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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0020 · Pièce · 1822/03/28
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio López de Santa Ana, coronel del Regimiento Infantería Imperial Número Ocho que guarnece esta población, otorga poder general al teniente coronel don José María Tornel y Mendívil, oficial segundo del Ministerio de Guerra de este Imperio; para que en su representación haya demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; y para que de todo cuanto percibiere otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y/o demás documentos que le fueran pedidos. Además, le confiere dicho poder para que comparezca ante las Soberanas Cortes de este Imperio, Supremo Consejo de Regencia y demás tribunales, ministerios superiores, y con presentación que haga de sus méritos y servicios impetre de la Real Piedad, las gracias y mercedes que tenga a bien conferirle, de que se le expidan los títulos y despachos para su uso y ejercicio. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares, movidos o por mover.

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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0150 · Pièce · 1840/11/11
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don José de Jesús Díaz; licenciado don Ramón María Terán; don José Manuel de Izaguirre; y don Ángel Benítez, diputados los tres primeros y secretario el último del común de cosecheros de tabaco de este distrito; otorgan poder al excelentísimo señor general don José María Tornel y Mendívil, vecino de México, para que a nombre de dicho común y representando sus propios derechos y acciones, ocurra ante el Congreso Nacional solicitando se decrete que todo tabaco extranjero que se introduzca en la República, así como, el del país que se decomise, sea inutilizado por combustión y no adjudicado a la empresa del ramo como se hace actualmente. Y para que del mismo cuerpo legislativo solicite una declaratoria sobre si el Banco Nacional pudo o no conceder a la referida empresa los privilegios fiscales, y en caso de afirmativa, capte resolución para que no le competan ni deba usar de ellos en los negocios que haga relación con los cosecheros de tabaco, a cuyo fin ocurrirá igualmente al Gobierno Supremo por medio de los ministerios que corresponda, así como, a cualquiera oficinas y autoridades que le sea preciso, practicando cuantas gestiones estime conducentes.

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