedro Ángel [Díaz de Peón y Gorrindo], difunto. Declara llevó al matrimonio 300 pesos que heredó de sus padres, lo que consta en testamento de su referido esposo, y después le dio en calidad de préstamo 1 500 pesos que tenía en onzas de oro, cuya cantidad, aunque ofreció devolverle, nunca lo verificó solo le dio un papel en que consta dicho crédito, el cual queda en poder de su hija María de los Dolores para que cobre cuando convenga. Señala que su esposo llevó al matrimonio 14 000 pesos y lo más que parezca, pagadas las deudas y deducidos los 300 pesos de su herencia, de los demás bienes gananciales se considera con derecho a la mitad de ellos. Por bienes suyos, señala la cantidad que resultaren a su favor por los gananciales, los 300 pesos de su herencia, y la que corresponda a su hijo Manuel. Declara que la testamentaria de su esposo se haya comenzada hace tiempo, por lo que encarga a sus albaceas activen en giro para que terminando puedan sus hijos disfrutar sus haberes. Declara que las deudas activas y pasivas, quedan sentadas en hojas sueltas que entrega a sus albaceas. Manda que del quinto de sus bienes se paguen sus enfermedades y entierro, asimismo manda se le entregue al párroco de esta ciudad 50 pesos para cera que alumbre en la parroquia del señor San José. Manda que a sus criadas Dominga Acosta y María Gertrudis Cabrera se le entregue a cada una de ellas 50 pesos. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes se entregue a su hija María de los Dolores. Nombra por sus albaceas y tenedores de bienes a su hijo Felipe y Juan Díaz de Peón y Gorrindo. Nombra por sus herederos a los mencionados hijos, y a los hijos de doña Ana María y doña Ángela.

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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0095 · Item · 1840/07/16
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Gertrudis Reyes de Camacho, viuda de don Dionisio Camacho y albacea de éste, dijo que en desempeño de los asuntos de su testamentaria deben practicarse gestiones jurídicas y extrajudiciales que por razón de su sexo no le es posible apersonarse, y ha resuelto facultar por medio de un poder a su hijo, don Dionisio. Por lo tanto, otorga poder general a su hijo don Dionisio Luis Camacho y Reyes, para que en nombre de la comparente como tal albacea, rija, gobierne y administre los bienes de ésta, entendiendo en los arrendamientos de bienes raíces y recaudando las rentas. Para que haga entrega de la colecturía de diezmos que fue a cargo del finado, conviniéndose con el nuevo colector sobre la aplicación de premios de lo recaudado hasta le fecha. Para que ocurra al juez que corresponda, solicitando se reciban de las casas pertenecientes a la testamentaria de don Felipe Díaz de Peón, de las que fue depositario el difunto señor Camacho. Para que haga las liquidaciones respectivas en cuanto a esos ramos y a todos los demás que hayan sido a cargo del repetido finado. Para que reduzca y rescate los honorarios correspondientes y entere los alcances que resulten contra las casas, recogiendo los recibos y seguridades que sean precisas. Para que conteste judicial o extrajudicialmente en todos los negocios y sobre todas las cosas que ocurran.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0057 · Item · 1830/05/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Cruz Ortiz de Zárate, hijo legítimo de don Felipe Cruz y de doña Lucía Zárate, ya difuntos, vecinos que fueron de esta villa de donde es originario, hallándose insulto y temiendo un ataque que le prive hacer la declaración conveniente al desahogo de su conciencia y que la muerte le asalte, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que es deudor a la casa de don Felipe Díaz de Peón de la cantidad de 100 pesos, los mismos que ordena se satisfagan de sus bienes. Declara que es de estado soltero y que carece de ascendientes y descendientes que pudiesen forzosamente heredarlo. Declara por sus bienes una casa situada en esta villa a la calle de las Damas y lo más que está instruido su albacea. Nombra heredera universal a su hermana doña María Josefa Cruz Ortiz de Zárate, casada hoy con don José Mariano Polanco. Nombra por su albacea testamentario, fideicomisario y tenedor de todos los bienes a don Dionisio Camacho, de esta vecindad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0135 · Item · 1832/10/12
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan de Somohano Alonso, vecino de Veracruz, residente en esta ciudad, otorga poder especial al Bachiller don José María Aparicio, de esta vecindad, para que en su nombre representando su propia persona y los derechos y acciones de la testamentaria del finado don Félix Galán, de quien el otorgante dice ser albacea testamentario fideicomisario y tenedor de bienes, haya, perciba, demande y cobre las cantidades de pesos y bienes que a ella deba el difunto don Felipe Díaz de Peón, por cualquier razón, contra cuyos bienes concursados y secuestrados por otros acreedores haga demandas, pedimentos y las demás gestiones convenientes hasta que el crédito de Galán quede enteramente soluto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0165 · Item · 1832/12/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Ángela Gorrindo Palomino, viuda y albacea de don Felipe Díaz de Peón, de quien le da conocimiento don Manuel Patiño y don Joaquín Uribarry, quienes aseguran que es de esta vecindad; otorga poder especial a su hijo don Juan Díaz de Peón, para que a su nombre, representando su propia persona y los derechos y acciones de la testamentaria de don Felipe Díaz de Peón, promueva todo lo conducente al giro y conclusión de ella y del titulado concurso de acreedores que el tribunal mercantil giran contra dichos bienes.

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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0043 · Item · 1825/02/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que en uso del poder especial que le confirió en Puebla el señor don Francisco Ángel del Camino, canónigo dignidad de tesorero de la Catedral de Puebla, como albacea y tenedor de bienes del difunto señor deán don Juan de Dios Olmedo y Araciel, quién lo fue de su finada hermana doña Josefa Olmedo y Araciel. Otorga que vende en favor de don Jorge de la Serna, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en este suelo, a saber una casa de paredes, de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la calle que nombran de Velen [Belén], a la que hace frente hacia el oriente y del otro lado casa de don Joaquín de Herrasti y Alba; por su fondo al poniente linda con casa de la testamentaria vendedora; por el costado del sur linda con el de casa de doña Ana del Camino y hoy de la cofradía de Ánimas de esta parroquia y por el del norte con el de casa alta del finado don Felipe Díaz de Peón. Cuya finca es la misma que el difunto don Manuel de Olmedo, padre de don Juan de Dios y de doña Josefa, hubo y compró de doña Petronila Rodríguez, por escritura pública su fecha en esta villa el 7 de abril de 1745. Vende dicha casa con tan solo con 1 000 pesos que sobre ella están impuestos y cargados a censo redimible con causa de réditos de 5 por ciento, ramo de una capellanía que con el principal de 3 000 pesos fundó el capitán don Manuel de Olmedo conforme a la voluntad de don Francisco Echevestre, de la que es actual capellán propietario don Manuel de Gorospe y Camino. Cuya enajenación la hace en precio de 6 000 pesos y en las condiciones que se menciona en el acta.

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