Don Antonio Pedroza, de esta vecindad, otorga que vende realmente a don José Lorenzo Elías, de esta vecindad, una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en esta ciudad, en la calle que nombran del Molino Viejo, con 12 varas de frente que lo hace hacia el sur, otra calle en medio y del otro lado la huerta que fue de don José María de Goiri; por su fondo, al norte, mide 30 varas y linda con solar de don Silvestre Aburto; por el oriente con casa del vendedor y por el poniente con la de doña Guadalupe Ochoa. Cuya deslindada casa se compone de tres piezas, las cuales fueron fabricadas por don Bernardo García en terreno del mismo vendedor, comprado al citado Goiri, y la tercera que el relacionante levantó a sus expensas, después de haber comprado las dos primeras a García por escritura pública que le otorgó en esta ciudad a 28 de junio de 1830. Y son las mismas que ahora vende con el terreno a don José Lorenzo Elías en la cantidad de 240 pesos, que declara haber recibido al contado.
Sem títuloDon José Lorenzo de Elías, de esta vecindad y comercio, mayor de veinticinco años de edad, en nombre de sus herederos y sucesores, vende a don Antonio Ardite, de esta misma vecindad, una casa de cal y piedra, cubierta de madera y teja. Situada en esta ciudad, en la calle que nombran del Molino Viejo, con 12 varas de frente que lo hace al sur, dicha calle en medio, y del otro lado huerta que fue de don José María de Goiri, por su fondo al norte se miden 30 varas y lindan con solar de don Silvestre Aburto, por el oriente con casa de don Antonio Pedroza, y por el poniente con la de doña Guadalupe Ochoa. Cuya deslindada casa, se compone de tres piezas, y es la misma que el citado Ochoa le vendió al comparente por escritura que le otorgó el 11 de octubre de 1838, ante el presente escribano, misma que hoy vende al precio de 200 pesos.
Sem títuloDoña Josefa Valón, natural del Ferrol reino de Galicia, vecina de esta villa, hija legítima de Ignacio Valón y de doña Margarita González de Villarinegui, otorga su testamento en la manera que va declarado: Encarga a su albacea le dé 10 pesos a su sirvienta María Josefa, en retribución de los buenos servicios. Declara que fue casada en primer matrimonio con don Manuel González Blanco, quién llevó al matrimonio algunos bienes como comerciante que era, éste quebró y quedaron sujetos a sus arbitrios y trabajo personal, y de cuyo matrimonio solo cuenta por fruto de él un hijo que se encuentra ausente llamado Antonio González Valón. Asimismo, declara que, muerto su primer marido, pasó a segundas nupcias con don Joaquín Antonio Hurtado, teniente visitador que fue de la Renta de Tabaco, ya difunto, quien tampoco llevó bienes al matrimonio ni tuvieron hijos. Declara por bienes la casa de su habitación, y otra en la esquina del callejón del Diamante y de Quiñones, ambas libres de empeño; el menaje o pocos muebles y su ropa de uso; algunas otras menudencias de que está impuesto su albacea, como los 1 400 pesos y sus premios que le adeuda la testamentaría del finado don Juan Antonio Figueiras. Declara por sus bienes unos 230 pesos que le adeuda Silvestre Aburto y 35 pesos que le debe don Manuel Ignacio Franceschi y Castro. Advierte a su albacea que no le debe a nadie y que tiene existentes unos 250 pesos con que podrá sufragar los gastos de funeral y entierro. Encarga a su albacea que la casa que ocupa la ponga en poder de doña Josefa Segovia, para que la disfrute por sí o perciba su renta el término de un año, el que cumplido vuelva a la masa de sus bienes. Nombra por albacea fideicomisario y tenedor de bienes a don Domingo Nogueira, de este comercio y vecindad. Y nombra como único y universal heredero a su hijo don Antonio González Valón.
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