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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0080 · Item · 1824/05/07
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, como albacea de su finado socio don Juan Melitón de Lascurain, dijo que por cuanto el arrendamiento que hicieron en favor del finado don José Manuel Posada, por escritura que pasó ante el presente escribano el 23 de agosto de 1820, del trapiche o ingenio de La Laguna, éste terminó a cargo de su hijo don José Joaquín Posada, quién hizo entrega a su debido tiempo, sin tener que hacer rebaja, cargo ni reclamo alguno. Expresa estar satisfecho de dicha entrega y declara por exonerados y libres de la fianza, que por ello presentaron extrajudicialmente, a don José de Lara, don Juan Bautista de Garaicoechea, don Fernando de Cubas, don Juan Manuel de Revilla, don Guillermo de Espino, don Antonio Díaz Galván, don José Teodoro Couso y don Diego Melchor, por estarlo ya de antemano don José María Becerra. Cuyo documento con fecha de 2 de octubre de este año, consiente se anote y tilde para que no valgan, mediante la presente cancelación que les otorga para que sirva por finiquito.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0143 · Item · 1830/11/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Joaquín Posada, de esta vecindad, dijo que posee por suya propia una casa de edificio alto y bajo, ubicada en esta villa, haciendo esquina a la calle de Santiago y a la de las gradas de San Francisco que sube para la calle del Ganado, lindando por oriente con dicha calle de las gradas, por poniente con casa baja que al presente es de don José de Ortiz, por norte con casa que posee la señora Mejía, y por sur con la referida calle de Santiago; cuya deslindada finca la heredó de sus padres don José Manuel Posada, quien la obtuvo por concurso de acreedores a bienes de don Mariano de Campo en precio de 4 500 pesos, de los cuales exhibió 1 800 pesos obligándose a reconocer sobre la finca 1 700 pesos a que estaba afecta, los 1 000 de ellos en favor de la cofradía de Nuestra Señora del Carmen de esta parroquia y los 700 pertenecientes a una memoria de misas que servía el Presbítero don Francisco de Campo. Declara que la deuda de la memoria de misas se redimió, quedando de consiguiente la casa con solo el gravamen de la cofradía que hasta el día reporta. Que bajo todo lo expuesto ha pactado la venta de ese fundo con doña María Gertrudis Ochoa de Medina en precio de 3 500 pesos, con calidad de reconocer los 1 000 pesos que se le adeudan a la cofradía y exhibir de contado los 2 500 pesos restantes. Por lo que reduciendo a efecto lo señalado otorga que vende a doña María Gertrudis Ochoa la casa mencionada en precio de 3 500 pesos, lo 1 000 que ha de continuar reconociendo y el resto de contado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0122 · Item · 1821/02/26
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Manuel Posada, labrador en esta jurisdicción, residente en esta villa de Xalapa, otorga poder general a don José Antonio Lasa, vecino y del comercio de esta villa, para que en su representación demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; para que de todo cuanto en virtud cobrare otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos. Y también le confiere poder especial para que conteste a la demanda que le ha prómovido don Manuel Tavera, en el Juzgado del Juez del Partido, sobre liquidación de cuentas de una partida de ganado vacuno que giró en compañía con él. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticas o seculares.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0166 · Item · 1823/04/21
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, otorga que releva a don José María Becerra también de esta vecindad y comercio, de la fianza y responsabilidad que contrajo a su favor y del socio finado don Juan Melitón de Lascurain en la que otorgó en unión de otros vecinos su fecha en esta villa a 2 de noviembre de 1820; y en caución del finado don José Manuel Posada, por el arrendamiento y monto del inventario del trapiche de la Laguna que le subarrendaron. De modo que, por la presente declaración queda exento y exonerado de la responsabilidad que contrajo; y en tal virtud la declara por rota, nula y cancelada dicha escritura, consintiendo que así se anote y tilde para que no valga.

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