Don Manuel de Santa María, hacendado en este cantón, dijo que doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, hacendada también en este distrito, formalizó escritura en esta ciudad con fecha de 6 de marzo de 1830 ante el presente escribano, en la que se obligó a pagar al relacionante 5 831 pesos 3 granos procedentes de la liquidación y transacción que celebraron en el juicio sobre mejoras y aumentos del trapiche de la Concepción. De cuya cantidad tiene abonado 1 000 pertenecientes al plazo cumplido de 26 de octubre de 1830 y satisfecho el rédito vencido de todo el capital hasta esa fecha, siendo su actual deuda de 4 831 pesos 3 granos y los réditos corridos de la mencionada fecha. Y siendo urgente al comparente recibir a la brevedad posible ese dinero, pero no de fácil pago para la señora Rodríguez, por lo que ha conseguido el relacionante que don Rafael Huerta, de esta vecindad, le tome el indicado crédito para pagárselo con las condiciones siguientes: 1º, queda en favor de Huerta la posesión de los 4 831 pesos 3 granos, y los réditos que actualmente le adeuda la señora Rodríguez. 2º, Huerta reintegrará a Santa María el capital, exhibiéndole 1 000 pesos en noviembre del presente año, otros 1 000 pesos en noviembre del 1832 y el resto en abonos semanales hasta cubrir el monto total. 3º, en caso de que Huerta quisiera abonar a parte de lo ya mencionado, lo podrá verificar, exigiendo su respectivo recibo. 4º, que de Huerta a Santa María no causará rédito alguno el capital que éste le traspase a aquel. Bajo cuyas clausulas y condiciones el comparente, don Manuel de Santa María, cede y traspasa el mencionado capital y sus réditos en favor de don Rafael Huerta, para que cobre los 4 831 pesos 3 granos y sus correspondientes réditos con arreglo a la obligación que tiene contraída doña María Micaela Rodríguez.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, residente en esta villa, otorga poder especial a don José María Campoverde, vecino del pueblo de Naolinco; para que en su representación, arregle, liquide y termine con don Manuel Ignacio Aparicio, las cuentas que éste debe rendirle del tiempo que en compañía manejo la hacienda o trapiche de la Concepción de su pertenencia, ubicada en doctrina del pueblo de Jilotepec; asimismo, para que haga todas las representaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, de estado honesta, dueña del trapiche nombrado la Concepción de esta jurisdicción, de donde es vecina, otorga poder general a don Rafael Velad, de esta vecindad, para que en su nombre haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. Asimismo, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Manuel Ignacio Aparicio, vecino de esta ciudad, otorga poder general a su hijo, el Bachiller José María Aparicio, para que en su nombre prosiga y termine el litis que tiene pendiente el otorgante contra doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega por cantidad de pesos, asimismo, todos los asuntos que tenga pendientes ya sean juicios particulares, de concurso o cualquier otro, percibiendo y cobrando cualquier cantidad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANODon José María Campoverde, de esta vecindad, dijo que doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, hacendada en este cantón, le confirió su poder, cuya copia corre en los autos seguidos entre dicha señora y don Rafael de Aguilar, los cuales se hallan actualmente por apelación en el Tribunal de Segunda Instancia; que dicho poder fue sustituido por el comparente en don Rafael Velad, pero que este señor no pudiendo pasar a Veracruz a gestionar en la apelación que se ha interpuesto, se le hace preciso hacer nueva sustitución en una persona que resida en la ciudad de Veracruz, y reduciéndolo a efecto por el presente y a derecho otorga que lo sustituye en todo y por todo en don Austacio María Durán, vecino de dicha ciudad de Veracruz.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, de esta vecindad, de estado libre, mayor de veinticinco años de edad, otorga que ha recibido de don José Antonio Domínguez, de esta vecindad, como actual mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora del Carmen de esta parroquia, la cantidad de 600 pesos que pertenecen a los fondos de dicha hermandad. Y se obliga a tener esta suma en calidad de depósito irregular por el tiempo de cinco años, a partir de esta fecha, abonando en el entretanto el 5 por ciento anual. Y en favor de la cofradía, hipoteca una casa alta y baja, de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, haciendo esquina a la última cuadra de la calle de Santa Úrsula y callejón que va para el Molino de San Roque la que hace frente al oriente y del otro lado casas del finado Felipe de la Rosa y de don José Antonio de la Peña; por el fondo al poniente y costado del norte que hace el otro frente linda con terrenos de los naturales de esta villa; y por el costado del sur con el de la arruinada casita del finado Miguel Andueza. Cuya finca la hubo por muerte de su padre don José Miguel Rodríguez Rojo, como su única hija y heredera, quién a la vez la hubo y compró de don Pedro Báez, en esta villa el 2 de diciembre de 1815. Por tanto, se obliga a no vender, ceder, ni enajenar hasta no estar pagado dicho principal y sus réditos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, hacendada en el distrito de este cantón, otorga poder especial a don José María Campoverde, vecino de Naolinco, para que a nombre de la comparente gestione contra don Rafael de Aguilar y contra don Manuel Ignacio Aparicio el cobro de intereses, para lo cual pueda parecer en todos los tribunales seculares o eclesiásticos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, vecina de la doctrina de Xilotepec [Jilotepec], albacea y única heredera del finado don José Miguel Rodríguez Rojo, otorga poder especial al licenciado don José Vicente Guido, abogado de la Audiencia Imperial, vecino de la capital de México, para que en su representación, comparezca ante su Excelencia, los señores Presidentes, Regentes y Oidores de la Audiencia Imperial, a mejorar el recurso de apelación que para ante dicho Tribunal Superior, he interpuesto en el juzgado del alcalde primero nombrado de esta villa y juez político interino, en el artículo que por cantidad de pesos ha promovido contra la testamentaria de su cargo doña María Manuela Montero, madre política del citado, su padre. Y enseguida continúe el artículo o grado de apelación por los trámites de estilo, presentando los escritos y de más documentos que sean del caso, hasta la sentencia y decisión del referido tribunal.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Rafael Velad, notario público de la Curia Eclesiástica de esta villa, en uso del poder general, concedido por doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega; otorga que ha recibido de don José Camilo Jiménez, actual cura interino de esta parroquial, la cantidad de 100 pesos. Mismos que acaba de redimir Ana Ortiz, viuda de José Antonio Amuedo, pertenecientes a las limosnas y sobrantes del culto de Santa Teodora Mártir, que se venera en esta parroquia. Y se obliga a tener dicha cantidad en calidad de depósito irregular, por el tiempo de cinco años, que deben contarse desde esta fecha en adelante, abonándole al encargado del culto, los réditos de 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad del principal y réditos, hipoteca una casa de paredes alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, al confín de la calle de Santa Úrsula a la que hace esquina con la que nombran de San Roque, por el costado del norte y el frente principal al oriente tienen del otro lado casas de Felipe de la Rosa, de don José Antonio de la Peña y de otros dueños; por el fondo al poniente y costado del norte linda con terrenos de los naturales de esta villa; por el costado del sur con unas paredes y corral de la misma poseedora. Finalmente se obliga a que no vender ni enajenar dicha finca, hasta no estar pagado este principal y sus réditos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, viuda, de esta vecindad, otorga que ratifica el poder general que tiene conferido a don José María Campoverde, para todos sus pleitos y negocios que constan en los autos civiles que por pesos se sigue contra don Manuel Ignacio Aparicio, y lo amplía por la presente para que en su nombre pueda comprometerla en arbitrios, en arbitradores de derecho o en amigables componedores, a cuyos jueces les dé y confiera todo el poder y facultad que necesiten para fallar y transigir en el memorado pleito.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO